TSE fija la segunda vuelta para el 11 de abril, sólo para gobernaciones
“En el caso de una segunda vuelta en las gobernaciones, se llevaría adelante el 11 de abril, en todos los departamentos donde los candidatos no obtengan el umbral exigido”, indicó Romero en conferencia de prensa esta mañana.
El titular del ente electoral aclaró que el caso sólo aplica a las gobernaciones, ya que para alcaldías el ganador será definido por simple mayoría, sin importar el porcentaje obtenido en el voto de los municipios.
“Para las elecciones municipales no hay segunda vuelta, los alcaldes van a ser elegidos y serán los ganadores aquellos que tengan un voto más que el candidato que llegue al segundo lugar, en cambio, para las gobernaciones sí existe una posibilidad para una segunda vuelta”, aseguró.
Romero explicó que en las regiones que no tengan estatuto autonómico, la regla para ganar en primera vuelta es tener al menos un 40% de preferencia electoral, y una diferencia mínima de 10 puntos sobre la segunda candidatura, tal como lo establece el artículo 166 de la Constitución.
“Será proclamada la candidatura que haya reunido el 50% más uno de los votos válidos, o que haya obtenido un mínimo del 40% de los votos válidos con una diferencia de al menos 10% en relación con la segunda candidatura”, especifica la Carta Magna.
En cambio, en otras regiones que sí cuenten con el estatuto autonómico, la norma es ganar con el 50% más uno de los votos.