Constitución cumple seis años sin consolidar el sistema autonómico

Gabriel Díez Lacunza / La Paz
El próximo 7 de febrero, la Constitución Política del Estado entrará en su sexto año de vigencia. Entre los temas "pendientes” para lograr su cumplimiento están la consolidación del sistema autonómico, la independencia de la justicia, mejoras en salud y educación, consideran abogados y analistas de esta área.


Las principales observaciones realizadas, que refieren al aspecto autonómico, versan en que en la actualidad sólo el departamento de Pando cuenta con estatutos autonómicos y que la mayoría de los departamentos y municipios no tienen estatutos ni cartas orgánicas aprobadas.

La actual carta fundamental boliviana plantea desde su primer artículo la condición de Estado autonómico. De manera posterior 33 artículos se refieren de manera directa a las autonomías y características de éstas.

Es también a partir del texto constitucional que se desprende la Ley Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez”, la cual regula la situación en este ámbito en el país.

A partir de ello, el abogado constitucionalista Paulino Verástegui considera que una de las labores pendientes para verificar el cumplimiento de la nueva Constitución se refiere a la consolidación de los documentos que legitimen las autonomías.

"Una gran tarea pendiente es la aprobación de estatutos autonómicos y cartas orgánicas para que se dé una efectiva implementación del sistema autonómico”, asevera el jurista.

El abogado José Rodrigo Garrón, en esta misma línea, afirma que la cuestión autonómica es un tema fundamental y que habría que ver cuál es el resultado que puede arrojar.

"Ésa es la tarea pendiente, preocuparse en la implantación de un buen régimen de autonomías con buenos estatutos, que no afecten a la CPE ni a la estructura central del Estado”, comenta Garrón.

Entre los motivos para que no se haya constituido este sistema de gobierno en el país, a juicio de este jurista, están: el factor impuestos y que Bolivia aún está en el debate entre ser centralista o ser descentralizada.

"(El tema impositivo) es una de las principales limitantes en mi criterio porque estás dándole oportunidad a una jurisdicción que se fortalezca más de la cuenta en relación a otras (...). No le conviene al Estado, porque estás cuadriculando la soberanía”, explica.

Sobre el particular, el artículo 323 de la Constitución indica: "Los impuestos que pertenecen al dominio exclusivo de las autonomías departamental o municipal serán aprobados, modificados o eliminados por sus concejos o asambleas, a propuesta de sus órganos ejecutivos”.

La analista Erika Brokmann observa que existe rezago y contradicciones hacia la construcción del Estado autonómico. Ello se debe, asegura la especialista, a un alto nivel de complejidad y conflictividad.

"Esto responde a la naturaleza compleja de sistema multinivel aprobado, que plantea un enredo competencial y territorial; a la conflictividad territorial y a las tensiones en el núcleo de los pueblos indígenas originarios campesinos y de éstos con poblaciones no indígenas”, afirma.

El ministro de Autonomías, Hugo Siles Núñez del Prado, considera que sí existió un avance en este tema hacia el cumplimiento de la Constitución, ya que de los 339 municipios del país, sólo 40 no habrían iniciado los trámites hacia la autonomía.

"Lo que hemos hecho, como ministerio es prestar asistencia técnica, hacer una coordinación para mejorar las iniciativas locales y departamentales. Nuestra participación es técnica, de asistencia. Son los actores políticos, las instituciones de la sociedad civil, de control social, las que tienen que desarrollar este proceso”, asevera Siles.

Normativa sobre autonomías en Bolivia

Antecedentes La Ley de Participación Popular de 20 de abril de 1994 tenía como objeto la articulación de comunidades indígenas, campesinas y urbanas en la vida jurídica, política y económica del país. Contemplaba como actores principales a Organizaciones
Territoriales de Base. Fue reemplazada por la actual Ley Marco de Autonomías y Descentralización.

Constitución La actual Constitución Política declara a Bolivia como un Estado con autonomías. En el texto constitucional existen 33 artículos referidos de manera directa a la construcción y consolidación de autonomías a nivel departamental, municipal, regional y de pueblos indígenas.

Ley Marco La Ley Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez”, de 19 de julio de 2010, nace a partir del texto constitucional como una de las "leyes fundamentales” del actual Estado Plurinacional de Bolivia. Es a base de esta normativa que se desarrolla el proceso autonómico.

Gobiernos Autónomos Municipales La Ley de Gobiernos Autónomos Municipales de 9 de enero de 2014 tiene como objetivo regular la estructura organizativa y funcionamiento de estas entidades de forma suplementaria.

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