Justicia rechaza amparo de Johnny Fernández y no asume su cargo de concejal
La Paz, ANF
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, rechazó el amparo constitucional interpuesto por el concejal electo, Johnny Fernández Saucedo, de Unidad Cívica Solidaridad (UCS), en contra de la presidenta de ese ente electoral, en virtud a que le negó su posesión como concejal.
De esta manera, el Órgano Judicial le dio la razón a la Contraloría General del Estado, en sentido de que Fernández tiene cuentas pendientes, aspecto que originó que no pueda asumir su cargo tras las elecciones subnacionales del 29 de marzo, mientras no subsane estos aspectos.
El subcontralor de Servicios Legales, Edino Clavijo, informó que fueron notificadas las partes para la audiencia que se realizó el lunes 24 de agosto, oportunidad donde se aclaró que Johnny Fernández presentó una sentencia constitucional Nº 634/2002 en virtud de la cual, en ese año (2002) pudo acceder a un cargo electivo, pese a tener una deuda tributaria. Pero al existir una nueva Constitución Política del Estado, que ingresó en vigencia el año 2009, se constitucionalizaron los requisitos para acceder a la función pública.
¨Ya no se trata de una sanción administrativa propiamente, sino no se puede dar acceso a la función pública, dando opción a la persona a que pueda pagar esa deuda y recién acceder a un cargo público, entonces no se le estaría coartando ningún derecho constitucional¨, dijo el Subcontralor.
En ese sentido, precisó, que el tribunal de garantías constitucionales, en base a este argumento que fue dirimido por la propia CGE en la audiencia, negó el recurso presentado y, dispuso que cualquier ciudadano que para acceder a la función pública previamente debe pagar la deuda que tiene con el Servicio de Impuestos Nacionales.
El concejal electo tenía la esperanza de que luego de presentar la sentencia constitucional que le permitió ser alcalde, viabilizaría su juramento y posesión en el cargod e primer concejal de UCS en la Alcaldía de Santa Cruz.
Fernández dijo que el TED de Santa Cruz pretendía inhabilitarlo por el pliego de cargo que tenía la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) en 2002, lo que derivó en un amparo y una sentencia del Tribunal Constitucional a su favor.
El pliego de cargo dijo que no era de la persona jurídica de Johnny Fernández, sino de una empresa, así que no correspondía la inhabilitación de su candidatura.
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, rechazó el amparo constitucional interpuesto por el concejal electo, Johnny Fernández Saucedo, de Unidad Cívica Solidaridad (UCS), en contra de la presidenta de ese ente electoral, en virtud a que le negó su posesión como concejal.
De esta manera, el Órgano Judicial le dio la razón a la Contraloría General del Estado, en sentido de que Fernández tiene cuentas pendientes, aspecto que originó que no pueda asumir su cargo tras las elecciones subnacionales del 29 de marzo, mientras no subsane estos aspectos.
El subcontralor de Servicios Legales, Edino Clavijo, informó que fueron notificadas las partes para la audiencia que se realizó el lunes 24 de agosto, oportunidad donde se aclaró que Johnny Fernández presentó una sentencia constitucional Nº 634/2002 en virtud de la cual, en ese año (2002) pudo acceder a un cargo electivo, pese a tener una deuda tributaria. Pero al existir una nueva Constitución Política del Estado, que ingresó en vigencia el año 2009, se constitucionalizaron los requisitos para acceder a la función pública.
¨Ya no se trata de una sanción administrativa propiamente, sino no se puede dar acceso a la función pública, dando opción a la persona a que pueda pagar esa deuda y recién acceder a un cargo público, entonces no se le estaría coartando ningún derecho constitucional¨, dijo el Subcontralor.
En ese sentido, precisó, que el tribunal de garantías constitucionales, en base a este argumento que fue dirimido por la propia CGE en la audiencia, negó el recurso presentado y, dispuso que cualquier ciudadano que para acceder a la función pública previamente debe pagar la deuda que tiene con el Servicio de Impuestos Nacionales.
El concejal electo tenía la esperanza de que luego de presentar la sentencia constitucional que le permitió ser alcalde, viabilizaría su juramento y posesión en el cargod e primer concejal de UCS en la Alcaldía de Santa Cruz.
Fernández dijo que el TED de Santa Cruz pretendía inhabilitarlo por el pliego de cargo que tenía la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) en 2002, lo que derivó en un amparo y una sentencia del Tribunal Constitucional a su favor.
El pliego de cargo dijo que no era de la persona jurídica de Johnny Fernández, sino de una empresa, así que no correspondía la inhabilitación de su candidatura.