Sin perdón para Vinicius

El Comité de Apelación desestima el recurso del Real Madrid en su totalidad y mantiene los cuatro partidos de sanción para el brasileño. El club irá al TAD.

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El Comité de Apelación de la RFEF ha ratificado este viernes la sanción de cuatro partidos a Vinicius que el Comité de Disciplina impuso al brasileño tras su expulsión en el partido contra el Villarreal por tirar del pelo a Nathan Saliba. Apelación ha desestimado el recurso del Real Madrid, que solicitaba eliminar el castigo o al menos disminuirlo. Vinicius se perderá así los próximos partidos de Liga contra Sevilla, Barcelona, Racing de Santander y Valencia. No volverá a jugar en el campeonato hasta después del parón, el 21-22 de noviembre contra el Celta. El club blanco llevará el caso al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).


El Madrid solicitó en su escrito de recurso ante Apelación diferentes medidas. Todas han sido desestimadas. Por un lado, pidió que le retirase la sanción de dos partidos por la expulsión o que, en su defecto, se le aplicara el artículo 121.1 del Código Disciplinario (que se venía aplicando a modo de jurisprudencia en todos los casos de tirones de pelo) en lugar del 130.2 y, en consecuencia, se le redujese esa primera sanción a un solo partido. Por otro lado, solicitó también dejar sin efecto los dos partidos de sanción por sus protestas a Díaz de Mera, al entender que no había motivo para aplicar el artículo 127 del Código Disciplinario o, si no, que se le aplicase el artículo 118.1, que solo conlleva amonestación.

Apelación ha rechazado todos los argumentos planteados por el club blanco. Respecto a la expulsión, el órgano disciplinario de la RFEF expone que no existe un error material manifiesto del árbitro. Además, mantiene los dos partidos de sanción al considerar que es correcto aplicarle el artículo 130.2 al no producirse la jugada en disputa efectiva del balón. Y señala, respecto a la decisión del Comité de Disciplina de aplicarle ese artículo 130.2, que “no se aprecia defecto de motivación que determine la revocación de la resolución impugnada”. Por tanto, la sanción mínima recogida por ese artículo es de dos partidos.

Sin perdón para ViniciusVinicius protesta al árbitro, Díaz de Mera Escuderos, por su expulsión en el partido de Liga del pasado sábado ante el Villarreal.JAVIER GANDUL

Respecto a los dos partidos de sanción por las protestas posteriores, el Comité de Apelación también rechaza el recurso del Madrid. Aduce el comité que “la circunstancia de que el árbitro no pudiera identificar las palabras exactas pronunciadas no excluye que percibiera la actitud, los gestos, la dirección y el contexto en que se desarrolló el comportamiento. No cabe confundir la imposibilidad de reproducir literalmente las expresiones utilizadas con la imposibilidad de identificar la naturaleza de la actuación del futbolista”. Apelación rechaza aplicar el artículo 118.1, que dejaría las protestas en amonestación, argumentando que esta es una capacidad exclusiva del árbitro.

En última instancia, el Madrid recurrirá ahora al TAD para que a Vinicius le retiren total o parcialmente la sanción o al menos la suspendan temporalmente. De mantenerse los cuatro partidos de sanción, el carioca se perderá, entre otros partidos, el Clásico, y no volverá a jugar en Liga hasta después del próximo parón de selecciones. Mourinho no podrá contar con él este domingo en el Bernabéu contra el Sevilla y tampoco en las salidas a Barcelona (domingo 25), Santander (1 de noviembre) y Valencia (7 de noviembre). El siguiente partido del Real Madrid en el campeonato será ya el fin de semana del 21-22 de noviembre contra el Celta.

La redacción del acta

  • En el minuto 73 el jugador (7) DE OLIVEIRA DO NASCIMENTO, VINICIUS JOSÉ fue expulsado por el siguiente motivo: Por tirar del pelo a un adversario, con el balón en juego, sin estar el balón en disputa entre ellos.
  • En el minuto 73 de partido, estando el juego detenido, el jugador del club local nº7 D. Vinicius José De Oliveira Do Nascimento, después de haber sido expulsado y encontrándose aún en el terreno de juego, siguió protestando mi decisión, a voz en grito, dirigiéndose a la zona donde me encontraba con actitud agresiva, teniendo que ser sujetado por compañeros de su equipo, sin poder apreciar ninguna expresión concreta.

Dos partidos de sanción por la expulsión en aplicación del artículo 130.2

Lo que dice el artículo 130 del Código Disciplinario de la RFEF:

Artículo 130. Violencia en el juego.

1. Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes.

2. Si la acción descrita en el párrafo anterior se produjera al margen del juego, no estando en posibilidad de disputar el balón o el juego detenido, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 del presente Código.

El artículo 121.1 que pide aplicar el Madrid

Artículo 121. Expulsión directa.

1. La expulsión directa durante el transcurso de un partido acarreará la imposición de la sanción de suspensión durante, al menos, un partido, salvo que el hecho fuere constitutivo de infracción de mayor gravedad, con la accesoria pecuniaria correspondiente.

En aquellos casos en que la expulsión del terreno de juego se deba a situaciones en que el/la futbolista no hubiera tenido posibilidad de disputar el balón, la suspensión será de al menos, dos partidos.

Dos partidos de sanción por las protestas en aplicación del artículo 127

Artículo 127. Protestas al/a la árbitro/a.

Protestar al/a la árbitro/as principal, a los/as asistentes/as o al/la cuarto/a árbitro/a, siempre que no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes.

El artículo 118.1 que pide aplicar el Madrid

Artículo 118. Amonestaciones con ocasión de los partidos.

1. Se sancionará con amonestación:

(...)

c) Formular o realizar observaciones, gestos o reparos al/a la árbitro/a principal, a los/as asistentes/as y al/a la cuarto/a.

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