Ministros objetan memorial de Alarcón y aseguran que Evo está habilitado para el 2019
Los ministros de Justicia y de la Presidencia dijeron que el abogado constitucionalista Carlos Alarcón confunde lo ocurrido el 21F con el fallo del TCP.
Página Siete Digital / La Paz
Los ministros de la Presidencia y de Justicia, René Martínez y Héctor Arce, respectivamente, se expresaron en contra del memorial presentado por el abogado constitucionalista Carlos Alarcón, y que da cuenta que el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que habilita al presidente Evo Morales a la reelección de por vida, no es retroactivo y no puede anular o dejar sin efecto los resultados del referendo del 21 de febrero de 2016.
El ministro de la Presidencia mencionó que tal postura del abogado reconoce que la reelección es “democrática y constitucional” y que, a través de su memorial, “confunde” dos escenarios que, para él, son distintos: el referendo del 21 de febrero de 2016 y el fallo del TCP.
"Alarcón confunde dos escenarios muy distintos: El referéndum del 21 de febrero se trataba de la modificación de una norma. En cambio, la sentencia constitucional habilitante a la reelección se refiere a la vigencia plena de un derecho del pueblo boliviano a elegir a sus autoridades de preferencia en forma continua. Alarcón no termina de entender que en realidad el referéndum del 21 de febrero de 2016 no es una norma, sino un acto", explicó Martínez.
A su turno, Arce, en conferencia de prensa desde Cochabamba, indicó que los fallos del TCP no son retroactivos y que la sentencia 0084/2017 –sobre la reelección– se enmarca en la defensa de los derechos humanos estipulados en el Pacto de San José, a diferencia del referendo del 21 de febrero de 2016 que buscaba una reforma constitucional.
“No se ha dictado en el TCP ninguna acción hacia el pasado. Lo que ha hecho el TCP es emitir una sentencia que a partir de su fecha de publicación, entiendo que es a fines de noviembre, hacia futuro tiene plena vigencia para el ejercicio y libertades de las personas”, explicó Arce.
Bajo esa explicación, dijo el ministro, “todas las personas están habilitadas en el criterio del TCP de participar libremente a elecciones”.
Alarcón envió su memorial al Tribunal Supremo Electoral para que determine la aplicación de los resultados del referendo del 21 de febrero de 2016 en las elecciones de 2019 –evitando que Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera puedan ser candidatos– y que los efectos del fallo del TCP se den recién en las elecciones del año 2024.
Su argumento se basa en el artículo 14 del Código Procesal Constitucional, que da cuenta que los fallos no son retroactivos.
Página Siete Digital / La Paz
Los ministros de la Presidencia y de Justicia, René Martínez y Héctor Arce, respectivamente, se expresaron en contra del memorial presentado por el abogado constitucionalista Carlos Alarcón, y que da cuenta que el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que habilita al presidente Evo Morales a la reelección de por vida, no es retroactivo y no puede anular o dejar sin efecto los resultados del referendo del 21 de febrero de 2016.
El ministro de la Presidencia mencionó que tal postura del abogado reconoce que la reelección es “democrática y constitucional” y que, a través de su memorial, “confunde” dos escenarios que, para él, son distintos: el referendo del 21 de febrero de 2016 y el fallo del TCP.
"Alarcón confunde dos escenarios muy distintos: El referéndum del 21 de febrero se trataba de la modificación de una norma. En cambio, la sentencia constitucional habilitante a la reelección se refiere a la vigencia plena de un derecho del pueblo boliviano a elegir a sus autoridades de preferencia en forma continua. Alarcón no termina de entender que en realidad el referéndum del 21 de febrero de 2016 no es una norma, sino un acto", explicó Martínez.
A su turno, Arce, en conferencia de prensa desde Cochabamba, indicó que los fallos del TCP no son retroactivos y que la sentencia 0084/2017 –sobre la reelección– se enmarca en la defensa de los derechos humanos estipulados en el Pacto de San José, a diferencia del referendo del 21 de febrero de 2016 que buscaba una reforma constitucional.
“No se ha dictado en el TCP ninguna acción hacia el pasado. Lo que ha hecho el TCP es emitir una sentencia que a partir de su fecha de publicación, entiendo que es a fines de noviembre, hacia futuro tiene plena vigencia para el ejercicio y libertades de las personas”, explicó Arce.
Bajo esa explicación, dijo el ministro, “todas las personas están habilitadas en el criterio del TCP de participar libremente a elecciones”.
Alarcón envió su memorial al Tribunal Supremo Electoral para que determine la aplicación de los resultados del referendo del 21 de febrero de 2016 en las elecciones de 2019 –evitando que Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera puedan ser candidatos– y que los efectos del fallo del TCP se den recién en las elecciones del año 2024.
Su argumento se basa en el artículo 14 del Código Procesal Constitucional, que da cuenta que los fallos no son retroactivos.