Ovando dice que restricción estaba vigente para octubre
La Paz, Erbol
El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, aseveró que la restricción para que diputados y senadores sean candidatos ya estaba vigente en las elecciones generales que se realizaron el pasado 12 de octubre. En dicho proceso electoral, Gabriela Montaño, Nélida Sifuentes, Carmen Eva Gonzales, Luis Felipe Dorado, Tomás Monasterio y otros legisladores fueron reelectos.
El viernes se hizo público un circular del TSE en que se “recuerda” a los partidos y los tribunales departamentales electorales que los asambleístas nacionales no pueden ser candidatos a subgobernadores, corregidores, alcalde o concejales, porque no residieron de forma permanente en su región durante los dos años anteriores a la elección.
Ovando explicó que el TSE no actuó para octubre porque no hubo “recordatorio” y tampoco demandas de inhabilitación.
“En este caso (para octubre) también ya estaba vigente la prohibición, sin embargo, no se plantearon inhabilitaciones, nadie planteó inhabilitaciones (…) Esa vez no se hizo recordatorio pero, con circular o sin circular, la norma está vigente. Pero en esta ocasión hemos optado para recordar a los candidatos antes del (fin del) plazo de inscripciones”, indicó el Vicepresidente del TSE en contacto con ERBOL.
No obstante, el MSM sí presentó una demanda de inhabilitación contra Betty Yañiquez porque la candidata del MAS no vive no vota en la circunscripción donde postulaba. El TSE no se manifestó al respecto y pasó la demanda a la Fiscalía. Yañiquez fue electa y recibió su credencial como diputada.
La circular se basa en los artículos 285 y 287 de la Constitución Política del Estado. Asimismo, la Carta Magna, en su artículo 149, también prohíbe que sean candidatos a legisladores las personas que no hayan “residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.
Reunión
Esta tarde, Ovando se reunirá con una comisión del Legislativo para explicarle las razones de la circular.
El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, aseveró que la restricción para que diputados y senadores sean candidatos ya estaba vigente en las elecciones generales que se realizaron el pasado 12 de octubre. En dicho proceso electoral, Gabriela Montaño, Nélida Sifuentes, Carmen Eva Gonzales, Luis Felipe Dorado, Tomás Monasterio y otros legisladores fueron reelectos.
El viernes se hizo público un circular del TSE en que se “recuerda” a los partidos y los tribunales departamentales electorales que los asambleístas nacionales no pueden ser candidatos a subgobernadores, corregidores, alcalde o concejales, porque no residieron de forma permanente en su región durante los dos años anteriores a la elección.
Ovando explicó que el TSE no actuó para octubre porque no hubo “recordatorio” y tampoco demandas de inhabilitación.
“En este caso (para octubre) también ya estaba vigente la prohibición, sin embargo, no se plantearon inhabilitaciones, nadie planteó inhabilitaciones (…) Esa vez no se hizo recordatorio pero, con circular o sin circular, la norma está vigente. Pero en esta ocasión hemos optado para recordar a los candidatos antes del (fin del) plazo de inscripciones”, indicó el Vicepresidente del TSE en contacto con ERBOL.
No obstante, el MSM sí presentó una demanda de inhabilitación contra Betty Yañiquez porque la candidata del MAS no vive no vota en la circunscripción donde postulaba. El TSE no se manifestó al respecto y pasó la demanda a la Fiscalía. Yañiquez fue electa y recibió su credencial como diputada.
La circular se basa en los artículos 285 y 287 de la Constitución Política del Estado. Asimismo, la Carta Magna, en su artículo 149, también prohíbe que sean candidatos a legisladores las personas que no hayan “residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.
Reunión
Esta tarde, Ovando se reunirá con una comisión del Legislativo para explicarle las razones de la circular.