Protestas, argumentos y correcciones, así se reflejó la reelección indefinida en la CIDH
Página Siete Digital / La Paz
La audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que abordó la reelección indefinida en Bolivia fue relativamente tranquila, si no hubiera sido por algunas pequeñas pancartas y arengas que interrumpieron en más de una ocasión la sesión en la que el Estado boliviano era denunciado por violar la Constitución a través de la aspiración del presidente Evo Morales de volver a postular en las próximas elecciones.
La audiencia no comenzó a la hora fijada, tuvo un retraso de poco más de 10 minutos, debido a que la presidenta de la CIDH, Margarette May, se vio perjudicada por el tráfico en Washington. La audiencia comenzó sin su presencia. Los primeros 15 minutos fueron para la parte denunciante.
Los representantes de la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia y de la Fundación de los Derechos Humanos expusieron el origen del conflicto por la reelección indefinida, desde la aprobación de la Constitución en 2009 que sólo permite una reelección, pasando por el referendo del 21F, hasta la sentencia del Tribunal Constitucional que permite la reelección de Evo Morales.
Los argumentos contra la reelección fueron emitidos uno a uno y se escuchaba que ésta desconoce la voluntad popular, que impone candidaturas, que la Convención Americana de Derechos Humanos no concibe la reelección indefinida como un derecho humano, entre otros.
La petición final antes de que terminen los 15 minutos de exposición fue una opinión consultiva a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) sobre si la reelección indefinida es compatible con la Convención y que la CIDH exhorte al Estado a respetar el derecho a la protesta, además de que haga un seguimiento a los derechos ciudadanos con motivo de las venideras elecciones.
Una vez terminada la alocución de la parte demandante, la presidenta de la CIDH se incorporó a la sesión y cedió la palabra a la representación del gobierno nacional, encabezada por el canciller Diego Pary, quien estuvo acompañado por el ministro de Justicia, Héctor Arce; el Procurador General, Pablo Menacho y el embajador de Bolivia ante la OEA, José Alberto Gonzales.
Cuando Pary tomó la palabra, las cámaras de la CIDH captaron algunas hojas que sostenían algunas personas de la audiencia ubicadas detrás de la delegación gubernamental. En ellas se leía “Evo violador de la Justicia”; “Evo violador de la Constitución”, las cuales se quedaron a lo largo de la sesión.
Pary y Arce se encargaron de rebatir los argumentos de los denunciantes, bajo la premisa de que la actual Constitución garantiza más derechos que anteriores versiones y que el referendo del 21F fue “manipulado e inducido con una campaña corporativa, mediática de desprestigio” contra el presidente Evo Morales.
Fue ahí que se suscitó una interrupción. Una persona a la que no se mostró en cámaras alborotó la sesión al punto que May tuvo que pedir que saliera de la sala e instó a que esto no se repita para ninguna de las partes.
Después de Pary, prosiguió Arce, quien resaltó la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana en el caso boliviano, que garantiza a las personas el derecho de participar en elecciones, de votar en ellas y tener acceso en condiciones de igualdad a las funciones públicas de su país. Mencionó que Nicaragua, Honduras y Costa Rica aplicaron de manera preferente la Convención Americana, por lo que Bolivia no es el primer país en hacerlo.
En su alocución, además, Arce puso como ejemplo el caso Castañeta Goodman vs México para fundamentar la decisión boliviana de aplicar preferentemente el artículo 23 de la Convención para posibilitar la reelección indefinida del presidente Evo Morales. El ejemplo de Castañeda está expuesto también en la sentencia del TCP sobre la reelección vitalicia.
La parte denunciante también aludió al caso Castañeda y dijo que ésta si bien expresa el derecho de los ciudadanos de participar en los asuntos públicos, también establece la obligación estatal de respetar la voluntad ciudadana.
A la hora de las preguntas, el relator para la Libertad de Expresión, Edison Lanza, corrigió algunas interpretaciones respecto al caso Castañeda y dijo que “la sentencia (del caso Castañeda) no resuelve el punto que resolvió el TCP de Bolivia, porque lo que resuelve es la posibilidad de un ciudadano de presentarse y ser capaz de ser elegible y electo y de tener la posibilidad de participar en un proceso electoral en forma independiente del sistema de partidos, que es una suerte de corset por lo cual deben pasar los ciudadanos, pero no resuelve si es legítimo para proteger la democracia u otros intereses, la posibilidad de poner un límite a la reelección en casos electivos”.
En la ronda de preguntas, se consultó sobre si había un mecanismo más en la normativa interna boliviana que se pueda accionar en contra de la sentencia.
Waldo Albarracín, exdefensor del Pueblo, tomó la palabra y en un tono casi exaltado, explicó a los consejeros de la CIDH que en Bolivia hay perseguidos políticos, que no hay otro recurso al cual acudir para detener la aplicación de la sentencia del TCP y que el gobierno cooptó los otros órganos del Estado, al grado que los magistrados que emitieron la sentencia actualmente trabajan en el seno del Ejecutivo.
El Gobierno también tomó la palabra y nuevamente resaltó las garantías que ofrece la Constitución a los derechos humanos.
Al final, la presidenta de la CIDH solicitó a ambas partes presentar sus argumentos en inglés y se comprometió a dar la debida consideración al caso.
La audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que abordó la reelección indefinida en Bolivia fue relativamente tranquila, si no hubiera sido por algunas pequeñas pancartas y arengas que interrumpieron en más de una ocasión la sesión en la que el Estado boliviano era denunciado por violar la Constitución a través de la aspiración del presidente Evo Morales de volver a postular en las próximas elecciones.
La audiencia no comenzó a la hora fijada, tuvo un retraso de poco más de 10 minutos, debido a que la presidenta de la CIDH, Margarette May, se vio perjudicada por el tráfico en Washington. La audiencia comenzó sin su presencia. Los primeros 15 minutos fueron para la parte denunciante.
Los representantes de la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia y de la Fundación de los Derechos Humanos expusieron el origen del conflicto por la reelección indefinida, desde la aprobación de la Constitución en 2009 que sólo permite una reelección, pasando por el referendo del 21F, hasta la sentencia del Tribunal Constitucional que permite la reelección de Evo Morales.
Los argumentos contra la reelección fueron emitidos uno a uno y se escuchaba que ésta desconoce la voluntad popular, que impone candidaturas, que la Convención Americana de Derechos Humanos no concibe la reelección indefinida como un derecho humano, entre otros.
La petición final antes de que terminen los 15 minutos de exposición fue una opinión consultiva a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) sobre si la reelección indefinida es compatible con la Convención y que la CIDH exhorte al Estado a respetar el derecho a la protesta, además de que haga un seguimiento a los derechos ciudadanos con motivo de las venideras elecciones.
Una vez terminada la alocución de la parte demandante, la presidenta de la CIDH se incorporó a la sesión y cedió la palabra a la representación del gobierno nacional, encabezada por el canciller Diego Pary, quien estuvo acompañado por el ministro de Justicia, Héctor Arce; el Procurador General, Pablo Menacho y el embajador de Bolivia ante la OEA, José Alberto Gonzales.
Cuando Pary tomó la palabra, las cámaras de la CIDH captaron algunas hojas que sostenían algunas personas de la audiencia ubicadas detrás de la delegación gubernamental. En ellas se leía “Evo violador de la Justicia”; “Evo violador de la Constitución”, las cuales se quedaron a lo largo de la sesión.
Pary y Arce se encargaron de rebatir los argumentos de los denunciantes, bajo la premisa de que la actual Constitución garantiza más derechos que anteriores versiones y que el referendo del 21F fue “manipulado e inducido con una campaña corporativa, mediática de desprestigio” contra el presidente Evo Morales.
Fue ahí que se suscitó una interrupción. Una persona a la que no se mostró en cámaras alborotó la sesión al punto que May tuvo que pedir que saliera de la sala e instó a que esto no se repita para ninguna de las partes.
Después de Pary, prosiguió Arce, quien resaltó la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana en el caso boliviano, que garantiza a las personas el derecho de participar en elecciones, de votar en ellas y tener acceso en condiciones de igualdad a las funciones públicas de su país. Mencionó que Nicaragua, Honduras y Costa Rica aplicaron de manera preferente la Convención Americana, por lo que Bolivia no es el primer país en hacerlo.
En su alocución, además, Arce puso como ejemplo el caso Castañeta Goodman vs México para fundamentar la decisión boliviana de aplicar preferentemente el artículo 23 de la Convención para posibilitar la reelección indefinida del presidente Evo Morales. El ejemplo de Castañeda está expuesto también en la sentencia del TCP sobre la reelección vitalicia.
La parte denunciante también aludió al caso Castañeda y dijo que ésta si bien expresa el derecho de los ciudadanos de participar en los asuntos públicos, también establece la obligación estatal de respetar la voluntad ciudadana.
A la hora de las preguntas, el relator para la Libertad de Expresión, Edison Lanza, corrigió algunas interpretaciones respecto al caso Castañeda y dijo que “la sentencia (del caso Castañeda) no resuelve el punto que resolvió el TCP de Bolivia, porque lo que resuelve es la posibilidad de un ciudadano de presentarse y ser capaz de ser elegible y electo y de tener la posibilidad de participar en un proceso electoral en forma independiente del sistema de partidos, que es una suerte de corset por lo cual deben pasar los ciudadanos, pero no resuelve si es legítimo para proteger la democracia u otros intereses, la posibilidad de poner un límite a la reelección en casos electivos”.
En la ronda de preguntas, se consultó sobre si había un mecanismo más en la normativa interna boliviana que se pueda accionar en contra de la sentencia.
Waldo Albarracín, exdefensor del Pueblo, tomó la palabra y en un tono casi exaltado, explicó a los consejeros de la CIDH que en Bolivia hay perseguidos políticos, que no hay otro recurso al cual acudir para detener la aplicación de la sentencia del TCP y que el gobierno cooptó los otros órganos del Estado, al grado que los magistrados que emitieron la sentencia actualmente trabajan en el seno del Ejecutivo.
El Gobierno también tomó la palabra y nuevamente resaltó las garantías que ofrece la Constitución a los derechos humanos.
Al final, la presidenta de la CIDH solicitó a ambas partes presentar sus argumentos en inglés y se comprometió a dar la debida consideración al caso.