Evo dice que no cobrará indemnización y que irá por los responsables de su inhabilitación
Ayer se conoció la sentencia constitucional 087/2021 que, además, ordena la indemnización a favor del dirigente cocalero, con gastos judiciales, lucro cesante y daño emergente, cálculo que hará la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia.
"Nunca hemos pedido indemnización por la inhabilitación política, ilegal e inconstitucional a nuestra candidatura como senador por Cochabamba. Estamos sorprendidos de que el @TCP_bolivia recién publique una sentencia que siempre supimos debía ratificar nuestro derecho a postularnos", agregó Morales en otro tuit.
El TCP justificó su condición de refugiado político de Morales en Argentina para prevalecer el derecho político. La parte resolutiva del fallo exhorta al Tribunal Supremo Electoral a ajustar reglamentos para regular inhabilitaciones y postulaciones de candidatos.
"En 2020, la derecha golpista nos inhabilitó y trató de proscribir al MAS-IPSP. Aunque tardía, la sentencia del @TCP_bolivia, muestra que el @TSEBolivia y un tribunal de garantías constitucionales actuaron políticamente y atentaron contra el derecho del pueblo a elegir libremente", prosiguió el expresidente en otro tuit.
La candidatura de Morales fue negada en febrero de 2020, su defensa legal activó un amparo constitucional, que fue la base para que dirima el TCP a favor del exmandatario. La Sala Constitucional Segunda ratificó la inhabilitación el 7 de septiembre de 2020 y ahora será el mismo asiento judicial que deba calcular el monto que se debe pagar a Morales.