El TCP admite recurso contra los 15 minutos de transmisión
Agencias / La Paz
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la acción de inconstitucionalidad presentada por el viceministro de Gestión y Coordinación Gubernamental, Rodolfo Illanes, que busca ampliar el tiempo de la transmisión de entrega de obras a más de 15 minutos.
El Auto Constitucional 0443/2015 en la parte resolutiva establece: "Admitir la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada por Rodolfo Joaquín Illanes en representación legal de Juan Evo Morales Ayma y Álvaro Marcelo García Linera, Presidente y Vicepresidente, respectivamente, demandando la inconstitucionalidad del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral aprobado por el Tribunal Supremo Electoral (...) de 6 de noviembre”.
Firman los magistrados Tata Efrén Choque, Juan Oswaldo Valencia y Ruddy Flores el pasado 30 de diciembre.
Sin embargo, la misma jurisdicción constitucional rechazó la solicitud de medida cautelar formulada por el viceministro Illanes contra el artículo 24 del Reglamento de Campaña y Propaganda; es decir, dicha disposición sigue vigente y es de pleno cumplimiento.
El artículo 24 del Reglamento de Campaña limita la transmisión de actos de entrega de obras a 15 minutos durante los últimos 30 días antes del referendo del 21 de febrero.
Según el recurso de inconstitucionalidad, el límite de transmisión está en contra de nueve artículos de la Constitución Política del Estado (CPE), porque "restringiría la información que debe existir desde el Estado hacia la sociedad, así como la libertad de expresión de los medios de comunicación y finalmente de la ciudadanía de acceder a información de gestión gubernamental”.
A partir de la notificación al TSE, con la admisión de la demanda, corre el plazo de 15 días, tras los cuales el Tribunal Constitucional cuenta con 45 días para pronunciarse sobre el fondo del asunto, sin que ello signifique no lo pueda hacer antes del límite.
La respuesta del TSE
Según un reporte de ANF, la presidenta del TSE, Katia Uriona, dijo que espera que el TCP considere la constitucionalidad y la integridad del Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendos.
"Vamos a esperar el pronunciamiento oficial que haga el Tribunal Constitucional Plurinacional; entre tanto, consideramos que nuestros reglamentos tienen dos conceptos; uno, que está enmarcado en la CPE, y otro, refleja un enfoque de integralidad que toma en cuenta las normas que deben regir en este proceso del referendo”, afirmó.
El vocal José Luis Exeni también dijo que el TSE defenderá la constitucionalidad del artículo 24 del reglamento.
El Gobierno protestó en las últimas semanas por esa limitación.
El proceso que deberá seguir la demanda
Inicio En cumplimiento a los artículos 26 y 27 del Código Procesal Penal, desde el 17 de diciembre, día en que ingresó al TCP el recurso de inconstitucionalidad, la Comisión de Admisión cuenta con diez días para admitir o rechazar el recurso, sin que ello implique el pronunciamiento sobre el fondo de la demanda.
Tarea El artículo 26 del Código sobre la acción, demanda, consulta o recurso señala que "las acciones, demandas, consultas o recursos ante el Tribunal Constitucional podrán ser presentadas de forma personal o por cualquier otro medio, reglamentado por el Tribunal Constitucional con cargo a remisión de original.|
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la acción de inconstitucionalidad presentada por el viceministro de Gestión y Coordinación Gubernamental, Rodolfo Illanes, que busca ampliar el tiempo de la transmisión de entrega de obras a más de 15 minutos.
El Auto Constitucional 0443/2015 en la parte resolutiva establece: "Admitir la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada por Rodolfo Joaquín Illanes en representación legal de Juan Evo Morales Ayma y Álvaro Marcelo García Linera, Presidente y Vicepresidente, respectivamente, demandando la inconstitucionalidad del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral aprobado por el Tribunal Supremo Electoral (...) de 6 de noviembre”.
Firman los magistrados Tata Efrén Choque, Juan Oswaldo Valencia y Ruddy Flores el pasado 30 de diciembre.
Sin embargo, la misma jurisdicción constitucional rechazó la solicitud de medida cautelar formulada por el viceministro Illanes contra el artículo 24 del Reglamento de Campaña y Propaganda; es decir, dicha disposición sigue vigente y es de pleno cumplimiento.
El artículo 24 del Reglamento de Campaña limita la transmisión de actos de entrega de obras a 15 minutos durante los últimos 30 días antes del referendo del 21 de febrero.
Según el recurso de inconstitucionalidad, el límite de transmisión está en contra de nueve artículos de la Constitución Política del Estado (CPE), porque "restringiría la información que debe existir desde el Estado hacia la sociedad, así como la libertad de expresión de los medios de comunicación y finalmente de la ciudadanía de acceder a información de gestión gubernamental”.
A partir de la notificación al TSE, con la admisión de la demanda, corre el plazo de 15 días, tras los cuales el Tribunal Constitucional cuenta con 45 días para pronunciarse sobre el fondo del asunto, sin que ello signifique no lo pueda hacer antes del límite.
La respuesta del TSE
Según un reporte de ANF, la presidenta del TSE, Katia Uriona, dijo que espera que el TCP considere la constitucionalidad y la integridad del Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendos.
"Vamos a esperar el pronunciamiento oficial que haga el Tribunal Constitucional Plurinacional; entre tanto, consideramos que nuestros reglamentos tienen dos conceptos; uno, que está enmarcado en la CPE, y otro, refleja un enfoque de integralidad que toma en cuenta las normas que deben regir en este proceso del referendo”, afirmó.
El vocal José Luis Exeni también dijo que el TSE defenderá la constitucionalidad del artículo 24 del reglamento.
El Gobierno protestó en las últimas semanas por esa limitación.
El proceso que deberá seguir la demanda
Inicio En cumplimiento a los artículos 26 y 27 del Código Procesal Penal, desde el 17 de diciembre, día en que ingresó al TCP el recurso de inconstitucionalidad, la Comisión de Admisión cuenta con diez días para admitir o rechazar el recurso, sin que ello implique el pronunciamiento sobre el fondo de la demanda.
Tarea El artículo 26 del Código sobre la acción, demanda, consulta o recurso señala que "las acciones, demandas, consultas o recursos ante el Tribunal Constitucional podrán ser presentadas de forma personal o por cualquier otro medio, reglamentado por el Tribunal Constitucional con cargo a remisión de original.|