Asamblea Legislativa deberá elegir a suplente de Paredes si este es destituido

La Paz, ANF
De confirmarse la pérdida de mandato del vocal Ramiro Paredes, por festejar su cumpleaños con militantes del MAS, la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), en aplicación de la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), deberá designar a un vocal suplente como titular.


El futuro de Paredes será resuelto en sesión extraordinaria de sala plena del lunes 18 de mayo, al que convocaron el 14 de mayo el presidente interino del TSE, Wilfredo Ovando y los vocales Irineo Zuna, Marco Ayala y Fanny Rivas, para tratar las denuncias por faltas graves en contra del cuestionado vocal.

El 4 de mayo el diputado Amilcar Barral de Unidad Nacional (UN) presentó denuncia formal contra Paredes en aplicación del artículo 21 de la Ley 018 del Órgano Electoral, que establece la pérdida de funciones por la comisión de alguna “falta muy grave”. En el artículo 91 de la misma norma, se señala como una falta muy grave el “adoptar militancia partidaria o realizar activismo político comprobado en el ejercicio de sus funciones”.

De acuerdo al artículo 47 de la Ley 018, cuando de manera permanente no se pueda constituir quórum en la sala plena del TSE por las causales establecidas para la conclusión de funciones y la pérdida de mandato, la Asamblea Legislativa Plurinacional designará como vocales titulares a los vocales suplentes que sean necesarios, respetando el orden correlativo de convocatoria definido en el artículo 44.

Dicho artículo determina que la cantidad de votos obtenida en cada terna del proceso de selección por parte de la ALP, establecerá el orden correlativo de la convocatoria.

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