De la justicia al voto: 10 vulneraciones a la Constitución Política que cumple 10 años
En una década de vigencia de la Carta Magna, se destaca la inclusión de los pueblos indígenas; pero las vulneraciones a la CPE han ido desde el irrespeto del voto hasta la mala administración de la justicia.
Página Siete / La Paz
El próximo jueves 7 de febrero se cumplen 10 años de la promulgación de la Constitución Política del Estado, que “refundó” Bolivia. En una década de vigencia de la Carta Magna, se destaca la inclusión de los pueblos indígenas como sujetos de derecho. No obstante, las vulneraciones a la CPE han ido desde el irrespeto del voto popular hasta la mala administración de la justicia.
El 22 de enero de 2006, Evo Morales asumió la presidencia de Bolivia luego de obtener el 53,7% de los votos en las elecciones generales que se efectuaron el 18 de diciembre de 2005. Su programa político asumía las reivindicaciones principales de los movimientos sociales y de las organizaciones sindicales-indígenas. Entre ellas, además de la nacionalización y recuperación de los hidrocarburos, figuraba la convocatoria a una Asamblea Constituyente.
La nueva Constitución fue aprobada en referendo con un 61% de los votos en enero de 2009 y promulgada el 7 de febrero de ese año A una década de vigencia de la CPE hay avances pero también vulneraciones a sus mandatos. A continuación, 10 de ellas:
1. Independencia de poderes
El Artículo 12, parágrafo I de la CPE establece: “El Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos”.
Análisis: Los poderes Electoral, Judicial y Legislativo no actúan independientemente del Ejecutivo. “Hay una debilidad de la institucionalidad democrática, que se traduce en un control de todos los poderes por el Ejecutivo. El Órgano Judicial está copado por el partido de Gobierno y es instrumentalizado”, sostuvo la diputada Lourdes Millares, de UD.
“La Constitución establece la independencia de poderes; los gobernantes del Órgano Ejecutivo deben dejar de cooptar el Judicial en miras a un poder absoluto que no es democrático”, opinó el rector de la UMSA y miembro del Conade, Waldo Albarracín.
2. Repostulación
Artículo 168: “El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.
Este artículo implica inhabilitación a los comicios de 2019 de Evo Morales, quien ya cumplió 13 años como Presidente. El referendo 21F negó la posibilidad de reformar la CPE para su habilitación; sin embargo, una sentencia del Tribunal Constitucional dio vía a la repostulación, ignorando el voto popular.
3. Justicia
Artículo 115. II: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”.
Bolivia es el país con mayor retardación de justicia en Latinoamérica a causa de la corrupción, según un estudio de LAPOP. Es paradigmático el caso del médico Jhiery Fernández quien, siendo inocente, estuvo preso durante cuatro años acusado de la muerte del bebé Alexander.
4. Derechos indígenas
Artículo 30: “Los pueblos indígenas tienen derecho a la autonomía y el autogobierno”. 15: “A ser consultados cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles”.
Con dos marchas, pueblos indígenas de tierras bajas se opusieron a la construcción de una carretera por el TIPNIS; no obstante, el proyecto gubernamental avanza. La Asamblea Permanente de Derechos Humanos recibió, en 2018, 10 denuncias de pueblos indígenas por vulneración de sus derechos.
“Hay en la Constitución Política un cambio fundamental con la inclusión de las comunidades indígenas campesinas que tienen voz y derecho de determinación; pero en los hechos, no todos los indígenas reciben el mismo trato”, dijo Gustavo Clavijo, director regional del CIPCA.
5. Derecho a disentir
Artículo 21.5: Todo boliviano “tiene derecho a expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva”. Artículo 23: III. “Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley”.
Desde 2010, al menos ocho líderes se han declarado perseguidos políticos del Gobierno, entre ellos Franclin Gutiérrez -líder de Adepcoca- quien sigue preso.
6. Libertad de prensa
Artículo 106. II: “El Estado garantiza a las trabajadoras y los trabajadores de la prensa, la libertad de expresión, el derecho a la comunicación y a la información”.
Desde 2010, el Gobierno planteó seis juicios penales en contra de periodistas, pese a la vigencia de la Ley de Imprenta. Instituciones gremiales denuncian decenas de atropellos.
7. Madre Tierra
Artículo 346. “El patrimonio natural es de interés público y de carácter estratégico para el desarrollo sustentable del país. Su conservación y aprovechamiento para beneficio de la población será responsabilidad y atribución exclusiva del Estado, y no comprometerá la soberanía sobre los recursos naturales”.
Al menos 20 áreas protegidas de Bolivia están en riesgo. Las amenazas van desde los impactos de megaobras sin consulta previa a los pueblos indígenas, pasando por actividades descontroladas de explotación minera o hidrocarburífera, hasta avasallamientos que traen consigo deforestación, caza y contaminación.
8. No violencia
Artículo 15 II. “Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad”.
Cada tres días se registra un feminicidio en Bolivia y a diario se abren 97 casos de violencia contra la mujer. Pese a la Ley 348 y la creación de un “Gabinete Especial”, las cifras de violencia suben.
9. Derecho a la privacidad
Artículo 25: III.” Ni la autoridad pública ni persona u organismo alguno podrán interceptar conversaciones o comunicaciones privadas mediante instalación que las controle o centralice”.
- Un audio reveló que la Policía cuenta con 84 unidades que espían a políticos opositores y periodistas con el fin de “dar una buena imagen del Gobierno”. Autoridades policiales dijeron que la grabación fue manipulada.
10. Áreas forestales
Artículo 388. “Las comunidades indígena originario campesinas situadas dentro de áreas forestales serán titulares del derecho exclusivo de su aprovechamiento y de su gestión”.
En 2018, al menos una decena de áreas forestales fueron invadidas con aval del INRA.
Punto de vista
Iván Lima Magne, abogado y exmagistrado
10 años en incumplimiento de los mandatos de la CPE.
Los 10 años de la Constitución los vivimos en constante incumplimiento de sus mandatos. El responsable de esta situación es el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) por su incapacidad de argumentar, su demora excesiva y la habilidad en evadir su competencia por temas formales. Aún así el TCP podría corregir la mayor parte de los temas conflictivos vía control judicial de Convencionalidad.
Encuentro problemas que ameritan pensar en una Asamblea Constituyente para reformarla, el principal la Elección Judicial por voto popular, sin duda afecta el derecho del ciudadano a jueces independientes.
Suprimir la obligación de llevar referendo para aprobar Cartas Orgánicas y Estatutos Autonómicos porque esa obligación nos llevó a que la Autonomía esté bloqueada y a medias. Los derechos políticos y la reelección la inaplicabilidad del art. 168 debe regularse a ese nivel.
El derecho de los colectivos LGBTI en relación con la Opinión Consultiva 24 de la Corte IDH que obliga a Bolivia a considerar el matrimonio entre personas del mismo sexo.
El avance central es la paridad de género y la participación de los pueblos indígenas en el Gobierno. El retroceso más importante es la vulneración a las garantías del debido proceso para proteger al Estado y combatir la corrupción, la retroactividad de la ley penal, la imprescriptibilidad de los delitos y la destrucción de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable son sin duda aspectos inconvencionales que muestran a nuestra CPE como un ejemplo de violación al Pacto de San José, ya que siendo draconianas no dieron resultados.
El desarrollo en materia de idiomas oficiales es un buen ejemplo de la diferencia entre el texto y la hipocresía de la realidad, la obligación de un Segundo Idioma sin duda vulnera el derecho de libertad de expresión.
El art. 210 II de la CPE obliga a tener elecciones primarias internas para elegir candidatos desde 2014, ya estábamos en incumplimiento y no podíamos esperar al 2024 para cumplir la CPE.
Página Siete / La Paz
El próximo jueves 7 de febrero se cumplen 10 años de la promulgación de la Constitución Política del Estado, que “refundó” Bolivia. En una década de vigencia de la Carta Magna, se destaca la inclusión de los pueblos indígenas como sujetos de derecho. No obstante, las vulneraciones a la CPE han ido desde el irrespeto del voto popular hasta la mala administración de la justicia.
El 22 de enero de 2006, Evo Morales asumió la presidencia de Bolivia luego de obtener el 53,7% de los votos en las elecciones generales que se efectuaron el 18 de diciembre de 2005. Su programa político asumía las reivindicaciones principales de los movimientos sociales y de las organizaciones sindicales-indígenas. Entre ellas, además de la nacionalización y recuperación de los hidrocarburos, figuraba la convocatoria a una Asamblea Constituyente.
La nueva Constitución fue aprobada en referendo con un 61% de los votos en enero de 2009 y promulgada el 7 de febrero de ese año A una década de vigencia de la CPE hay avances pero también vulneraciones a sus mandatos. A continuación, 10 de ellas:
1. Independencia de poderes
El Artículo 12, parágrafo I de la CPE establece: “El Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos”.
Análisis: Los poderes Electoral, Judicial y Legislativo no actúan independientemente del Ejecutivo. “Hay una debilidad de la institucionalidad democrática, que se traduce en un control de todos los poderes por el Ejecutivo. El Órgano Judicial está copado por el partido de Gobierno y es instrumentalizado”, sostuvo la diputada Lourdes Millares, de UD.
“La Constitución establece la independencia de poderes; los gobernantes del Órgano Ejecutivo deben dejar de cooptar el Judicial en miras a un poder absoluto que no es democrático”, opinó el rector de la UMSA y miembro del Conade, Waldo Albarracín.
2. Repostulación
Artículo 168: “El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.
Este artículo implica inhabilitación a los comicios de 2019 de Evo Morales, quien ya cumplió 13 años como Presidente. El referendo 21F negó la posibilidad de reformar la CPE para su habilitación; sin embargo, una sentencia del Tribunal Constitucional dio vía a la repostulación, ignorando el voto popular.
3. Justicia
Artículo 115. II: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”.
Bolivia es el país con mayor retardación de justicia en Latinoamérica a causa de la corrupción, según un estudio de LAPOP. Es paradigmático el caso del médico Jhiery Fernández quien, siendo inocente, estuvo preso durante cuatro años acusado de la muerte del bebé Alexander.
4. Derechos indígenas
Artículo 30: “Los pueblos indígenas tienen derecho a la autonomía y el autogobierno”. 15: “A ser consultados cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles”.
Con dos marchas, pueblos indígenas de tierras bajas se opusieron a la construcción de una carretera por el TIPNIS; no obstante, el proyecto gubernamental avanza. La Asamblea Permanente de Derechos Humanos recibió, en 2018, 10 denuncias de pueblos indígenas por vulneración de sus derechos.
“Hay en la Constitución Política un cambio fundamental con la inclusión de las comunidades indígenas campesinas que tienen voz y derecho de determinación; pero en los hechos, no todos los indígenas reciben el mismo trato”, dijo Gustavo Clavijo, director regional del CIPCA.
5. Derecho a disentir
Artículo 21.5: Todo boliviano “tiene derecho a expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva”. Artículo 23: III. “Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley”.
Desde 2010, al menos ocho líderes se han declarado perseguidos políticos del Gobierno, entre ellos Franclin Gutiérrez -líder de Adepcoca- quien sigue preso.
6. Libertad de prensa
Artículo 106. II: “El Estado garantiza a las trabajadoras y los trabajadores de la prensa, la libertad de expresión, el derecho a la comunicación y a la información”.
Desde 2010, el Gobierno planteó seis juicios penales en contra de periodistas, pese a la vigencia de la Ley de Imprenta. Instituciones gremiales denuncian decenas de atropellos.
7. Madre Tierra
Artículo 346. “El patrimonio natural es de interés público y de carácter estratégico para el desarrollo sustentable del país. Su conservación y aprovechamiento para beneficio de la población será responsabilidad y atribución exclusiva del Estado, y no comprometerá la soberanía sobre los recursos naturales”.
Al menos 20 áreas protegidas de Bolivia están en riesgo. Las amenazas van desde los impactos de megaobras sin consulta previa a los pueblos indígenas, pasando por actividades descontroladas de explotación minera o hidrocarburífera, hasta avasallamientos que traen consigo deforestación, caza y contaminación.
8. No violencia
Artículo 15 II. “Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad”.
Cada tres días se registra un feminicidio en Bolivia y a diario se abren 97 casos de violencia contra la mujer. Pese a la Ley 348 y la creación de un “Gabinete Especial”, las cifras de violencia suben.
9. Derecho a la privacidad
Artículo 25: III.” Ni la autoridad pública ni persona u organismo alguno podrán interceptar conversaciones o comunicaciones privadas mediante instalación que las controle o centralice”.
- Un audio reveló que la Policía cuenta con 84 unidades que espían a políticos opositores y periodistas con el fin de “dar una buena imagen del Gobierno”. Autoridades policiales dijeron que la grabación fue manipulada.
10. Áreas forestales
Artículo 388. “Las comunidades indígena originario campesinas situadas dentro de áreas forestales serán titulares del derecho exclusivo de su aprovechamiento y de su gestión”.
En 2018, al menos una decena de áreas forestales fueron invadidas con aval del INRA.
Punto de vista
Iván Lima Magne, abogado y exmagistrado
10 años en incumplimiento de los mandatos de la CPE.
Los 10 años de la Constitución los vivimos en constante incumplimiento de sus mandatos. El responsable de esta situación es el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) por su incapacidad de argumentar, su demora excesiva y la habilidad en evadir su competencia por temas formales. Aún así el TCP podría corregir la mayor parte de los temas conflictivos vía control judicial de Convencionalidad.
Encuentro problemas que ameritan pensar en una Asamblea Constituyente para reformarla, el principal la Elección Judicial por voto popular, sin duda afecta el derecho del ciudadano a jueces independientes.
Suprimir la obligación de llevar referendo para aprobar Cartas Orgánicas y Estatutos Autonómicos porque esa obligación nos llevó a que la Autonomía esté bloqueada y a medias. Los derechos políticos y la reelección la inaplicabilidad del art. 168 debe regularse a ese nivel.
El derecho de los colectivos LGBTI en relación con la Opinión Consultiva 24 de la Corte IDH que obliga a Bolivia a considerar el matrimonio entre personas del mismo sexo.
El avance central es la paridad de género y la participación de los pueblos indígenas en el Gobierno. El retroceso más importante es la vulneración a las garantías del debido proceso para proteger al Estado y combatir la corrupción, la retroactividad de la ley penal, la imprescriptibilidad de los delitos y la destrucción de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable son sin duda aspectos inconvencionales que muestran a nuestra CPE como un ejemplo de violación al Pacto de San José, ya que siendo draconianas no dieron resultados.
El desarrollo en materia de idiomas oficiales es un buen ejemplo de la diferencia entre el texto y la hipocresía de la realidad, la obligación de un Segundo Idioma sin duda vulnera el derecho de libertad de expresión.
El art. 210 II de la CPE obliga a tener elecciones primarias internas para elegir candidatos desde 2014, ya estábamos en incumplimiento y no podíamos esperar al 2024 para cumplir la CPE.