Gobernaciones, alcaldías y universidades no están obligadas a pagar incremento salarial

El pago retroactivo debe ser realizado hasta el 31 de mayo.

Pamela Pomacahua / La Paz
Las entidades autónomas como gobernaciones, alcaldías y universidades no están obligadas a pagar el incremento salarial que fijó el Gobierno, 7% al haber básico y 10,8% al mínimo.


"Ellos tienen que evaluar las condiciones económicas a las cuales hayan llegado, por lo cual internamente quedarán el incremento respectivo. Los gobiernos municipales y departamentales (definirán esto) bajo la ley de Marco de Autonomía, por lo cual ellos mismos deben quedar el incremento, no siendo siempre obligatorio para ellos", informó Elizabeth Molina, directora General de Trabajo.

El 1 de mayo, el presidente Evo Morales promulgó dos decretos supremos que consolidan el incremento del 7% al haber básico y del 10,8% al salario mínimo nacional, que beneficiará a trabajadores del sector privado, a servidores públicos, miembros de la Policía Boliviana y Fuerzas Armadas.

"El incremento salarial 2017 deberá aplicarse en base a la remuneración de 2016 misma que deberá ser de formalizada a través de un convenio colectivo entre los trabajadores, representantes de los trabajadores y empleadores", agregó Molina.

El pago retroactivo debe ser realizado hasta el 31 de mayo de la presente gestión y la presentación de la planilla de incremento salarial tiene que ser entregada hasta el 30 junio. La empresa que incumpla la disposición será pasible a multas correspondientes, explicó la autoridad.

Asimismo, indicó que las entidades públicas también deberían regirse hasta el 31 de mayo para el pago del retroactivo del incremento salarial.

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