PAN BOL. presenta denuncia contra el MAS por adelantar campaña electoral
La Paz, Fides
El Candidato a la vicepresidencia por el Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN–BOL), Leopoldo Chui López, presentó una denuncia al Tribunal Supremo Electoral (TSE) contra la dirigencia del Movimiento al Socialismo (MAS), por adelantar la campaña electoral el pasado fin de semana en Chimoré-Cochabamba, violando la Ley de Régimen Electoral 026 en su artículo 231, que define el inicio de actos proselitistas una vez lanzada la convocatoria de manera oficial para las elecciones generales, fecha definida para el 27 de mayo.
“Esto demuestra que el MAS quebranta la normativa flagrantemente y esta normativa establece que no se pude hacer campaña antes de que salga la convocatoria para las elecciones nacionales, es lamentable, acá toda la organicidad y militancia del MAS despliega toda una campaña de proclamación con toda dolosidad”, dijo Chui a Radio Fides.
Artículo 231. (FALTAS COMETIDAS POR ORGANIZACIONES POLÍTICAS).
c) Realizar campaña electoral con anterioridad a la publicación oficial de la convocatoria o dentro de los tres (3) días antes del día de la votación.
d) Incumplir resoluciones electorales dirigidas a las organizaciones políticas
El Candidato a la vicepresidencia por el Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN–BOL), Leopoldo Chui López, presentó una denuncia al Tribunal Supremo Electoral (TSE) contra la dirigencia del Movimiento al Socialismo (MAS), por adelantar la campaña electoral el pasado fin de semana en Chimoré-Cochabamba, violando la Ley de Régimen Electoral 026 en su artículo 231, que define el inicio de actos proselitistas una vez lanzada la convocatoria de manera oficial para las elecciones generales, fecha definida para el 27 de mayo.
“Esto demuestra que el MAS quebranta la normativa flagrantemente y esta normativa establece que no se pude hacer campaña antes de que salga la convocatoria para las elecciones nacionales, es lamentable, acá toda la organicidad y militancia del MAS despliega toda una campaña de proclamación con toda dolosidad”, dijo Chui a Radio Fides.
Artículo 231. (FALTAS COMETIDAS POR ORGANIZACIONES POLÍTICAS).
c) Realizar campaña electoral con anterioridad a la publicación oficial de la convocatoria o dentro de los tres (3) días antes del día de la votación.
d) Incumplir resoluciones electorales dirigidas a las organizaciones políticas