Rige incremento salarial del 8,5% y el mínimo nacional sube a 1.656 bolivianos.


La Paz, Fides
Con tres de los cuatro decretos promulgados hoy, en el día del trabajo, el gobierno pone en vigencia el acuerdo con la Central Obrera Boliviana (COB) de incremento salarial del 8.5% a la masa salarial y del 15% al salario mínimo –que termina en cifras en 1.656 bolivianos– para el sector público y privado, incluyendo al propio presidente, vicepresidente y servidores públicos. La medida es de carácter retroactivo a enero.
"Es importante cuidar nuestra economía y una forma de cuidar nuestra economía no solo es atender las demandas sino cuidar la economía es potenciar nuestra economía, creo que vamos conociendo ese término. Cuando llegamos al Gobierno el salario era de 40 dólares, ahora son 240 dólares", aseguró el presidente del Estado, Evo Morales en el acto central.
La dirigencia de la Central Obrera boliviana (COB) no participo en el acto en protesta a la exclusión de decretos y en observancia a alguno de ellos aseguro a Fides Miguel Pérez, Dirigente Minero.




El decreto 2346 de incremento salarial para la gestión 2015, garantiza la medida para el sector privado y público en los sectores de salud, educación, policía, Fuerzas Armadas inversamente proporción como se acordó con la Central Obrera Boliviana puntualizo Luis Arce Catadora, Ministro de Economía y finanzas Publicas.


“El incremento a la masa salarial del 8.5% para la gestión 2015 es superior a la inflación registrada el año pasado (…) Se respondió positivamente a pedido del sector de salud para que se ejecutado inversamente proporcional, para el resto de los sectores el incremento es lineal a partir de la promulgación del decreto con retroactividad al 1 de enero” puntualizo Arce.


El Decreto 2347 de incremento salarial a trabajadores de empresas públicas, establece que incremento salarial se definirá mediante diálogo y gestión entre trabajadores y autoridades condicionado al crecimiento y utilidades.


“Estamos siendo exigentes en cuanto al rendimiento a las utilidades que deben generar la empresas públicas para optar al incremento (…) no pueden incrementar los precios de los productos y servicios para cubrir el incremento salarial” aclaro el Ministro de Economía y Finanzas.


El incremento salarial en este caso tendrá como techo máximo el 8.5% para garantizar los excedentes que favorezcan al estado.


El Decreto 2349 de escala salarial para máximas autoridades del poder ejecutivo, legislativo, poder judicial y órgano electoral plurinacional busca garantizar que los trabajadores del servicio público no sean absorbidos por el mercado laboral o atraídos por el sector privado por ello se establece el incremento lineal del 8.5%. La medida incluye a los servidores públicos del Poder Ejecutivo, incluido al Presidente, Vicepresidente y Ministros; al Órgano Judicial, órgano legislativo, órgano electoral plurinacional, con restricciones para las universidades públicas.


En la pasada gestión, el presidente Evo Morales, a través del Decreto Supremo (DS) 1989, incrementó su salario en 1.800 bolivianos, es decir de 18.000 a 19.800 bolivianos. Ahora, con la nueva disposición, llegará a ganar 1.683 bolivianos más, haciendo un total de 21.483 bolivianos.


El cuarto decreto es el 2348 de Personerías Jurídicas para sindicatos, Federaciones y Confederaciones. Las personerías jurídicas “deberán ser únicamente gestionadas ante el Ministerio de trabajo que concluirá con la resolución suprema que firmara el presidente para reconocer cualquier institucionalidad sindical. Se lo hace para garantizar la unidad monolítica de los trabajadores y evitar que las fuerzas de los trabajadores se diluyan. Todos los tramites de personería deben ser tramitados en el ministerio de trabajo y reconocida por el Presidente Morales” explico Arce.


La medida deja de lado la democracia sindical que buscaba a través de la Central Obrera Boliviana garantizar el reconocimiento al derecho a la sindicalización.

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