MSM presenta acción de nulidad contra resolución del TCP
La Paz, Radio Fides
Hasta este miércoles, a mas tardar, el Movimiento Sin Miedo, presentará una acción de nulidad en contra de la Resolución 001/2014 del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que determina sanciones a partidos políticos.
El líder Sin Miedo, Juan del Granado, manifestó que se acudirá con esta acción hasta el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Asegura que la ratificación del TSE sobre las sanciones a partidos políticos es una violación de la Constitución Política del Estado y se la considera como una “inconducta que se opone a la labor política de los partidos que están constituidos legalmente en el país”.
Argumentó que este tipo de sanciones se deben emplear sólo cuando un proceso eleccionario se haya iniciado, además que sólo los jueces electorales pueden aplicarlos, por lo que se identifica el delito de usurpación de funciones.
“Esta resolución está usurpando funciones que sólo los jueces electorales pueden aplicar y multar, con motivo de faltas electorales, se trata de un accionar del Tribunal Supremo Electoral, sin jurisdicción ni competencia, mucho más cuando ni siquiera se ha abierto el proceso eleccionarios, no hay jueces electorales, entonces estamos frente a una decisión sancionatoria en contra del MSM en particular de parte del TSE”, manifestó.
Añadió que, entre tanto, el MSM continuará con la difusión de sus propuestas, a través de su campaña política, pero “no electoral”, hasta que el TSE fije los calendarios electorales, luego de ello “se pedirá a la gente su voto".
Hasta este miércoles, a mas tardar, el Movimiento Sin Miedo, presentará una acción de nulidad en contra de la Resolución 001/2014 del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que determina sanciones a partidos políticos.
El líder Sin Miedo, Juan del Granado, manifestó que se acudirá con esta acción hasta el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Asegura que la ratificación del TSE sobre las sanciones a partidos políticos es una violación de la Constitución Política del Estado y se la considera como una “inconducta que se opone a la labor política de los partidos que están constituidos legalmente en el país”.
Argumentó que este tipo de sanciones se deben emplear sólo cuando un proceso eleccionario se haya iniciado, además que sólo los jueces electorales pueden aplicarlos, por lo que se identifica el delito de usurpación de funciones.
“Esta resolución está usurpando funciones que sólo los jueces electorales pueden aplicar y multar, con motivo de faltas electorales, se trata de un accionar del Tribunal Supremo Electoral, sin jurisdicción ni competencia, mucho más cuando ni siquiera se ha abierto el proceso eleccionarios, no hay jueces electorales, entonces estamos frente a una decisión sancionatoria en contra del MSM en particular de parte del TSE”, manifestó.
Añadió que, entre tanto, el MSM continuará con la difusión de sus propuestas, a través de su campaña política, pero “no electoral”, hasta que el TSE fije los calendarios electorales, luego de ello “se pedirá a la gente su voto".