Soboce oficializa apelación en el proceso por supuesta competencia desleal
La Paz, ANF
La Sociedad Boliviana del Cemento (Soboce) anunció este jueves que presentará una apelación a la sentencia judicial referida a competencia desleal interpuesta por la nueva administración de la Fábrica de Cemento “Sucre” S.A. (Fancesa).
“Luego de haber sido notificados con la sentencia del Juez Cuarto de Partido en lo Civil, referida a la demanda por competencia desleal interpuesta por Fancesa, informamos que tanto la demanda como la sentencia emitida no tienen base legal ni lógica alguna”, dijo en Sucre el gerente corporativo de Soboce, René Sánchez.
Sánchez señaló que, curiosamente, el Juez cree de “manera equivocada” que las acciones puestas en garantía por Soboce son de propiedad de Fancesa, sin entender que de acuerdo al artículo 257 del Código de Comercio, una Sociedad Anónima no puede ser titular de sus propias acciones. “La sentencia se sustenta en este criterio totalmente equivocado”.
“Soboce no cometió acto de competencia desleal alguno al usar sus propios activos como garantía para obtener un financiamiento. Las acciones prendadas eran parte del patrimonio de Soboce y en ningún caso del patrimonio de FANCESA, como parece haber interpretado de forma equivocada el Juez Cuarto de Partido en lo Civil”, afirmó Sánchez.
El ejecutivo acotó que la prueba más contundente de que Soboce obró de acuerdo a la ley es que tres bancos aprobaron su crédito: el Nacional, el Mercantil y BISA, sin objeción alguna ni tampoco requirieron aprobaciones adicionales, obviamente, porque no correspondía hacerlo”.
La Sociedad Boliviana del Cemento (Soboce) anunció este jueves que presentará una apelación a la sentencia judicial referida a competencia desleal interpuesta por la nueva administración de la Fábrica de Cemento “Sucre” S.A. (Fancesa).
“Luego de haber sido notificados con la sentencia del Juez Cuarto de Partido en lo Civil, referida a la demanda por competencia desleal interpuesta por Fancesa, informamos que tanto la demanda como la sentencia emitida no tienen base legal ni lógica alguna”, dijo en Sucre el gerente corporativo de Soboce, René Sánchez.
Sánchez señaló que, curiosamente, el Juez cree de “manera equivocada” que las acciones puestas en garantía por Soboce son de propiedad de Fancesa, sin entender que de acuerdo al artículo 257 del Código de Comercio, una Sociedad Anónima no puede ser titular de sus propias acciones. “La sentencia se sustenta en este criterio totalmente equivocado”.
“Soboce no cometió acto de competencia desleal alguno al usar sus propios activos como garantía para obtener un financiamiento. Las acciones prendadas eran parte del patrimonio de Soboce y en ningún caso del patrimonio de FANCESA, como parece haber interpretado de forma equivocada el Juez Cuarto de Partido en lo Civil”, afirmó Sánchez.
El ejecutivo acotó que la prueba más contundente de que Soboce obró de acuerdo a la ley es que tres bancos aprobaron su crédito: el Nacional, el Mercantil y BISA, sin objeción alguna ni tampoco requirieron aprobaciones adicionales, obviamente, porque no correspondía hacerlo”.