Florentino Pérez presenta de forma oficial su candidatura
El actual presidente blanco alzó su candidatura para las próximas elecciones generales a la presidencia del club madridista.
Marco Ruiz
As
El Real Madrid ha anunciado en su página web que la Junta Electoral ha proclamado válida la candidatura presentada el pasado día 14 de junio por Florentino Pérez en el proceso electoral que se abrió el pasado 8 de junio. Las candidaturas a la presidencia se pueden presentar hasta el día 18 de junio (domingo). Los estatutos prevén en su artículo 40 que “en caso de existir una sola Candidatura válida, sus integrantes quedarán proclamados, sin más, como miembros de la nueva Junta Directiva”. Esto ocurrirá una vez terminado el plazo abierto para que se presenten. El socio del Madrid no acude a las urnas desde las elecciones de 2006.
El comunicado de la Junta Electoral que aprobó la candidatura de Florentino presentada el viernes decía así:
Siendo las 12:15 horas del presente día, se persona en la Sede de la Junta Electoral, D. Eduardo Fernández de Blas, como representante legal de dicha candidatura y hace entrega de la misma, compuesta por la siguiente documentación:
1) Escrito de presentación de la Candidatura.
2) Relación de los miembros que componen la candidatura, con la firma legítima y aceptación expresa de todos y cada uno de ellos.
3) Programa electoral.
No se presenta pre-aval bancario al no estar obligada a ello la citada candidatura a tenor de lo dispuesto en la Ley 10/1990, de 15 de Octubre del Deporte y del Real Decreto 1251/1999, de 16 de Julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, tal y como expresamente consta en el apartado Tercero letra B) de la Certificación emitida, a esa Junta Electoral, por la Directora Legal de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en fecha 7 de junio de 2017.
La Junta de Florentino presentó su último aval en 2009. En 2013 no lo hizo. Presentó un documento de la LFP que certificaba “unos beneficios acumulados de 91.740.000 euros desde 2009”, por lo que no tenía obligación de presentar “preaval, o en su caso, aval”. Pero ese documento estaba referido exclusivamente al aval que hay que depositar, según la Ley del Deporte, en la LFP. Y no hacía referencia al que exige el Madrid tras el cambio de Estatutos promovido por Florentino, que endurece aún más las condiciones de lo que prevé la propia Ley. En esta ocasión, ha vuelto a suceder lo mismo.
Marco Ruiz
As
El Real Madrid ha anunciado en su página web que la Junta Electoral ha proclamado válida la candidatura presentada el pasado día 14 de junio por Florentino Pérez en el proceso electoral que se abrió el pasado 8 de junio. Las candidaturas a la presidencia se pueden presentar hasta el día 18 de junio (domingo). Los estatutos prevén en su artículo 40 que “en caso de existir una sola Candidatura válida, sus integrantes quedarán proclamados, sin más, como miembros de la nueva Junta Directiva”. Esto ocurrirá una vez terminado el plazo abierto para que se presenten. El socio del Madrid no acude a las urnas desde las elecciones de 2006.
El comunicado de la Junta Electoral que aprobó la candidatura de Florentino presentada el viernes decía así:
Siendo las 12:15 horas del presente día, se persona en la Sede de la Junta Electoral, D. Eduardo Fernández de Blas, como representante legal de dicha candidatura y hace entrega de la misma, compuesta por la siguiente documentación:
1) Escrito de presentación de la Candidatura.
2) Relación de los miembros que componen la candidatura, con la firma legítima y aceptación expresa de todos y cada uno de ellos.
3) Programa electoral.
No se presenta pre-aval bancario al no estar obligada a ello la citada candidatura a tenor de lo dispuesto en la Ley 10/1990, de 15 de Octubre del Deporte y del Real Decreto 1251/1999, de 16 de Julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, tal y como expresamente consta en el apartado Tercero letra B) de la Certificación emitida, a esa Junta Electoral, por la Directora Legal de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en fecha 7 de junio de 2017.
La Junta de Florentino presentó su último aval en 2009. En 2013 no lo hizo. Presentó un documento de la LFP que certificaba “unos beneficios acumulados de 91.740.000 euros desde 2009”, por lo que no tenía obligación de presentar “preaval, o en su caso, aval”. Pero ese documento estaba referido exclusivamente al aval que hay que depositar, según la Ley del Deporte, en la LFP. Y no hacía referencia al que exige el Madrid tras el cambio de Estatutos promovido por Florentino, que endurece aún más las condiciones de lo que prevé la propia Ley. En esta ocasión, ha vuelto a suceder lo mismo.