Juez dice que fiscalía pidió liberar al supuesto autor de violación en Reyes
Reyes, Erbol
El Juez Mixto Cautelar de la provincia Caranavi, Javier Vargas, afirmó que su autoridad liberó a Elvis Cesar Alcázar Divico, presunto violador y asesino de una niña de cuatro años en la localidad de Reyes, donde el pasado fin de semana terminó colgado por una turba en la plaza de esa población.
Recordó que cuando Alcázar fue enviado a detención preventiva en la cárcel de San Pedro, la fiscalía lo imputó por los delitos de complicidad, encubrimiento de un asesinato a un hombre fue quemado junto a su movilidad, acusado de haber dado muerte a otra persona en Palos Blancos.
Indicó que tras el hecho de julio de 2013, los comunarios trajeron a ocho personas entre los que se encontraba Elvis Cesar Alcázar Divico. Vargas explicó que conoció el caso en junio de 2014 y hasta entonces, cinco estaban con cesación a la detención preventiva y con medidas sustitutivas dispuestas por la anterior autoridad.
“Lo importante acá y que no se ha comunicado a través de los distintos medios de prensa, es que en fecha 4 de agosto del año 2014, el Fiscal de Materia de Caranavi presentó un requerimiento conclusivo de sobreseimiento. El (fiscal) estimó que no existían elementos de prueba para acusar a los ocho imputados o sea había insuficiencia de elementos de prueba para justificar”, declaró en una entrevista telefónica concedida a la red PAT.
Vargas precisó que recién el 15 de diciembre de 2014, instaló audiencia, donde resolvió por la cesación a la detención preventiva, pero basado en el requerimiento conclusivo emitido por el fiscal y que e inclusive por varias sentencias constitucionales, se establece que una vez presentado el requerimiento conclusivo, inmediatamente tienen que salir libres los imputados.
“En la audiencia Elvis Alcázar desvirtuó los riesgos procesales en cuanto a la familia, domicilio, actividad lícita. Asimismo presentó certificados de antecedentes penales y policiales, donde no tenía ningún antecedente y reitero, menos existía en el cuaderno de investigaciones alguna impugnación por alguno de los sujetos procesales, aspecto que no fue aclarado por el Fiscal de Materia de Caranavi, quien dio que el juez lo liberó sin señalar que el Ministerio Público presentó un requerimiento de sobreseimiento”, indicó.
La responsable del Consejo de la Magistratura de La Paz, Lilian Sandy Ochoa, anunció que abrirán investigación sobre la liberación Elvis Alcázar por parte de un juez de Caranavi, quien sin embargo se adelantó a deslindar cualquier responsabilidad en sus decisiones, porque se basó en un requerimiento de la fiscalía emitido después de un año, donde “los ha liberado de pena y culpa porque no existe elementos de prueba suficientes para fundamentar la acusación por el delito de complicidad y encubrimiento en un delito de asesinato, por los cuales ingresaron al recinto de San Pedro y otras dos a la cárcel de mujeres de Obrajes.
El Juez Mixto Cautelar de la provincia Caranavi, Javier Vargas, afirmó que su autoridad liberó a Elvis Cesar Alcázar Divico, presunto violador y asesino de una niña de cuatro años en la localidad de Reyes, donde el pasado fin de semana terminó colgado por una turba en la plaza de esa población.
Recordó que cuando Alcázar fue enviado a detención preventiva en la cárcel de San Pedro, la fiscalía lo imputó por los delitos de complicidad, encubrimiento de un asesinato a un hombre fue quemado junto a su movilidad, acusado de haber dado muerte a otra persona en Palos Blancos.
Indicó que tras el hecho de julio de 2013, los comunarios trajeron a ocho personas entre los que se encontraba Elvis Cesar Alcázar Divico. Vargas explicó que conoció el caso en junio de 2014 y hasta entonces, cinco estaban con cesación a la detención preventiva y con medidas sustitutivas dispuestas por la anterior autoridad.
“Lo importante acá y que no se ha comunicado a través de los distintos medios de prensa, es que en fecha 4 de agosto del año 2014, el Fiscal de Materia de Caranavi presentó un requerimiento conclusivo de sobreseimiento. El (fiscal) estimó que no existían elementos de prueba para acusar a los ocho imputados o sea había insuficiencia de elementos de prueba para justificar”, declaró en una entrevista telefónica concedida a la red PAT.
Vargas precisó que recién el 15 de diciembre de 2014, instaló audiencia, donde resolvió por la cesación a la detención preventiva, pero basado en el requerimiento conclusivo emitido por el fiscal y que e inclusive por varias sentencias constitucionales, se establece que una vez presentado el requerimiento conclusivo, inmediatamente tienen que salir libres los imputados.
“En la audiencia Elvis Alcázar desvirtuó los riesgos procesales en cuanto a la familia, domicilio, actividad lícita. Asimismo presentó certificados de antecedentes penales y policiales, donde no tenía ningún antecedente y reitero, menos existía en el cuaderno de investigaciones alguna impugnación por alguno de los sujetos procesales, aspecto que no fue aclarado por el Fiscal de Materia de Caranavi, quien dio que el juez lo liberó sin señalar que el Ministerio Público presentó un requerimiento de sobreseimiento”, indicó.
La responsable del Consejo de la Magistratura de La Paz, Lilian Sandy Ochoa, anunció que abrirán investigación sobre la liberación Elvis Alcázar por parte de un juez de Caranavi, quien sin embargo se adelantó a deslindar cualquier responsabilidad en sus decisiones, porque se basó en un requerimiento de la fiscalía emitido después de un año, donde “los ha liberado de pena y culpa porque no existe elementos de prueba suficientes para fundamentar la acusación por el delito de complicidad y encubrimiento en un delito de asesinato, por los cuales ingresaron al recinto de San Pedro y otras dos a la cárcel de mujeres de Obrajes.