Proyecto de ley plantea adecuar derechos cedidos a cooperativas
El Gobierno remitió a la Asamblea una propuesta que sugiere la inclusión de las áreas ociosas de las cooperativas en la Ley 403 de Reversión de Derechos Mineros.
Lidia Mamani /La Paz
El proyecto de Ley 257/16, que tiene por objeto modificar la Ley 535 de Minería y Metalurgia y la Ley 403 de Reversión Minera, busca restablecer el derecho que tiene la Comibol sobre las áreas que cedió a las cooperativas mineras mediante contratos de arrendamiento.
La exposición de motivos señala que las cooperativas mineras lograron incorporar el artículo 63 en la Ley 535, que establece que los derechos mineros de la Comibol sobre áreas por pertenencias o cuadrículas, como las colas, relaves, pallacos y sucus, otorgadas en contrato de arrendamiento, "se adecuarán a contrato administrativo minero a suscribirse con la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) de acuerdo con la presente ley”.
El documento precisa que los derechos mineros a los que se refiere comprenden tanto las áreas mineras nacionalizadas como las Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) de la Comibol.
"A fin de que esta entidad no pierda titularidad de las áreas que otorgó bajo contrato de arrendamiento a las cooperativas mineras, es necesario dar a la Comibol la facultad de suscribir contratos con cooperativas mineras, bajo otra modalidad contractual denominado contrato administrativo minero en áreas bajo administración estatal, garantizando así el respeto a las áreas mineras nacionalizadas”, puntualiza.
De esta forma la Comibol, a nombre del Estado, continuará administrando las áreas nacionalizadas, ya que en adelante será la que suscriba los contratos.
El artículo 63 de sustitución de régimen de la Ley 535 promulgada en mayo de 2014 precisa que todos los contratos que tenían los cuentapropistas se adecuarán al contrato administrativo a ser suscrito con la AJAM.
El parágrafo III del mismo artículo precisa que, como consecuencia de la disposición, se extinguen las obligaciones de la Comibol, con relación a las cooperativas con las que tiene arrendamientos.
El Ejecutivo aclara que los contratos que se suscriban también estarán sujetos a disposiciones de la Ley 535 y serán aprobados por la Asamblea Legislativa.
Por ejemplo, se solicita que se deje sin efecto el inciso c) del artículo 40, que señala que la AJAM tendrá las atribuciones de recibir y procesar solicitudes para contratos administrativos mineros de áreas mineras firmadas entre la Comibol y las cooperativas mineras.
En el proyecto 257/16 también solicitan incorporar en la Ley 403 de Reversión de Derechos Mineros, promulgada en septiembre de 2013, que el Ministerio de Minería y la AJAM procederán a la reversión, previa verificación de inexistencia de actividades mineras en áreas operadas por cooperativas.
El artículo 3 de la Ley 403 establece que "la reversión no procede en áreas mineras de la Comibol y para operadores unipersonales que tengan menos de diez cuadrículas o 250 pertenencias, en tanto no se promulgue la Ley de Minería”.
Ahora se pide incorporar un nuevo inciso que dictamina que procederá la reversión en áreas mineras registradas a nombre de las cooperativas mineras que tengan más de diez cuadrículas o 250 pertenencias.
La pasada semana, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo 2891, que instruye la reversión al Estado de las áreas sobre las que se suscribieron contratos de riesgo compartido de arrendamiento o subarrendamiento entre cooperativas y empresas privadas.
Los cambios
Hechos La propuesta de ajustes a dos leyes surge luego de que los cooperativistas efectuaran un bloqueo indefinido de caminos, para exigir el cumplimiento de un pliego de 10 puntos, entre ellos que se les permita suscribir contratos con empresas privadas y la liberación de 10 mineros.
Muerte No obstante, la movilización concluyó con el asesinato del viceministro Rodolfo Illanes, ocurrido el 25 de agosto en Panduro, a manos de cooperativistas. A la fecha se tiene 10 mineros aprehendidos por la muerte de la autoridad y cinco mineros fallecidos.
Áreas Según informes oficiales, Comibol tiene el 39% de las áreas mineras en el país, el10% corresponde a la minería privada, el 14% a las cooperativas y el 37% a la minería chica.
Punto de vista
HÉCTOR CÓRDOVA Expresidente de la Comibol
Se busca corregir una distorsión de la Ley 535
Se trata de corregir algunas distorsiones que había en la Ley 535 de Minería y Metalurgia, que eran muy favorables para el sector cooperativo minero y que afectaban los intereses de la Comibol, es decir, del Estado boliviano, aparentemente por presión de los cooperativistas.
Por ejemplo, la Comibol firmó muchos contratos de arrendamiento con las cooperativas en sus áreas y en la Ley 535 se decía que esos contratos debían adecuarse a la normativa vigente, haciendo que la AJAM firmara contratos con las cooperativas.
Esto incluso va contra la Constitución Política del Estado, que establece que las áreas nacionalizadas no pueden transferirse de ninguna forma al sector privado.
Entonces, lo que hace este proyecto de ley es corregir esta situación al prescribir que ya no será la AJAM la que firme los contratos con las cooperativas, sino directamente la Comibol, para mantener el derecho propietario sobre esas áreas que la estatal tiene por la nacionalización de la minería.
Considero que el Ministerio de Minería pasó un proyecto sin revisar a fondo; anteriores autoridades del área dijeron que ya se tenía consenso para aprobar la norma.
Advierten que no se validará el derecho preconstituido
El vicepresidente Álvaro García Linera advirtió ayer que las cooperativas mineras que firmaron contratos de arrendamiento con empresas privadas no podrán ampararse en el derecho preconstituido (adquirido) para hacer prevalecer concesiones con el Estado.
"Hay derecho preconstituido de los cooperativistas que están en el sistema cooperativo y que tienen principios de solidaridad. Pero cuando usted agarra lo que le dio el Estado y lo entrega a un extranjero para ganar y tener lucro, ya no es cooperativista. Ahí no pueden ampararse en ningún derecho preconstituido”, aseguró la autoridad en conferencia de prensa.
Explicó que las figuras de subarrendamiento, alquiler y riesgo compartido no están permitidas en ninguna de las normas vigentes en el país.
Las federaciones de cooperativistas mineros –ahora descabezadas– evaluaron el alcance de los decretos recientemente aprobados por el Gobierno y señalaron que apelarán al "derecho preconstituido” para defender los contratos de riesgo compartido que firmaron con la Comibol y con empresas privadas.
Dirigentes de los cooperativistas mineros, que pidieron el anonimato para evitar ser perseguidos judicialmente, esgrimieron varios argumentos jurídico-legales, por lo que consideran que no se podrán aplicar los decretos aprobados por el Gobierno.
La pasada semana el Ejecutivo aprobó cinco decretos que restan derechos y privilegios para las cooperativas mineras y una resolución.
Lidia Mamani /La Paz
El proyecto de Ley 257/16, que tiene por objeto modificar la Ley 535 de Minería y Metalurgia y la Ley 403 de Reversión Minera, busca restablecer el derecho que tiene la Comibol sobre las áreas que cedió a las cooperativas mineras mediante contratos de arrendamiento.
La exposición de motivos señala que las cooperativas mineras lograron incorporar el artículo 63 en la Ley 535, que establece que los derechos mineros de la Comibol sobre áreas por pertenencias o cuadrículas, como las colas, relaves, pallacos y sucus, otorgadas en contrato de arrendamiento, "se adecuarán a contrato administrativo minero a suscribirse con la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) de acuerdo con la presente ley”.
El documento precisa que los derechos mineros a los que se refiere comprenden tanto las áreas mineras nacionalizadas como las Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) de la Comibol.
"A fin de que esta entidad no pierda titularidad de las áreas que otorgó bajo contrato de arrendamiento a las cooperativas mineras, es necesario dar a la Comibol la facultad de suscribir contratos con cooperativas mineras, bajo otra modalidad contractual denominado contrato administrativo minero en áreas bajo administración estatal, garantizando así el respeto a las áreas mineras nacionalizadas”, puntualiza.
De esta forma la Comibol, a nombre del Estado, continuará administrando las áreas nacionalizadas, ya que en adelante será la que suscriba los contratos.
El artículo 63 de sustitución de régimen de la Ley 535 promulgada en mayo de 2014 precisa que todos los contratos que tenían los cuentapropistas se adecuarán al contrato administrativo a ser suscrito con la AJAM.
El parágrafo III del mismo artículo precisa que, como consecuencia de la disposición, se extinguen las obligaciones de la Comibol, con relación a las cooperativas con las que tiene arrendamientos.
El Ejecutivo aclara que los contratos que se suscriban también estarán sujetos a disposiciones de la Ley 535 y serán aprobados por la Asamblea Legislativa.
Por ejemplo, se solicita que se deje sin efecto el inciso c) del artículo 40, que señala que la AJAM tendrá las atribuciones de recibir y procesar solicitudes para contratos administrativos mineros de áreas mineras firmadas entre la Comibol y las cooperativas mineras.
En el proyecto 257/16 también solicitan incorporar en la Ley 403 de Reversión de Derechos Mineros, promulgada en septiembre de 2013, que el Ministerio de Minería y la AJAM procederán a la reversión, previa verificación de inexistencia de actividades mineras en áreas operadas por cooperativas.
El artículo 3 de la Ley 403 establece que "la reversión no procede en áreas mineras de la Comibol y para operadores unipersonales que tengan menos de diez cuadrículas o 250 pertenencias, en tanto no se promulgue la Ley de Minería”.
Ahora se pide incorporar un nuevo inciso que dictamina que procederá la reversión en áreas mineras registradas a nombre de las cooperativas mineras que tengan más de diez cuadrículas o 250 pertenencias.
La pasada semana, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo 2891, que instruye la reversión al Estado de las áreas sobre las que se suscribieron contratos de riesgo compartido de arrendamiento o subarrendamiento entre cooperativas y empresas privadas.
Los cambios
Hechos La propuesta de ajustes a dos leyes surge luego de que los cooperativistas efectuaran un bloqueo indefinido de caminos, para exigir el cumplimiento de un pliego de 10 puntos, entre ellos que se les permita suscribir contratos con empresas privadas y la liberación de 10 mineros.
Muerte No obstante, la movilización concluyó con el asesinato del viceministro Rodolfo Illanes, ocurrido el 25 de agosto en Panduro, a manos de cooperativistas. A la fecha se tiene 10 mineros aprehendidos por la muerte de la autoridad y cinco mineros fallecidos.
Áreas Según informes oficiales, Comibol tiene el 39% de las áreas mineras en el país, el10% corresponde a la minería privada, el 14% a las cooperativas y el 37% a la minería chica.
Punto de vista
HÉCTOR CÓRDOVA Expresidente de la Comibol
Se busca corregir una distorsión de la Ley 535
Se trata de corregir algunas distorsiones que había en la Ley 535 de Minería y Metalurgia, que eran muy favorables para el sector cooperativo minero y que afectaban los intereses de la Comibol, es decir, del Estado boliviano, aparentemente por presión de los cooperativistas.
Por ejemplo, la Comibol firmó muchos contratos de arrendamiento con las cooperativas en sus áreas y en la Ley 535 se decía que esos contratos debían adecuarse a la normativa vigente, haciendo que la AJAM firmara contratos con las cooperativas.
Esto incluso va contra la Constitución Política del Estado, que establece que las áreas nacionalizadas no pueden transferirse de ninguna forma al sector privado.
Entonces, lo que hace este proyecto de ley es corregir esta situación al prescribir que ya no será la AJAM la que firme los contratos con las cooperativas, sino directamente la Comibol, para mantener el derecho propietario sobre esas áreas que la estatal tiene por la nacionalización de la minería.
Considero que el Ministerio de Minería pasó un proyecto sin revisar a fondo; anteriores autoridades del área dijeron que ya se tenía consenso para aprobar la norma.
Advierten que no se validará el derecho preconstituido
El vicepresidente Álvaro García Linera advirtió ayer que las cooperativas mineras que firmaron contratos de arrendamiento con empresas privadas no podrán ampararse en el derecho preconstituido (adquirido) para hacer prevalecer concesiones con el Estado.
"Hay derecho preconstituido de los cooperativistas que están en el sistema cooperativo y que tienen principios de solidaridad. Pero cuando usted agarra lo que le dio el Estado y lo entrega a un extranjero para ganar y tener lucro, ya no es cooperativista. Ahí no pueden ampararse en ningún derecho preconstituido”, aseguró la autoridad en conferencia de prensa.
Explicó que las figuras de subarrendamiento, alquiler y riesgo compartido no están permitidas en ninguna de las normas vigentes en el país.
Las federaciones de cooperativistas mineros –ahora descabezadas– evaluaron el alcance de los decretos recientemente aprobados por el Gobierno y señalaron que apelarán al "derecho preconstituido” para defender los contratos de riesgo compartido que firmaron con la Comibol y con empresas privadas.
Dirigentes de los cooperativistas mineros, que pidieron el anonimato para evitar ser perseguidos judicialmente, esgrimieron varios argumentos jurídico-legales, por lo que consideran que no se podrán aplicar los decretos aprobados por el Gobierno.
La pasada semana el Ejecutivo aprobó cinco decretos que restan derechos y privilegios para las cooperativas mineras y una resolución.