Chile dice en La Haya que el retorno de Bolivia al mar pasa por modificar el Tratado de 1904

La Paz, ANF
En sus alegatos presentados este lunes ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, el gobierno de Chile sostuvo que la única manera para que Bolivia pueda tener un acceso soberano al oceáno Pacífico es si se revisa el "Tratado de Paz y Amistad" firmado en 1904, el cual fijó los límites fronterizos entre ambos países.Por su parte, Bolivia ha sostenido que su demanda ante la CIJ no tiene ninguna relación con dicho Tratado y que menos aún busca revisarlo o modificarlo.


Este lunes en Holanda, sede de la Corte, se dio inicio a la lectura de los alegatos orales orientados a resolver la objeción chilena que pidió declarar incompetente al máximo tribunal de justicia de las Naciones Unidas respecto a la demanda boliviana. El turno de Chile duró un total de tres horas en las que el agente Felipe Bulnes y otros cuatro abogados explicaron sus razones.

El gobierno chileno hizo prevalecer dos argumentos expuestos en la presentación de su objeción el 15 de julio de 2014. El primero tiene que ver con que la Corte no puede abordar la demanda boliviana porque en el fondo busca modificar los límites fronterizos que fueron zanjados con el Tratado de 1904. Bajo esa posición, el abogado Samuel Wrodsworth señaló que la única forma para que Bolivia tenga un acceso soberano al mar es a través de la revisión de este documento.

“La única manera para que Bolivia reciba el acceso soberano al océano Pacífico, que reclama a través de este caso, sería por conducto de una revisión del acuerdo logrado en 1904, en respecto a la soberanía territorial y al carácter del acceso que tiene Bolivia al mar”, señaló Wrodsworth, quien en su alocución sostuvo que este Tratado continúa vigente. Por principio, la CIJ no interviene en casos en los que las discrepancias hayan sido resueltas previamente mediante un Tratado. Intervino en la disputa entre Perú y Chile solo porque los límites marítimos entre ambos países no habían sido definidos.

El segundo argumento esgrimido por Chile tiene sustento en el artículo VI del Pacto de Bogotá de 1948, que Bolivia ratificó en su totalidad el 27 de marzo de 2013, y que establece que los asuntos resueltos por Estados a través de tratados anteriores a 1948 no pueden ser tuición de la Corte. El Pacto de Bogotá es el documento por el cual los países latinoamericanos se somenten a la jurisdicción de la CIJ.

“Bolivia pide a esta Corte que haga caso omiso del artículo VI del Pacto de Bogotá y que finja que no existe al Tratado de 1904, que ya estaba en vigor en 1948”, señaló, por su lado, Bulnes, quien fue el encargado de iniciar los alegatos orales en La Haya.

Otra de las juristas que representaron al gobierno de Michelle Bachelet fue la argentina Monica Pinto, quien agregó que Chile no hubiera firmado el Pacto de Bogotá de saber que Bolivia presentaría ante la CIJ esta demanda. “La Corte tiene ante sí una decisión histórica para defender los límites y la estabilidad de América”, señaló.

Para Chile, Bolivia busca desconocer el Tratado de 1904 al no mencionarlo en su demanda y posterior memoria. Sobre ello, Bulnes argumentó que “un Tratado de Paz no desaparece simplemente porque un país decide no mencionarlo”. A su turno, el abogado Daniel Bethlehem señaló que: “el Tratado de 1904 estableció una resolución de las fronteras territoriales de tal manera que Bolivia quedó sin derecho alguno del lado litoral de la frontera convenida”.

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