Solicitan al TSE la revocatoria de mandato de 353 autoridades

La Paz, ANF
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recibió un total de 122 solicitudes de revocatoria de mandato para un total de 353 autoridades electas a nivel nacional, departamental y municipal.


El vocal del TSE, Marco Ayala, informó que tras haber compatibilizado todas las solicitudes, se registraron un total de 122. Sobre las autoridades contra las que se pide la revocatoria se encuentran, mayormente, las del nivel municipal.

De estas 353 autoridades, 231 están dirigidas a concejales, 44 a alcaldes, 56 a asambleístas departamentales, tres a gobernadores, doce a ejecutivos regionales, ocho a diputados y la última a una senadora.

“Dentro de los senadores se encuentra la senadora Sonia Guardia, de quien se ha desestimado su solicitud. Dentro de los diputados se encuentra José Antonio Yucra (MAS), Carlos Aparicio (MAS), Wilman Cardozo (AS), Julio Cortez Vira (CN), Adolfo Ocampo (MAS), Rodolfo Calle (MAS), David Cortés (AS) y Juan Carlos Cejas (MAS)”, dio a conocer Ayala a la ANF.

En el caso de los gobernadores, se tratan de César Cocarico de La Paz, Santos Tito de Oruro y Lino Condori de Tarija. Se presentó también otra contra el gobernador suspendido de Tarija, Mario Cossío, pero la misma fue desestimada.

Entre los alcaldes se encuentran el de la ciudad de La Paz, Luis Revilla (MSM); de El Alto, Edgar Patana (MAS); entre otros.

Ayala precisó que preliminarmente se tienen 19 solicitudes desestimadas, 9 se encuentran llenando libros, 10 están en proceso de impresión de libros, 25 están con resolución para ser notificados, 58 solicitudes deben considerarse en sala plena la siguiente semana y una fue retirada.

De acuerdo al procedimiento, tras registrarse estas solicitudes en el TSE el siguiente paso es el llenado de libros que respaldará el pedido de revocatorio del ciudadano demandante y que deben ser presentados hasta el 31 de mayo de 2013.

Según la ley 026 de Régimen Electoral, los libros deben contener las firmas y huellas digitales del 30 por ciento, para el caso de autoridades municipales, del total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral municipal, y del 25 por ciento, para el caso de autoridades departamentales, del padrón electoral departamental.

Para las revocatorias de autoridades nacionales se requieren las firmas y huellas dactilares de por lo menos el 25 por ciento del padrón nacional electoral en el momento de la iniciativa. Este porcentaje debe incluir al menos el 20 por ciento del padrón de cada departamento. En el caso de diputadas o diputados uninominales el porcentaje aplicará para la circunscripción uninominal en la que se realizó su elección.

El procedimiento continúa con la emisión del TSE de todos estos antecedentes a la Asamblea Legislativa Plurinacional hasta el 12 de agosto para que sea ésta la que autorice los referendos revocatorios.

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