Los contribuyentes “Resto” deben pagar al menos 50% de IUE hasta julio y la otra mitad hasta octubre
Cochabamba, Los Tiempos
Los contribuyentes categorizados como “Resto” podrán pagar el 50 por ciento de sus Impuestos a las Utilidades de las Empresas (IUE) hasta el 31 de julio de este año, y la otra mitad, en tres cuotas, hasta octubre de este año.
La aclaración la hizo el Ministerio de Economía en vista de que algunas empresas entendieron que la prórroga total para estas empresas corría hasta octubre, cuando, en realidad, el 50 por ciento, al menos, debe estar cancelado hasta julio.
Al continuar la Emergencia Sanitaria Nacional, mediante Decreto Supremo N°4249, de 28 de mayo de 2020, el Gobierno amplió nuevamente el plazo de vencimiento para el pago de este impuesto.
En marzo pasado, ante la irrupción de la pandemia del coronavirus en el país, ya se había hecho la primera ampliación hasta el 29 de mayo, sin sanciones ni multas de ningún tipo.
También se difirió la presentación de los estados financieros de la gestión 2019 hasta julio del presente año y se podrán rectificar las declaraciones sin multas, mantenimiento de valor ni intereses.
Asimismo, las empresas calificadas como Grandes Contribuyentes (Graco) y Principales Contribuyentes (Prico) podrán pagar este 29 de mayo sólo el 50 por ciento de sus obligaciones.
Los contribuyentes categorizados como “Resto” podrán pagar el 50 por ciento de sus Impuestos a las Utilidades de las Empresas (IUE) hasta el 31 de julio de este año, y la otra mitad, en tres cuotas, hasta octubre de este año.
La aclaración la hizo el Ministerio de Economía en vista de que algunas empresas entendieron que la prórroga total para estas empresas corría hasta octubre, cuando, en realidad, el 50 por ciento, al menos, debe estar cancelado hasta julio.
Al continuar la Emergencia Sanitaria Nacional, mediante Decreto Supremo N°4249, de 28 de mayo de 2020, el Gobierno amplió nuevamente el plazo de vencimiento para el pago de este impuesto.
En marzo pasado, ante la irrupción de la pandemia del coronavirus en el país, ya se había hecho la primera ampliación hasta el 29 de mayo, sin sanciones ni multas de ningún tipo.
También se difirió la presentación de los estados financieros de la gestión 2019 hasta julio del presente año y se podrán rectificar las declaraciones sin multas, mantenimiento de valor ni intereses.
Asimismo, las empresas calificadas como Grandes Contribuyentes (Graco) y Principales Contribuyentes (Prico) podrán pagar este 29 de mayo sólo el 50 por ciento de sus obligaciones.