Transporte pesado rechaza Código Penal por "triple sanción"
El secretario ejecutivo nacional Édgar Tola observó particularmente el contenido del artículo 137 sobre “homicidio culposo con medio de transporte”.
Erbol
La Confederación del Transporte Pesado Nacional (Ceatpenal) expresó hoy su rechazo al nuevo Código del Sistema Penal, porque de manera inconsulta fue aprobado un artículo que aplica triple sanción para casos de accidente de tránsito con muerte, en franca violación a los derechos y garantías de la Constitución Política del Estado.
El secretario ejecutivo nacional Édgar Tola observó particularmente el contenido del artículo 137 sobre “homicidio culposo con medio de transporte”, donde se sanciona con 2 a 4 años de cárcel a la persona que mate a otra por impericia, inobservancia de reglamentos, imprudencia y/o negligencia.
Adicionalmente, la segunda sanción consta de una "reparación económica" y, la tercera "inhabilitación" de la condición de conductor. Si el accidente lo hubiera cometido en estado de ebriedad o por “culpa temeraria”, entendida como la agravante de los delitos cometido por culpa, la sanción irá de 4 a 8 años.
El propietario de transporte, gerente o administrador de una empresa de transporte será condenado a una “reparación económica” por inobservancia de reglamentos en caso de muerte durante el servicio de transporte. Si la “culpa fuera temeraria”, se aplicará sanción de privación de libertad de 2 a 4 años más “reparación económica”, según la ley promulgada.
“Si nos inhabilitan la licencia de qué vamos a vivir. ¿Acaso la Constitución Política del Estado no dice que el derecho al trabajo es sagrado?”, declaró al denunciar que ese artículo aplica la triple sanción.
Tola citó el artículo 293 (Sedición) que sanciona de 1 a 3 años de prisión a la persona o personas que sin desconocer la autoridad del Gobierno legalmente constituido, perturbe el orden público o se alcen públicamente para deponer algún servidor público u oponerse al cumplimiento de leyes o decretos, o ejercer actos de venganza, odio contra alguna persona o bienes de alguna autoridad.
Asimismo dijo que rechazan el artículo 294 (atribuirse los derechos del pueblo) que sanciona con 2 a 4 años de cárcel o inhabilitación de dirigentes o líderes civiles, cuando promuevan acciones de protesta social, atribuyéndose representación y derechos del pueblo.
Sostuvo que como Transporte Pesado no fueron consultados sobre los alcances de los tres artículos, por lo que, pidieron a las autoridades de gobierno abrogar esas disposiciones legales que recién ingresarán el año 2019.
Dijo que las federaciones de transporte urbano ya debieran estar en movilizaciones porque esto afecta al transporte, urbano, provincial, interdepartamental, e incluso a los vehículos privados.
“No escucho pronunciamientos de las federaciones, pero como hay sectores de la Confederación que están con el gobierno, de repente están tapando con su silencio”, manifestó al anunciar que una vez concluya trámites sectoriales, convocará a un ampliado para evaluar las respuestas de los ministerios a sus necesidades y si en caso observan incumplimiento, dejará que el ampliado de enero defina las medidas de protesta.
Erbol
La Confederación del Transporte Pesado Nacional (Ceatpenal) expresó hoy su rechazo al nuevo Código del Sistema Penal, porque de manera inconsulta fue aprobado un artículo que aplica triple sanción para casos de accidente de tránsito con muerte, en franca violación a los derechos y garantías de la Constitución Política del Estado.
El secretario ejecutivo nacional Édgar Tola observó particularmente el contenido del artículo 137 sobre “homicidio culposo con medio de transporte”, donde se sanciona con 2 a 4 años de cárcel a la persona que mate a otra por impericia, inobservancia de reglamentos, imprudencia y/o negligencia.
Adicionalmente, la segunda sanción consta de una "reparación económica" y, la tercera "inhabilitación" de la condición de conductor. Si el accidente lo hubiera cometido en estado de ebriedad o por “culpa temeraria”, entendida como la agravante de los delitos cometido por culpa, la sanción irá de 4 a 8 años.
El propietario de transporte, gerente o administrador de una empresa de transporte será condenado a una “reparación económica” por inobservancia de reglamentos en caso de muerte durante el servicio de transporte. Si la “culpa fuera temeraria”, se aplicará sanción de privación de libertad de 2 a 4 años más “reparación económica”, según la ley promulgada.
“Si nos inhabilitan la licencia de qué vamos a vivir. ¿Acaso la Constitución Política del Estado no dice que el derecho al trabajo es sagrado?”, declaró al denunciar que ese artículo aplica la triple sanción.
Tola citó el artículo 293 (Sedición) que sanciona de 1 a 3 años de prisión a la persona o personas que sin desconocer la autoridad del Gobierno legalmente constituido, perturbe el orden público o se alcen públicamente para deponer algún servidor público u oponerse al cumplimiento de leyes o decretos, o ejercer actos de venganza, odio contra alguna persona o bienes de alguna autoridad.
Asimismo dijo que rechazan el artículo 294 (atribuirse los derechos del pueblo) que sanciona con 2 a 4 años de cárcel o inhabilitación de dirigentes o líderes civiles, cuando promuevan acciones de protesta social, atribuyéndose representación y derechos del pueblo.
Sostuvo que como Transporte Pesado no fueron consultados sobre los alcances de los tres artículos, por lo que, pidieron a las autoridades de gobierno abrogar esas disposiciones legales que recién ingresarán el año 2019.
Dijo que las federaciones de transporte urbano ya debieran estar en movilizaciones porque esto afecta al transporte, urbano, provincial, interdepartamental, e incluso a los vehículos privados.
“No escucho pronunciamientos de las federaciones, pero como hay sectores de la Confederación que están con el gobierno, de repente están tapando con su silencio”, manifestó al anunciar que una vez concluya trámites sectoriales, convocará a un ampliado para evaluar las respuestas de los ministerios a sus necesidades y si en caso observan incumplimiento, dejará que el ampliado de enero defina las medidas de protesta.