Morales podría ser juzgado por vía ordinaria y el MAS por norma puede conservar personería jurídica
Las leyes 026, del Régimen Electoral, y 1096, de Organizaciones Políticas, no contemplan la sanción de cancelar la personería jurídica a un partido político, cuando sus miembros hayan cometido fraude electoral.
Página Siete Digital / La Paz
Ante las evidencias de irregularidades en el proceso electoral, que lanzó el Informe Final de Análisis de Integridad de las elecciones Generales del 20 de octubre, de la Organización de Estados Americanos (OEA), el abogado José Luis Santisteban explicó que el exmandatario, Evo Morales, podría ser sancionado por la justicia ordinaria.
Sin embargo explicó que ese motivo el Movimiento Al Socialismo (MAS) podría ser sancionado por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), pero no perdería su personería jurídica porque las leyes 026 y 1096 la ampararían.
“El fraude electoral está tipificado como delito penal, tiene pena de cárcel y lo procesa un tribunal jurisdiccional, es decir un juez en tribunales ordinarios penales”, explicó Santisteban.
En el caso del MAS, señaló que el partido no será sancionado con la cancelación de la personería jurídica, puesto que dos leyes vigentes en el país le permitirán al partido político existir como institución, porque la comisión de delitos se aplica a personas y no a la organización.
Las leyes 026, del Régimen Electoral, y 1096, de Organizaciones Políticas, no contemplan la sanción de cancelar la personería jurídica a un partido político, cuando sus miembros hayan cometido fraude electoral. Pero castigaría hasta con cinco años de privación de libertad en contra de los autores, a través del artículo 238 de delitos electorales de la Ley 026.
“Si sale sentenciado Evo Morales por la justicia ordinaria, el Órgano Electoral lo puede sancionar para que ya no participe de las elecciones y si tuviera un cargo, perdería su curul”, manifestó Santisteban a El Deber.
El Informe Final de Análisis de Integridad Electoral de las elecciones Generales del Estado Plurinacional de Bolivia de la OEA, fue publicado el 4 de diciembre y entregado al embajador de Bolivia ante la OEA, Jaime Aparicio, el mismo día; donde se publicaron las pruebas de las irregularidades del proceso electoral boliviano realizadas por una comisión técnica de expertos de la institución internacional, que llegaron a finales de octubre pasado a Bolivia con el objetivo de auditar el proceso de elecciones Generales.
El ministro de Justicia, Álvaro Coímbra, considera que el Informe Final de Análisis de Integridad de las elecciones Generales de 20 de octubre en Bolivia, de la OEA tendría valor legal en Bolivia, porque existen tratados internacionales y el convenio vinculante, respecto a la auditoría, que el Estado firmó.
Página Siete Digital / La Paz
Ante las evidencias de irregularidades en el proceso electoral, que lanzó el Informe Final de Análisis de Integridad de las elecciones Generales del 20 de octubre, de la Organización de Estados Americanos (OEA), el abogado José Luis Santisteban explicó que el exmandatario, Evo Morales, podría ser sancionado por la justicia ordinaria.
Sin embargo explicó que ese motivo el Movimiento Al Socialismo (MAS) podría ser sancionado por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), pero no perdería su personería jurídica porque las leyes 026 y 1096 la ampararían.
“El fraude electoral está tipificado como delito penal, tiene pena de cárcel y lo procesa un tribunal jurisdiccional, es decir un juez en tribunales ordinarios penales”, explicó Santisteban.
En el caso del MAS, señaló que el partido no será sancionado con la cancelación de la personería jurídica, puesto que dos leyes vigentes en el país le permitirán al partido político existir como institución, porque la comisión de delitos se aplica a personas y no a la organización.
Las leyes 026, del Régimen Electoral, y 1096, de Organizaciones Políticas, no contemplan la sanción de cancelar la personería jurídica a un partido político, cuando sus miembros hayan cometido fraude electoral. Pero castigaría hasta con cinco años de privación de libertad en contra de los autores, a través del artículo 238 de delitos electorales de la Ley 026.
“Si sale sentenciado Evo Morales por la justicia ordinaria, el Órgano Electoral lo puede sancionar para que ya no participe de las elecciones y si tuviera un cargo, perdería su curul”, manifestó Santisteban a El Deber.
El Informe Final de Análisis de Integridad Electoral de las elecciones Generales del Estado Plurinacional de Bolivia de la OEA, fue publicado el 4 de diciembre y entregado al embajador de Bolivia ante la OEA, Jaime Aparicio, el mismo día; donde se publicaron las pruebas de las irregularidades del proceso electoral boliviano realizadas por una comisión técnica de expertos de la institución internacional, que llegaron a finales de octubre pasado a Bolivia con el objetivo de auditar el proceso de elecciones Generales.
El ministro de Justicia, Álvaro Coímbra, considera que el Informe Final de Análisis de Integridad de las elecciones Generales de 20 de octubre en Bolivia, de la OEA tendría valor legal en Bolivia, porque existen tratados internacionales y el convenio vinculante, respecto a la auditoría, que el Estado firmó.