Y ahora, ¿qué falta para tener la Ley del censo?
Las bancadas opositoras esperan que el Presidente Luis Arce promulgue la norma; tiene 10 días para hacerlo
El Deber¿Qué falta para que la Ley del censo sea promulgada?
Estos son los pasos que deben seguirse:
1.- La Cámara de Senadores remitirá la Ley al Órgano Ejecutivo.
2.- El Presidente (Luis Arce) la recibe y tiene 10 días para:
a) Promulgar la Ley y publicarla en la Gaceta Oficial del Estado.
b) Objetarla; si esto sucede, deberá volver al Legislativo.
En el caso de que el Presidente del Estado no la promulgue, el presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional (David Choquehuanca) tiene la competencia para hacerlo, indicó la senadora Andrea Barrientos (Comunidad Ciudadana).
¿Qué falta para la promulgación de la Ley del censo?
Con 23 votos de 36, la Ley fue sancionada la tarde de este martes, después de casi seis horas de debate en la Cámara de Senadores, y de que se la hubiera tratado por dispensación de trámite.
Los jefes de las bancadas opositoras expresaron su esperanza en que el primer mandatario promulgue la norma.
“Estamos seguros de que el presidente lo va a hacer (promulgar la Ley), porque esto es por el país”, manifestó Barrientos.
“Esperemos que el presidente, una vez reciba la Ley, pueda promulgarla para tranquilidad de todos los bolivianos”, indicó Henry Montero senador de Creemos.