Falencias institucionales limitan acceso a la justicia y exponen a mayor riesgo a mujeres víctimas de violencia
La Paz, ANF
La mayoría de las usuarias califican de regulares a malos los servicios públicos de atención a mujeres en situación de violencia y revelan serias falencias en el cumplimiento de la debida diligencia en los procesos por violencia machista.
La Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia, el Ministerio Púbico, el Instituto de Investigaciones Forenses y el Órgano Judicial no garantizan los pasos procesales ni la atención y protección a las víctimas de violencia poniéndolas en riesgo de nueva agresión e incluso feminicidio, según el Informe sobre el Cumplimiento del Estándar de la Debida Diligencia en la Atención a Mujeres en Situación de Violencia.
El estudio fue realizado entre marzo y junio de 2016 en 30 municipios por la Alianza Libres Sin Violencia, una plataforma que aglutina a más de 80 organizaciones del país, en base a 423 procesos judiciales por delitos de violencia contra las mujeres, 832 entrevistas a usuarias de los servicios y 107 encuestas a abogados litigantes.
Según el informe, el 78% de las usuarias de la FELCV calificó de regular y malo el trato recibido en esas dependencias y un 13% dijo que sus denuncias fueron rechazadas. Similar porcentaje (77%) aseguró que el trato de jueces y secretarios del Órgano Judicial fue regular y malo.
Del total de usuarias consultadas, el 92% señaló que los efectivos policiales no las acompañaron cuando requerían atención médica, el 52% dijo que no tuvieron resguardo policial para dirigirse a una casa de acogida o al domicilio de un familiar, y en el 88% de los casos no se hizo la valoración de riesgo, aspecto del cual depende que la vida de la mujer no corra peligro.
A nivel del Ministerio Público, sólo en el 44% de los casos se procedió a la valoración del riesgo, en un porcentaje similar (46%) se dispusieron medidas de protección. El 18% de las víctimas aseguró que intentaron convencerlas de retirar o no presentar la denuncia y el 35% dijo que fueron persuadidas de aceptar la conciliación. En el 66% de los procesos penales la etapa preliminar superó los 6 meses y se extendió hasta un año.
El 59% calificó el servicio del IDIF como regular o malo, pero el 66% dijo que no se sintió revictimizada en las entrevistas realizadas durante las evaluaciones psicológicas forenses.
El 77% consideró que el trato de jueces y secretarios del órgano judicial fue regular o malo. La revisión de los expedientes evidenció sesgos de género en el 25% de las sentencias, y verificó que en el 91% de las decisiones judiciales no se toma en cuenta la normativa internacional para la fundamentación de las sentencias y resoluciones.
El informe concluye que no se garantiza la calidad de atención, no existe celeridad en el desarrollo de procesos por delitos de violencia contra las mujeres, y tampoco se cumple con la gratuidad de los servicios y “los gastos que genera la investigación y tramitación de casos son transferidos a las víctimas”.
Destaca también que “todo lo referido a la protección a la mujer que denuncia un hecho de violencia es deficiente, en la mayoría de los casos no se realiza la valoración de riesgo para determinar las medidas de protección que sean pertinentes para cada caso y evitar nuevos hechos de violencia e incluso feminicidios”.
Advierte que la recurrencia de salidas alternativas, así como la promoción de la conciliación, no considera el riesgo e indefensión en el que pueda quedar la mujer y plantea revisar la tendencia a someter todos los casos de violencia al mismo proceso penal que los casos ordinarios, cuya complejidad y demora alientan a la mujer a abandonar las causas.
La mayoría de las usuarias califican de regulares a malos los servicios públicos de atención a mujeres en situación de violencia y revelan serias falencias en el cumplimiento de la debida diligencia en los procesos por violencia machista.
La Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia, el Ministerio Púbico, el Instituto de Investigaciones Forenses y el Órgano Judicial no garantizan los pasos procesales ni la atención y protección a las víctimas de violencia poniéndolas en riesgo de nueva agresión e incluso feminicidio, según el Informe sobre el Cumplimiento del Estándar de la Debida Diligencia en la Atención a Mujeres en Situación de Violencia.
El estudio fue realizado entre marzo y junio de 2016 en 30 municipios por la Alianza Libres Sin Violencia, una plataforma que aglutina a más de 80 organizaciones del país, en base a 423 procesos judiciales por delitos de violencia contra las mujeres, 832 entrevistas a usuarias de los servicios y 107 encuestas a abogados litigantes.
Según el informe, el 78% de las usuarias de la FELCV calificó de regular y malo el trato recibido en esas dependencias y un 13% dijo que sus denuncias fueron rechazadas. Similar porcentaje (77%) aseguró que el trato de jueces y secretarios del Órgano Judicial fue regular y malo.
Del total de usuarias consultadas, el 92% señaló que los efectivos policiales no las acompañaron cuando requerían atención médica, el 52% dijo que no tuvieron resguardo policial para dirigirse a una casa de acogida o al domicilio de un familiar, y en el 88% de los casos no se hizo la valoración de riesgo, aspecto del cual depende que la vida de la mujer no corra peligro.
A nivel del Ministerio Público, sólo en el 44% de los casos se procedió a la valoración del riesgo, en un porcentaje similar (46%) se dispusieron medidas de protección. El 18% de las víctimas aseguró que intentaron convencerlas de retirar o no presentar la denuncia y el 35% dijo que fueron persuadidas de aceptar la conciliación. En el 66% de los procesos penales la etapa preliminar superó los 6 meses y se extendió hasta un año.
El 59% calificó el servicio del IDIF como regular o malo, pero el 66% dijo que no se sintió revictimizada en las entrevistas realizadas durante las evaluaciones psicológicas forenses.
El 77% consideró que el trato de jueces y secretarios del órgano judicial fue regular o malo. La revisión de los expedientes evidenció sesgos de género en el 25% de las sentencias, y verificó que en el 91% de las decisiones judiciales no se toma en cuenta la normativa internacional para la fundamentación de las sentencias y resoluciones.
El informe concluye que no se garantiza la calidad de atención, no existe celeridad en el desarrollo de procesos por delitos de violencia contra las mujeres, y tampoco se cumple con la gratuidad de los servicios y “los gastos que genera la investigación y tramitación de casos son transferidos a las víctimas”.
Destaca también que “todo lo referido a la protección a la mujer que denuncia un hecho de violencia es deficiente, en la mayoría de los casos no se realiza la valoración de riesgo para determinar las medidas de protección que sean pertinentes para cada caso y evitar nuevos hechos de violencia e incluso feminicidios”.
Advierte que la recurrencia de salidas alternativas, así como la promoción de la conciliación, no considera el riesgo e indefensión en el que pueda quedar la mujer y plantea revisar la tendencia a someter todos los casos de violencia al mismo proceso penal que los casos ordinarios, cuya complejidad y demora alientan a la mujer a abandonar las causas.