Lo que dice el artículo 74 del Código Disciplinario de la FBF sobre abandono de cancha
Hace referencia a que el equipo que abandona la cancha pierde los puntos en juego y recibe una sanción económica
El árbitro Gabriel Mendoza cobró un penal para el local a los 81 minutos y en protesta el DT de la visita, David de la Torre, retiró a sus jugadores. Después de varios minutos los inmobiliarios retornaron al campo de juego, pero Mendoza decidió suspender el encuentro.
El Código Disciplinario de la FBF, en su artículo número 74 hace referencia a este tipo de situaciones, pero no toma en cuenta cuando se trata de partidos definitorios como en este caso, ya que si se da por perdido para Royal Pari ganaría la serie en un global de 4-3.
Se habla de excluir a un equipo de la competición, pero es cuando se registra una riña o pelea campal, que fuera iniciada por jugadores del equipo en cuestión que abandona la cancha, lo cual no sucedió en Oruro.
Artículo 74. Abandono del partido y juego a desgano
1.- En caso de que un equipo se niegue a presentarse o a continuar y/o concluir un partido oficial, se le sancionará con la pérdida de los puntos en juego por la renuncia o retirada a favor del oponente y con una multa de entre 20 a 100 salarios mínimos nacionales vigentes.
La excepción a esta regla será por causas de fuerza mayor debidamente justificadas tales como: bloqueos de caminos, huelgas nacionales o departamentales, paros cívicos, conmoción civil o militar, paros de transporte, restricciones relacionadas con la salud pública debidamente establecidas por las autoridades competentes.
2.- En casos especialmente graves, conjuntamente a la multa establecida en el párrafo anterior, el Tribunal de Disciplina Deportiva excluirá al equipo en cuestión de la competición en curso. Se entiende que el caso es grave cuando la retirada o negativa a continuar ha sido acompañada por una riña o pelea campal, iniciada por jugadores del equipo en cuestión.