Promulgan ley contra el “juqueo”
La Paz, Fides
El presidente Evo Morales promulgó la Ley 1093 que incorpora en el Código Penal sanciones al hurto y robo de minerales, actividades conocidas como “juqueo”.
“Ya los exdirigentes, especialmente de Huanuni, me decían: ‘compañero Evo, hay que combatir el juqueo’; yo inicialmente pensaba que ese dirigente era cómplice del juqueo, pero que me pidan (combatir), ya hay responsabilidad, un cariño por su empresa”, .dijo, en el acto que se desarrolló en el auditorio de la Casa Grande del Pueblo.
Morales resaltó que con la promulgación de dicha ley y la presencia de los mineros también se inauguró ese ambiente, hecho que quedará en la memoria de los asistentes.
Señaló que todos están en la obligación de cumplir la norma en beneficio no solo de las empresas mineras estatales, que con el “juqueo” podían entrar en quiebra, sino del pueblo boliviano.
Según la ley, que incorpora cinco artículos al Código Penal, se sanciona el robo, hurto o receptación de mineral con la privación de libertad de entre uno a 10 años, dependiendo de las agravantes, entre quienes se contempla también a quienes compren y exporten minerales robados.
El presidente Evo Morales promulgó la Ley 1093 que incorpora en el Código Penal sanciones al hurto y robo de minerales, actividades conocidas como “juqueo”.
“Ya los exdirigentes, especialmente de Huanuni, me decían: ‘compañero Evo, hay que combatir el juqueo’; yo inicialmente pensaba que ese dirigente era cómplice del juqueo, pero que me pidan (combatir), ya hay responsabilidad, un cariño por su empresa”, .dijo, en el acto que se desarrolló en el auditorio de la Casa Grande del Pueblo.
Morales resaltó que con la promulgación de dicha ley y la presencia de los mineros también se inauguró ese ambiente, hecho que quedará en la memoria de los asistentes.
Señaló que todos están en la obligación de cumplir la norma en beneficio no solo de las empresas mineras estatales, que con el “juqueo” podían entrar en quiebra, sino del pueblo boliviano.
Según la ley, que incorpora cinco artículos al Código Penal, se sanciona el robo, hurto o receptación de mineral con la privación de libertad de entre uno a 10 años, dependiendo de las agravantes, entre quienes se contempla también a quienes compren y exporten minerales robados.