Familiares de adultos mayores podrán cobrar Renta Dignidad, mediante autorización
Este jueves se pudo observar a personas de la tercera edad esperando en las puertas de las entidades financieras para cobrar su beneficio. Ahora ellos podrán designar a un familiar para evitar que salga de sus casas
Pablo Cesar Cambara
El Deber
El Decreto Supremo 4200 establece, entre otras cosas, que las adultos mayores puedan designar y autorizar a un familiar directo para que pueda cobrar la Renta Dignidad en lugar de ellos. El objetivo es que los adultos mayores eviten salir de sus casas.
Las autoridades en salud nacionales y departamentales han repetido que esta parte de la población es una de las más vulnerables y de mayor afectación mundial al coronavirus, dejando un porcentaje muy alto de personas afectadas.
Sabiendo esto, es necesario que la persona escriba (puede ser a mano) en una carta que autoriza a su familiar a cobrar el beneficio; tal documento debe tener la huella dactilar y la firma del beneficiario que debe adjuntar una fotocopia de su cédula de identidad y entregar la misma (físicamente) a quien asistirá por ellos a la entidad financiera.
"Esperemos que no haya nadie que se quiera hacer el vivo con la Renta Dignidad de nuestros abuelitos, seremos implacables si encontramos a alguno", advirtió este jueves el ministro de Gobierno, Arturo Murillo.
Los familiares que podrán ser autorizados para dicho cobro son: cónyuge o conviviente, hijo, nieto o sobrino, mismos que deben estar comprendidos entre los 18 y 65 años.
Para el cobro la persona designada deberá necesariamente presentar -además de lo arriba mencionado- su cédula de Identidad y así se hará efectivo el cobro. Cabe resaltar que el horario de atención en los bancos es ahora desde las 8:00 hasta las 12:30.
Pablo Cesar Cambara
El Deber
El Decreto Supremo 4200 establece, entre otras cosas, que las adultos mayores puedan designar y autorizar a un familiar directo para que pueda cobrar la Renta Dignidad en lugar de ellos. El objetivo es que los adultos mayores eviten salir de sus casas.
Las autoridades en salud nacionales y departamentales han repetido que esta parte de la población es una de las más vulnerables y de mayor afectación mundial al coronavirus, dejando un porcentaje muy alto de personas afectadas.
Sabiendo esto, es necesario que la persona escriba (puede ser a mano) en una carta que autoriza a su familiar a cobrar el beneficio; tal documento debe tener la huella dactilar y la firma del beneficiario que debe adjuntar una fotocopia de su cédula de identidad y entregar la misma (físicamente) a quien asistirá por ellos a la entidad financiera.
"Esperemos que no haya nadie que se quiera hacer el vivo con la Renta Dignidad de nuestros abuelitos, seremos implacables si encontramos a alguno", advirtió este jueves el ministro de Gobierno, Arturo Murillo.
Los familiares que podrán ser autorizados para dicho cobro son: cónyuge o conviviente, hijo, nieto o sobrino, mismos que deben estar comprendidos entre los 18 y 65 años.
Para el cobro la persona designada deberá necesariamente presentar -además de lo arriba mencionado- su cédula de Identidad y así se hará efectivo el cobro. Cabe resaltar que el horario de atención en los bancos es ahora desde las 8:00 hasta las 12:30.