Asamblea aprueba la ampliación por un año más del indulto para presos
La Paz, Erbol
La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó esta mañana el Decreto de Concesión de Indulto por Razones Humanitarias que el presidente Evo Morales envió a esta instancia. De acuerdo a esta norma, los reos de los penales del país, que cumplan los requisitos, tienen 365 días, después de la publicación de la norma en la Gaceta Oficial, para acogerse al beneficio y ser liberados.
Entre los reos que se pueden acoger a este beneficio están: menores de 28 años, varones mayores de 58 y mujeres mayores de 55, siempre y cuando hayan cumplido un cuarto de su condena.
Asimismo, a diferencia del indulto que caducó, fueron incluidas como beneficiarias mujeres embarazadas de seis meses, cumplidos hasta los 90 días de la publicación de esta norma.
También están beneficiados los enfermos graves, incurables y terminales; padres exclusivos de menores de 12 años; además de personas con discapacidad.
Igualmente podrán ser liberados reos con penas iguales o menores a ocho años de prisión y procesados que decidan someterse a proceso abreviado.
En cuanto a narcotráfico, los reos que no tengan penas mayores a 10 años no pueden ser beneficiarios.
Tampoco pueden a acogerse a esta norma los sentenciados por delitos de asesinato, feminicidio, traición a la patria, genocidio, terrorismo, parricidio, espionaje, corrupción, trata y tráfico, crímenes contra la libertad sexual, contrabando y robo agravado.
El primer indulto fue lanzado el 31 de diciembre de 2012, mediante el Decreto 1145, y sus primeros 27 beneficiarios fueron liberados de las cárceles en febrero. Luego, en septiembre la ALP aprobó el Decreto 1723, el cual tuvo vigencia de un año.
La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó esta mañana el Decreto de Concesión de Indulto por Razones Humanitarias que el presidente Evo Morales envió a esta instancia. De acuerdo a esta norma, los reos de los penales del país, que cumplan los requisitos, tienen 365 días, después de la publicación de la norma en la Gaceta Oficial, para acogerse al beneficio y ser liberados.
Entre los reos que se pueden acoger a este beneficio están: menores de 28 años, varones mayores de 58 y mujeres mayores de 55, siempre y cuando hayan cumplido un cuarto de su condena.
Asimismo, a diferencia del indulto que caducó, fueron incluidas como beneficiarias mujeres embarazadas de seis meses, cumplidos hasta los 90 días de la publicación de esta norma.
También están beneficiados los enfermos graves, incurables y terminales; padres exclusivos de menores de 12 años; además de personas con discapacidad.
Igualmente podrán ser liberados reos con penas iguales o menores a ocho años de prisión y procesados que decidan someterse a proceso abreviado.
En cuanto a narcotráfico, los reos que no tengan penas mayores a 10 años no pueden ser beneficiarios.
Tampoco pueden a acogerse a esta norma los sentenciados por delitos de asesinato, feminicidio, traición a la patria, genocidio, terrorismo, parricidio, espionaje, corrupción, trata y tráfico, crímenes contra la libertad sexual, contrabando y robo agravado.
El primer indulto fue lanzado el 31 de diciembre de 2012, mediante el Decreto 1145, y sus primeros 27 beneficiarios fueron liberados de las cárceles en febrero. Luego, en septiembre la ALP aprobó el Decreto 1723, el cual tuvo vigencia de un año.