Diputada Paco: ley que permite elección de apellidos no provocará desorden judicial
La Paz, Oxígeno
La diputada por el Movimiento Al Socialismo (MAS) Marianela Paco, informó este martes que el Código de las Familias determina la posibilidad de que hijos lleven a elección el apellido de la madre o del padre. Sostuvo que esta elección no generará desorden judicial alguno.
“El orden de los apellidos no debería determinar los afectos, al amor que tiene derechos todo niño o niña, con ese orden debe generarse una nueva forma de cultura en el país”, indicó este martes la diputada Marianela Paco.
La legisladora, que preside el Comité de Control Constitucional y Armonización Legislativa de la Comisión de Constitución de Diputados, se refirió al proyecto de Ley Nº 546/2013-2014 denominado “Código de las Familias y del proceso familiar”. Destacó que los cambios son sustanciales y enfocados en la despatriarcalización y descolonización de las relaciones de padre e hijos.
“Nos acostumbramos a imponer y que uno tenga razón por la fuerza, por esa razón queremos cambiar para que haya mutuo acuerdo, que respeten, dialoguen en pareja este tipo de decisiones (qué apellido va primero) que le den certeza afectiva y material a los hijos e hijas”, indicó la diputada.
Tres aspectos se destacan en el proyecto, primero, que haya mutuo acuerdo de la pareja al inscribir al hijo o hija con los apellidos de los progenitores, pero sin orden definido; segundo, que madres o padres solteros tienen derecho a inscribir a su hijo con un solo apellido y si la pareja decide asumir luego, puede secundar con su apellido.
Sin embargo, no determina las obligaciones que deben ser materiales o afectivas con los hijos. La tercera opción, es que hijos o hijas en su mayoría de edad puedan cambiar el orden de sus apellidos.
Consultado si la tercera opción podría acarrear problemas en el sistema judicial, la diputada Marianela Paco, respondió: “No debería, no le está quitando un apellido, ni le está cambiando el apellido por otros, solo los está invirtiendo. Es la misma garantía, la misma obligación; hablamos de un sujeto que tiene un trámite que lo hará conocer, no genera esta dificultad, lo que sí podría hacerlo son los tiempos”, aseguró.
En caso de haber un homónimo, Paco dijo que existen mecanismos para identificar a la persona verdadera, porque en todo caso se incurriría en el delito de suplantación de identidad.
La legisladora afirmó que “actualmente hay procedimientos administrativos y en la vía judicial nunca pueden existir dobles registros, con la nueva Ley de Identificaciones, por orden judicial concurren a ambos órdenes, la obligación del Sereci (Servicio de Registro Civil) es cancelar el otro registro, el otro certificado de nacimiento o puede darle el mismo, pero puede invertir el apellido”.
MAYOR SEGURIDAD
El proyecto de Ley se respalda en el artículo 62 de la Constitución, que señala “El Estado reconoce y protege a las familias como el núcleo fundamental de la sociedad, y garantizará las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos sus integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades”.
En ese sentido, la diputada oficialista destacó que el Comité trabajó en propuestas y aporte de diferentes instituciones en derechos humanos, de ahí también que se identificó los cinco tipos de familia.
La familia nuclear es la tradicional, la familia extendida es la que vive con abuelos, tíos y las responsabilidades que existen al haber un deceso, se activan; la familia uniparental o monoparental se refiere a padre o madre solteros.
Mientras, la familia no parental o grupos de personas es la que se organiza con las mismas responsabilidades aunque no necesariamente tengan lazos consanguíneos. Finalmente, la familia comunitaria que se constituye en las comunidades y que se rigen por sus usos y costumbres.
La diputada aseguró que otro punto incorporado al proyecto es el reconocimiento del divorcio voluntario, cuando hay efectos personales o de carácter patrimonial. “Incluimos lazos que nos van a permitir acelerar estos trámites que nos van a permitir llegar a acuerdos”, aseguró.
“Otro derecho con mayores garantías, es el de las uniones libres que de pronto ha generado que los padres desconozcan o eludan responsabilidades. Muchos concubinos decían: ‘no tengo nada qué hacer, tengo hijos, pero no me he casado, esto es mío’, esto daba inseguridad, y ahora se está estableciendo que genere lo mismo que cuando es un matrimonio civil”, según la legisladora.
Sobre la filiación o apellidos en igualdad para mujeres y hombres, indicó esto no debe privar a hijos o hijas de lo que le corresponde en cuanto a asistencia familiar o de afecto. Dijo que se creará un registro o banco de datos para que los padres o madres deudores de la asistencia económica figuren en caso de incumplir con su obligación.
La diputada por el Movimiento Al Socialismo (MAS) Marianela Paco, informó este martes que el Código de las Familias determina la posibilidad de que hijos lleven a elección el apellido de la madre o del padre. Sostuvo que esta elección no generará desorden judicial alguno.
“El orden de los apellidos no debería determinar los afectos, al amor que tiene derechos todo niño o niña, con ese orden debe generarse una nueva forma de cultura en el país”, indicó este martes la diputada Marianela Paco.
La legisladora, que preside el Comité de Control Constitucional y Armonización Legislativa de la Comisión de Constitución de Diputados, se refirió al proyecto de Ley Nº 546/2013-2014 denominado “Código de las Familias y del proceso familiar”. Destacó que los cambios son sustanciales y enfocados en la despatriarcalización y descolonización de las relaciones de padre e hijos.
“Nos acostumbramos a imponer y que uno tenga razón por la fuerza, por esa razón queremos cambiar para que haya mutuo acuerdo, que respeten, dialoguen en pareja este tipo de decisiones (qué apellido va primero) que le den certeza afectiva y material a los hijos e hijas”, indicó la diputada.
Tres aspectos se destacan en el proyecto, primero, que haya mutuo acuerdo de la pareja al inscribir al hijo o hija con los apellidos de los progenitores, pero sin orden definido; segundo, que madres o padres solteros tienen derecho a inscribir a su hijo con un solo apellido y si la pareja decide asumir luego, puede secundar con su apellido.
Sin embargo, no determina las obligaciones que deben ser materiales o afectivas con los hijos. La tercera opción, es que hijos o hijas en su mayoría de edad puedan cambiar el orden de sus apellidos.
Consultado si la tercera opción podría acarrear problemas en el sistema judicial, la diputada Marianela Paco, respondió: “No debería, no le está quitando un apellido, ni le está cambiando el apellido por otros, solo los está invirtiendo. Es la misma garantía, la misma obligación; hablamos de un sujeto que tiene un trámite que lo hará conocer, no genera esta dificultad, lo que sí podría hacerlo son los tiempos”, aseguró.
En caso de haber un homónimo, Paco dijo que existen mecanismos para identificar a la persona verdadera, porque en todo caso se incurriría en el delito de suplantación de identidad.
La legisladora afirmó que “actualmente hay procedimientos administrativos y en la vía judicial nunca pueden existir dobles registros, con la nueva Ley de Identificaciones, por orden judicial concurren a ambos órdenes, la obligación del Sereci (Servicio de Registro Civil) es cancelar el otro registro, el otro certificado de nacimiento o puede darle el mismo, pero puede invertir el apellido”.
MAYOR SEGURIDAD
El proyecto de Ley se respalda en el artículo 62 de la Constitución, que señala “El Estado reconoce y protege a las familias como el núcleo fundamental de la sociedad, y garantizará las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos sus integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades”.
En ese sentido, la diputada oficialista destacó que el Comité trabajó en propuestas y aporte de diferentes instituciones en derechos humanos, de ahí también que se identificó los cinco tipos de familia.
La familia nuclear es la tradicional, la familia extendida es la que vive con abuelos, tíos y las responsabilidades que existen al haber un deceso, se activan; la familia uniparental o monoparental se refiere a padre o madre solteros.
Mientras, la familia no parental o grupos de personas es la que se organiza con las mismas responsabilidades aunque no necesariamente tengan lazos consanguíneos. Finalmente, la familia comunitaria que se constituye en las comunidades y que se rigen por sus usos y costumbres.
La diputada aseguró que otro punto incorporado al proyecto es el reconocimiento del divorcio voluntario, cuando hay efectos personales o de carácter patrimonial. “Incluimos lazos que nos van a permitir acelerar estos trámites que nos van a permitir llegar a acuerdos”, aseguró.
“Otro derecho con mayores garantías, es el de las uniones libres que de pronto ha generado que los padres desconozcan o eludan responsabilidades. Muchos concubinos decían: ‘no tengo nada qué hacer, tengo hijos, pero no me he casado, esto es mío’, esto daba inseguridad, y ahora se está estableciendo que genere lo mismo que cuando es un matrimonio civil”, según la legisladora.
Sobre la filiación o apellidos en igualdad para mujeres y hombres, indicó esto no debe privar a hijos o hijas de lo que le corresponde en cuanto a asistencia familiar o de afecto. Dijo que se creará un registro o banco de datos para que los padres o madres deudores de la asistencia económica figuren en caso de incumplir con su obligación.