Aumenta de 120 a 1.200 litros el cupo de diésel para productores
Página Siete / La Paz
Mediante el Decreto Supremo 2243, el Gobierno autorizó que los productores agropecuarios compren hasta 1.200 litros de diésel oil; hasta hace poco el cupo sólo era de 120 a 600 litros. La Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO) destacó la medida.
La norma aprobada el 7 de enero, por el gabinete de ministros, en su primer artículo señala que el decreto "tiene por objeto establecer el procedimiento para la compra y transporte de volúmenes comprendidos entre 121 litros hasta 1.200 litros de diésel oil destinados al consumo propio de los productores agropecuarios, así como los mecanismos de control y fiscalización”.
El Decreto Supremo 29801 del 19 de noviembre de 2008 autorizaba que la Dirección General de Sustancias Controladas emitiera excepcionalmente autorizaciones provisionales de compra local y hojas de ruta para la adquisición y transporte de este combustible, con un cupo de 121 hasta 400 litros para el pequeño productor.
El Decreto Supremo 0393 del 6 de enero de 2010 instruía que esa Dirección emitiera gratuitamente autorizaciones provisionales de compra local y hojas de ruta para la adquisición y transporte de diésel, en volúmenes comprendidos entre 121 y 600 litros mediante compra directa, únicamente para el autoconsumo de los pequeños agropecuarios.
Ahora, el nuevo decreto 2243 señala que los interesados deben registrarse de manera gratuita en la Dirección de Sustancias Controladas, previa presentación del certificado de inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes, en el Régimen General de Tributación, en el Régimen Agropecuario Unificado o bien el Certificado de No Imponibilidad otorgado por el Servicio de Impuestos Nacionales.
A partir del 2 de febrero, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) emitirá en forma gratuita las tarjetas de control a los productores agropecuarios.
El decreto añade que las estaciones de servicio, previa presentación de este documento, venderán diésel oil en un volumen comprendido entre 121 y 1.200 litros y emitirán un comprobante de compra y transporte para fines de control de la Dirección General de Sustancias Controladas.
El presidente de la CAO, Julio Roda, remarcó la aprobación de la norma porque beneficiará sobre todo a los pequeños productores, que sólo tenían autorización para un cupo de 120 litros y debían trasladarse desde el campo a la ciudad. Este sector representa el 82% de los productores agropecuarios.
Según el ejecutivo, ahora este sector podrá planificar mejor la producción, fumigar e incluso almacenar el combustible.
Según El Deber, los 14.500 pequeños y medianos agricultores asociados a la Cámara Agropecuaria de Pequeños Productores del Oriente podrán abastecerse mejor y más oportunamente de diésel oil.
Mediante el Decreto Supremo 2243, el Gobierno autorizó que los productores agropecuarios compren hasta 1.200 litros de diésel oil; hasta hace poco el cupo sólo era de 120 a 600 litros. La Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO) destacó la medida.
La norma aprobada el 7 de enero, por el gabinete de ministros, en su primer artículo señala que el decreto "tiene por objeto establecer el procedimiento para la compra y transporte de volúmenes comprendidos entre 121 litros hasta 1.200 litros de diésel oil destinados al consumo propio de los productores agropecuarios, así como los mecanismos de control y fiscalización”.
El Decreto Supremo 29801 del 19 de noviembre de 2008 autorizaba que la Dirección General de Sustancias Controladas emitiera excepcionalmente autorizaciones provisionales de compra local y hojas de ruta para la adquisición y transporte de este combustible, con un cupo de 121 hasta 400 litros para el pequeño productor.
El Decreto Supremo 0393 del 6 de enero de 2010 instruía que esa Dirección emitiera gratuitamente autorizaciones provisionales de compra local y hojas de ruta para la adquisición y transporte de diésel, en volúmenes comprendidos entre 121 y 600 litros mediante compra directa, únicamente para el autoconsumo de los pequeños agropecuarios.
Ahora, el nuevo decreto 2243 señala que los interesados deben registrarse de manera gratuita en la Dirección de Sustancias Controladas, previa presentación del certificado de inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes, en el Régimen General de Tributación, en el Régimen Agropecuario Unificado o bien el Certificado de No Imponibilidad otorgado por el Servicio de Impuestos Nacionales.
A partir del 2 de febrero, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) emitirá en forma gratuita las tarjetas de control a los productores agropecuarios.
El decreto añade que las estaciones de servicio, previa presentación de este documento, venderán diésel oil en un volumen comprendido entre 121 y 1.200 litros y emitirán un comprobante de compra y transporte para fines de control de la Dirección General de Sustancias Controladas.
El presidente de la CAO, Julio Roda, remarcó la aprobación de la norma porque beneficiará sobre todo a los pequeños productores, que sólo tenían autorización para un cupo de 120 litros y debían trasladarse desde el campo a la ciudad. Este sector representa el 82% de los productores agropecuarios.
Según el ejecutivo, ahora este sector podrá planificar mejor la producción, fumigar e incluso almacenar el combustible.
Según El Deber, los 14.500 pequeños y medianos agricultores asociados a la Cámara Agropecuaria de Pequeños Productores del Oriente podrán abastecerse mejor y más oportunamente de diésel oil.