TC aclara que fallo sobre Ley de Autonomía no es retroactivo
La Paz, Radio Fides
El Tribunal Constitucional se pronunció en pasados días sobre la Ley Marco de Autonomías...
El presidente del Tribunal Constitucional, Rudy Flores aclaró ayer miércoles que el fallo sobre la constitucionalidad de varios artículos de la Ley de Autonomías no tiene carácter retroactivo por lo tanto no puede provocar desorden institucional, además dejo claro que en esta sentencia no se ordena la extinción de ningún proceso penal.
“Con la sentencia constitucional del Tribunal no ha aseverado ninguna situación de impunidad, los procesos autoridades que se hubieran iniciado contra ex autoridades o autoridades por hechos de corrupción deben proseguir ante las autoridades competentes en materia penal”, aseguró Flores.
Flores dejo claro que el fallo no se pronunció sobre ningún caso en particular y que sólo se pronunció sobre la constitucionalidad de la Ley de Autonomías.
Además ayer se conoció que el Tribunal Constitucional declaró improcedente la acción planteada por el diputado Tomás Monasterios sobre los artículos referidos a la suspensión de autoridades en la Ley de Autonomías, al ser cosa juzgada.
“Es improcedente porque ya existe cosa juzgada constitucionalmente no podemos volver a pronunciados sobre artículos que ya han sido objeto de un control de constitucionalidad”, aseveró Flores.
El Tribunal Constitucional se pronunció en pasados días sobre la Ley Marco de Autonomías...
El presidente del Tribunal Constitucional, Rudy Flores aclaró ayer miércoles que el fallo sobre la constitucionalidad de varios artículos de la Ley de Autonomías no tiene carácter retroactivo por lo tanto no puede provocar desorden institucional, además dejo claro que en esta sentencia no se ordena la extinción de ningún proceso penal.
“Con la sentencia constitucional del Tribunal no ha aseverado ninguna situación de impunidad, los procesos autoridades que se hubieran iniciado contra ex autoridades o autoridades por hechos de corrupción deben proseguir ante las autoridades competentes en materia penal”, aseguró Flores.
Flores dejo claro que el fallo no se pronunció sobre ningún caso en particular y que sólo se pronunció sobre la constitucionalidad de la Ley de Autonomías.
Además ayer se conoció que el Tribunal Constitucional declaró improcedente la acción planteada por el diputado Tomás Monasterios sobre los artículos referidos a la suspensión de autoridades en la Ley de Autonomías, al ser cosa juzgada.
“Es improcedente porque ya existe cosa juzgada constitucionalmente no podemos volver a pronunciados sobre artículos que ya han sido objeto de un control de constitucionalidad”, aseveró Flores.