¿Qué países permiten la muerte digna?

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Nuestro país convirtió en ley el derecho a muerte digna en mayo de 2012, cuando la Cámara de Senadores aprobó el proyecto que habilita a pacientes terminales a rechazar medidas de soporte vital. La medida no contempla ni la eutanasia ni el suicidio asistido.


"La iniciativa no contempla ni la eutanasia ni el suicidio asistido, tiene que ver con una muerte digna, entendida como la preservación de la dignidad durante el proceso de muerte", había aclarado en esa ocasión el jefe del bloque de la Unión Cívica Radical (UCR), Luis Naidenoff.

Así, la legislación reconoce el derecho de un enfermo que padezca una enfermedad irreversible a "aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos con o sin expresión de causa, así como también a revocar posteriormente su manifestación de voluntad".

De esta manera, los pacientes pueden negarse a recibir procedimientos, cirugías y medidas de soporte vital, cuando "sean extraordinarias o desproporcionadas en relación a las perspectivas de mejoría". También pueden rechazar hidratación y alimentación, si el único efecto de estas es la prolongación del tiempo en un estado terminal incurable.

Para conseguirlo, basta que el enfermo comunique su decisión al médico. En los casos en los que no sea capaz de comunicarse con el mundo exterior, el derecho de exigir una muerte digna para el paciente pasa a sus familiares o responsables legales.

Sin embargo, la ley detalla que cualquiera sea el caso, la negativa no significará la interrupción de acciones destinadas al adecuado control y alivio del sufrimiento del enfermo.

Países europeos

Holada, Bélgica, Luxemburgo, Suiza, Gran Bretaña, Italia, Alemania, Noruega y España son los países europeos que permiten la muerte digna.

Pero Holanda, Bélgica y Luxemburgo fueron aún más adelante y en sus territorios es legal la eutanasia. Definida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la eutasia es la "acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente". Es decir, es la acción u omisión que, para evitar sufrimientos a los pacientes desahuciados, acelera su muerte con su consentimiento o sin él.

Holanda fue en 2002 el primer país en autorizarla cuando se aprobó la Ley de comprobación de la terminación de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio. El paciente, que debe sufrir un padecimiento grande y sin esperanza de mejora, debe ser plenamente capaz y haber reiterado el deseo de terminar con su vida. La ley holandesa aclara que no es aplicable a personas que sufran depresión o ansiedad ni a ancianos que crean que ya no tengan ganas de vivir y los médicos pueden recurrir a la objeción de conciencia.

Bélgica fue el segundo país en aprobar la ley de muerte digna y eutanasia en mayo de 2002. Fue el primer país católico que logró sortear la oposición de la Iglesia y aprobar la norma. El paciente debe someterse a varios requisitos en su pedido, que debe ser voluntario, reflexionado y reiterado, con certificación de varios médicos que deben obtener la aprobación de una comisión federal médica.

Luxemburgo aprobó la eutanasia en febrero de 2008 y así se convirtió en el tercer país europeo en aprobar la muerte digna.

En Suiza la eutanasia es legal, pero el enfermo debe enviar una serie de documentos que avalan su estado y luego que revisan un abogado y un médico.

En Gran Bretaña, si bien la eutanasia es un delito, en 2009 la Corte Suprema decidió que los oficiales sanitarios deben tener en cuenta el deseo "explicito" de un paciente de no prolongar su vida si está gravemente enfermo. También el Colegio Médico británico estableció normas más abiertas y hay un creciente movimiento en favor de la llamada "muerte dulce".

En España, en mayo de 2011, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley Reguladora de los Derechos de la Persona ante el Proceso Final de la Vida, que llegó al Congreso de los Diputados como proyecto de ley pero que no llegó a tramitarse.

Un año antes, Andalucía se convertía en la primera comunidad autónoma que regulaba la muerte digna, con la aprobación, en marzo de 2010, de la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, que prohíbe el ensañamiento terapéutico, pero permite a los pacientes rechazar un tratamiento que prolongue artificialmente su vida y también permite la sedación paliativa que alivie el sufrimiento del enfermo. Navarra y Aragón aprobaron en 2011 leyes similares.

En Alemania, Italia, Francia Noruega, Dinamarca y Austria rige un modelo igual al de España en el que el paciente goza de autonomía para rechazar, él mismo o a través de su familia, determinados tratamientos aunque pueda conducirle a la muerte. Pero las medidas de la eutanasia o el suicidio asistido siguen prohibidas.

En Estados Unidos, tres estados, Washington, Oregon y Montana, permiten el suicidio asistido. Los médicos pueden allí prescribir drogas a pacientes terminales con una expectativa de vida no mayor de seis meses, para que ellos mismos se las administren.

En América latina

En América latina, Colombia es el único país que permite la eutanasia. En 1997 la Corte Constitucional colombiana despenalizó el homicidio "por piedad", hasta ese entonces sancionado con seis meses a tres años prisión.

La eutanasia comenzó a aplicarse este año en Colombia. y se realiza en enfermos terminales que expresen su voluntad libre de poner fin a su vida. Los médicos que los asistan quedan exentos de responsabilidad legal.

En México, desde 2008 existe la normativa para "bien morir" que se aplica para personas desahuciadas que viven en la capital. Aquí los pacientes piden dejar de recibir asistencia médica para no prolongar sus vidas.

En la Argentina se aprobó la ley de "muerte digna" en mayo de 2012 que les permite a los pacientes con enfermedades terminales el derecho de rechazar procedimientos para prolongar artificialmente sus vidas en caso de sufrimiento.

Brasil se sumó en septiembre de ese año a los países que reconocen el derecho de los enfermos terminales a una 'muerte digna'. Los pacientes que padecen enfermedades terminales tienen derecho a decidir con anticipación si quieren o no recibir tratamiento médico para prolongar su vida en casos de situación terminal crónica.

Según la resolución del Consejo Federal de Medicina (CFM), cada persona mayor de edad y con total lucidez puede registrar con anticipación en su historial clínico su voluntad de someterse a la llamada 'ortotanasia' o 'muerte digna'.

Roberto Luiz D'Avila, presidente del CFM, subrayó que "la eutanasia sigue estando prohibida", añadiendo que la ley defiende "la idea de muerte natural sin intervención tecnológica inútil y fútil" .

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