Oficial: TSE ya canceló la personería jurídica del MSM y PVB
La Paz, Radio Fides
La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó el miércoles cancelar la personalidad jurídica del Movimiento sin Miedo (MSM) y del Partido Verde de Bolivia-Instrumento de la Ecología Política (PVB-IEP), por no haber obtenido más del 3% de votos válidos en las Elecciones Generales 2014.
La resolución 573/2014 explica que de acuerdo al Acta de Cómputo Nacional de las Elecciones Generales 2014 ambas organizaciones políticas obtuvieron los siguientes resultados: Partido Verde de Bolivia-Instrumento de la Ecología Política (PVB-IEP) 137.240 votos con un 2,65% y Movimiento Sin Miedo (MSM) 140.285 votos con 2,71%.
“El TSE determinó cancelar la personalidad de ambas organizaciones políticas en aplicación a lo señalado en el artículo 44, parágrafo II de la Ley Nº 1983 de Partidos Políticos, y en ejercicio de la atribución sobre las organizaciones políticas establecida en el artículo 29, numeral 1 de la Ley Nº 018 del Órgano Electoral Plurinacional, corresponde de oficio cancelar la personalidad jurídica y registro de las precitadas organizaciones políticas, por no haber obtenido más del 3% de votos válidos en las Elecciones Generales 2014”, señala una nota de prensa del órgano electoral.
La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó el miércoles cancelar la personalidad jurídica del Movimiento sin Miedo (MSM) y del Partido Verde de Bolivia-Instrumento de la Ecología Política (PVB-IEP), por no haber obtenido más del 3% de votos válidos en las Elecciones Generales 2014.
La resolución 573/2014 explica que de acuerdo al Acta de Cómputo Nacional de las Elecciones Generales 2014 ambas organizaciones políticas obtuvieron los siguientes resultados: Partido Verde de Bolivia-Instrumento de la Ecología Política (PVB-IEP) 137.240 votos con un 2,65% y Movimiento Sin Miedo (MSM) 140.285 votos con 2,71%.
“El TSE determinó cancelar la personalidad de ambas organizaciones políticas en aplicación a lo señalado en el artículo 44, parágrafo II de la Ley Nº 1983 de Partidos Políticos, y en ejercicio de la atribución sobre las organizaciones políticas establecida en el artículo 29, numeral 1 de la Ley Nº 018 del Órgano Electoral Plurinacional, corresponde de oficio cancelar la personalidad jurídica y registro de las precitadas organizaciones políticas, por no haber obtenido más del 3% de votos válidos en las Elecciones Generales 2014”, señala una nota de prensa del órgano electoral.