El TAS confirma la validez de la normativa FIFA que prohíbe la propiedad de terceros
Suiza, AS
Según la FIFA, la medida sirve "para preservar la independencia de clubes y jugadores en materia de traspasos y para asegurar la integridad de los partidos y las competiciones".
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) hizo pública su decisión sobre el recurso del club belga Searing, sancionado por la FIFA por incumplir su normativa relativa al Estatuto y la Transferencia de Jugadores, y confirmó la adecuación de esta a la normativa europea y la ley suiza.
Pese a reducir el tiempo de sanción impuesto por la FIFA al equipo belga, por ser "demasiado severo", y rebajar de cuatro a tres los periodos que este debe estar sin hacer fichajes, el TAS ha estimado que los artículos 18b y 18c de la normativa sobre esta materia son acordes a la ley en lo que afecta a libertad de movimiento, competición y derechos humanos.
La Comisión de Disciplina de la FIFA sancionó al Searing por incumplir la normativa sobre la propiedad de los derechos económicos de futbolistas por parte de terceros (TPO) y la influencia de éstos al violar los citados artículos.
Además de impedir al club hacer fichajes nacionales e internacionales durante cuatro periodos consecutivos también le impuso una multa de 150.000 francos suizos.
El club acudió hace un año al TAS, que ha rebajado el tiempo de sanción, y ha considerado adecuada la normativa de la FIFA, adoptada, según ésta "para preservar la independencia de clubes y jugadores en materia de traspasos y para asegurar la integridad de los partidos y las competiciones".
Según la FIFA, la medida sirve "para preservar la independencia de clubes y jugadores en materia de traspasos y para asegurar la integridad de los partidos y las competiciones".
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) hizo pública su decisión sobre el recurso del club belga Searing, sancionado por la FIFA por incumplir su normativa relativa al Estatuto y la Transferencia de Jugadores, y confirmó la adecuación de esta a la normativa europea y la ley suiza.
Pese a reducir el tiempo de sanción impuesto por la FIFA al equipo belga, por ser "demasiado severo", y rebajar de cuatro a tres los periodos que este debe estar sin hacer fichajes, el TAS ha estimado que los artículos 18b y 18c de la normativa sobre esta materia son acordes a la ley en lo que afecta a libertad de movimiento, competición y derechos humanos.
La Comisión de Disciplina de la FIFA sancionó al Searing por incumplir la normativa sobre la propiedad de los derechos económicos de futbolistas por parte de terceros (TPO) y la influencia de éstos al violar los citados artículos.
Además de impedir al club hacer fichajes nacionales e internacionales durante cuatro periodos consecutivos también le impuso una multa de 150.000 francos suizos.
El club acudió hace un año al TAS, que ha rebajado el tiempo de sanción, y ha considerado adecuada la normativa de la FIFA, adoptada, según ésta "para preservar la independencia de clubes y jugadores en materia de traspasos y para asegurar la integridad de los partidos y las competiciones".