Diputados sancionan Ley contra la violencia a la mujer, será promulgada el 8 de marzo
La Paz, Radio Fides
La Cámara de Diputados aprobó la noche del miércoles las modificaciones a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia que fueron enviadas desde el Senado y sancionó la norma para que sea firmada por el Órgano Ejecutivo, su promulgación deberá esperar unos días ya que está programada para el próximo 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.
Las modificaciones enviadas desde el Senado fueron aceptadas ya que los diputados consideraron que se tratan de precisiones y complementaciones a la norma más que cambios a la Ley que tuvo su origen en la Cámara Baja.
“Simplemente se ha mejorado la redacción, por lo tanto, nosotros estaríamos aprobando esta nueva redacción de los cuatro artículos que se están mejorando”, argumentó el diputado Jorge Choquetarqui, vocal de la Comisión de Derechos Humanos.
Según señala un boletín informativo de la Cámara Baja entre las modificaciones está la del artículo 25 que establece en la nueva redacción, que “las Entidades Territoriales Autónomas en el marco de sus competencias y sostenibilidad financiera tienen la responsabilidad de crear, equipar, mantener y atender casas de acogida y refugio temporal para mujeres en situación de violencia en el área urbana y rural. Deberán contar con personal multidisciplinario debidamente capacitado y especializado en atención a mujeres en situación de violencia; la administración deberá diseñar e implementar una estrategia de sostenibilidad. Para el cumplimiento de los establecido en el presente Artículo, podrán establecerse acuerdos y convenios intergubernativos e interinstitucionales”.
También se modificó el numeral nueve del parágrafo II del artículo 50, que instituye, que los Gobiernos Autónomos Municipales, a través de los Servicios Legales Integrales Municipales, deberán solicitar, a través de la autoridad competente, la adopción judicial de medidas provisionales, medidas cautelares y medidas de protección inmediata, coordinando su cumplimiento con las Casas de Acogida, instituciones de apoyo y de atención en salud.
Del mismo modo, fue modificado el artículo 83 en lo que respecta a la modificación del Código Penal en sus artículo 267 y 272 la redacción. Finalmente, los parlamentarios aceptaron la mejora en la redacción del artículo 90.
Esta Ley tiene el objetivo de establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna, el ejercicio pleno de sus derechos para vivir bien.
La Cámara de Diputados aprobó la noche del miércoles las modificaciones a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia que fueron enviadas desde el Senado y sancionó la norma para que sea firmada por el Órgano Ejecutivo, su promulgación deberá esperar unos días ya que está programada para el próximo 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.
Las modificaciones enviadas desde el Senado fueron aceptadas ya que los diputados consideraron que se tratan de precisiones y complementaciones a la norma más que cambios a la Ley que tuvo su origen en la Cámara Baja.
“Simplemente se ha mejorado la redacción, por lo tanto, nosotros estaríamos aprobando esta nueva redacción de los cuatro artículos que se están mejorando”, argumentó el diputado Jorge Choquetarqui, vocal de la Comisión de Derechos Humanos.
Según señala un boletín informativo de la Cámara Baja entre las modificaciones está la del artículo 25 que establece en la nueva redacción, que “las Entidades Territoriales Autónomas en el marco de sus competencias y sostenibilidad financiera tienen la responsabilidad de crear, equipar, mantener y atender casas de acogida y refugio temporal para mujeres en situación de violencia en el área urbana y rural. Deberán contar con personal multidisciplinario debidamente capacitado y especializado en atención a mujeres en situación de violencia; la administración deberá diseñar e implementar una estrategia de sostenibilidad. Para el cumplimiento de los establecido en el presente Artículo, podrán establecerse acuerdos y convenios intergubernativos e interinstitucionales”.
También se modificó el numeral nueve del parágrafo II del artículo 50, que instituye, que los Gobiernos Autónomos Municipales, a través de los Servicios Legales Integrales Municipales, deberán solicitar, a través de la autoridad competente, la adopción judicial de medidas provisionales, medidas cautelares y medidas de protección inmediata, coordinando su cumplimiento con las Casas de Acogida, instituciones de apoyo y de atención en salud.
Del mismo modo, fue modificado el artículo 83 en lo que respecta a la modificación del Código Penal en sus artículo 267 y 272 la redacción. Finalmente, los parlamentarios aceptaron la mejora en la redacción del artículo 90.
Esta Ley tiene el objetivo de establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna, el ejercicio pleno de sus derechos para vivir bien.