Apelación mantiene la sanción a Costa y el Atleti irá al TAD

El Atlético intentó revocar el castigo al delantero, pero este Comité mantiene los ocho partidos de sanción al rojiblanco. El club acude a la última vía: el TAD.

As.com / Jesús Colino
El segundo recurso del Atlético para anular o rebajar la sanción a Diego Costa tampoco ha funcionado. El castigo se mantiene: ocho partidos. Apelación ha desestimado las alegaciones y ha dado la razón a Competición. Ninguno de los argumentos del club, que recurrió con rapidez la suspensión, ha convencido a los Comités. El Atlético ha decidido agotar todas las vías y recurrir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).


Apelación razona en su resolución por qué niega su petición al Atlético:

"A juicio de este Comité de Apelación no puede apreciarse un error material manifiesto de la decisión arbitral. Tras realizar el examen de la prueba videográfica, este Comité de Apelación comparte la valoración realizada por el Comité de Competición. Así, respecto de las manifestaciones verbales sancionadas, las imágenes no aportan indicio alguno de su inexistencia o de que su contenido difiera del reflejado en el acta arbitral.

Por lo que se refiere a la sanción por agarrar al árbitro (…), las imágenes no son incompatibles con la redacción de los hechos contenida en el acta arbitral, como resulta de su visionado, en el que se aprecia cómo el jugador sancionado agarra del brazo al árbitro, sin que sea palmario que no lo hiciera con el ánimo de impedir que mostrara las amonestaciones a sus compañeros".
Cuatro partidos por insultar al árbitro y cuatro por agarrar

Hay que recordar que Competición castigó a Diego Costa tanto por el insulto como por el incidente posterior que recogió Gil Manzano en el acta, donde redactó que Costa le agarró para que no enseñara más amarillas a sus compañeros. Cuatro partidos por cada acción. El Comité desestimó las primeras alegaciones del club.

En este caso, Apelación explica que el Atlético "basa su argumentación en haberse omitido un trámite que se considera esencial, como es habérsele dado traslado del escrito de ratificación del árbitro, solicitada por el Comité de Competición". El Comité no sólo lo rechaza, sino que explica que "la prueba adicional solicitada al colegiado no ha supuesto novedad alguna, ya que no contiene sino la ratificación de lo que ya se recogía en el acta".

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