Impuesto a la venta de dólares busca gravar al sistema financiero por excesivas ganancias
La Paz, ANF
El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, afirmó este martes que el gobierno considera “justo” que el Tesoro General del Estado “de un negocio tan lucrativo, como es la compra venta de dólares– pueda participar de una partecita”, pero que el costo no afectará a los compradores individuales, puesto que serán las entidades bancarias y no bancarias, así como las casas de cambio las que bajo el estricto control de la ASFI y el BCB controlarán las transacciones.
“Lo que se pretende es gravar esta utilidad que tienen los bancos”, aseveró la autoridad de Estado en conferencia de prensa este miércoles al dar a conocer que se trata de una medida que está inmersa en el proyecto de Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE) 2012, que en la Disposición Adicional Décima crea el Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) que gravará los ingresos obtenidos por entidades bancarias, no bancarias y casas de cambio por la venta de dólares.
En ese sentido, dio cuenta que esta actividad –a la que calificó de lucrativa–, generó en 2005 por venta y compra de la divisa extranjera al sistema financiero privado nacional la suma de 135 millones de bolivianos como utilidad.
“Solamente por comprar - vender dólares, no por hacer la actividad de intermediación bancaria de recibir préstamos, colocar préstamos, sus operaciones de comercio exterior, todo lo que el sistema financiero debiera producir. Esto es solamente por sentarse y comprar dólares y vender dólares. 134 millones de bolivianos el 2005, hacia el año 2008 está utilidad subió a 506 millones de bolivianos y el año pasado esta utilidad ha generado 575 millones de bolivianos al sistema bancario”, reveló la autoridad al dar a conocer cuadros estadísticos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y del Banco Central de Bolivia (BCB).
En criterio del Ministro de Estado: “Nos alegramos de que los bancos estén generando esta utilidad, porque evidentemente a través del Impuesto a las Utilidades el Tesoro General capta este 25% por el Impuesto a las Utilidades; pero, nos parece absolutamente justo de que el Tesoro también –de un negocio tan lucrativo, como es la compra venta de dólares– pueda participar de una partecita, con el objetivo no de generar ingresos cuantiosos para que nos resuelva el déficit fiscal –como algunos opinadores equivocadamente hablan–575 millones (de bolivianos) por comprar y vender, primero que nosotros (el Gobierno) vamos a continuar con nuestra política de profundizar la bolivianización y, por lo tanto, no generar estas utilidades de una operación que es absolutamente inocua para la economía, de comprar y vender dólares”.
“Con esto se encarece al sistema financiero, no a las personas. Al sistema financiero a los bancos, no bancos, casas de cambio, la operativa en moneda extranjera, no se está prohibiendo las operaciones en moneda extranjera pueden seguir operando, sin embargo, lo único que se busca es que esa operación, esa transacción con las monedas extranjeras sean más costosas no para el público, sino para las entidades bancarias, no bancarias y casas de cambio”, reiteró la autoridad.
“El objeto imponible es gravar la venta de moneda extranjera. En la economía hay compras y ventas. No se grava la compra, se grava la venta. Un segundo hecho de la propuesta señala que el impuesto se produce, cuando se realice la venta de una moneda extranjera. La venta”.
De este modo, “¿quién paga este impuesto? Claramente se establece en el proyecto de Ley que quién paga son las entidades bancarias y no bancarias, y las casas de cambio. Esos son los agentes que han de pagar este impuesto”.
“Este impuesto, por lo tanto no recae sobre las personas naturales que tranzan, que pueden comprar – vender dólares entre amigos, ¿verdad? No hay ningún efecto. Cuando se produce este efecto, cuando hay una entidad bancaria o no bancaria, o casa de cambio que venda. No que compre… ojo! La entidad bancaria puede comprar dólares, eso no está gravado, lo que sí está gravado es que la entidad bancaria o no bancaria, o casa de cambio, venda dólares. Yo creo que es un hecho fundamental”, aseveró.
Además, sostuvo que se gravará sobre el precio de venta de la moneda extranjera en cada operación, “es decir sobre el precio de venta que es el tipo de cambio de venta que ustedes pagan cuando compran un dólar. Pero, ustedes no pagan ese impuesto, va a pagar quien venda ese dólar. Es decir la institución bancaria, no bancaria y las casas de cambio”.
TRASLADO: El Ministro de Estado puntualizó que es falso que se vaya a trasladar el costo del impuesto a los usuarios, “porque las entidades financieras –bancarias, no bancarias, casas de cambio, que son los compradores y vendedores de la moneda no la podrían comprar a un precio menor al establecido oficialmente por el Banco Central y tampoco venderían a un precio mayor del tipo de cambio”.
Sin embargo, recordó que existe de un “punto que está permitido hoy al sistema financiero y así está permitido y así está funcionando en este momento por encima y por debajo. Eso está autorizado por el propio Banco Central”.
El proyecto del IVME prevé la alícuota del 0,70% del precio de venta del dólar al tipo de cambio oficial de 6,96 bolivianos por dólar y, excepcionalmente, por el precio de venta de 6,97 bolivianos por dólar.
El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, afirmó este martes que el gobierno considera “justo” que el Tesoro General del Estado “de un negocio tan lucrativo, como es la compra venta de dólares– pueda participar de una partecita”, pero que el costo no afectará a los compradores individuales, puesto que serán las entidades bancarias y no bancarias, así como las casas de cambio las que bajo el estricto control de la ASFI y el BCB controlarán las transacciones.
“Lo que se pretende es gravar esta utilidad que tienen los bancos”, aseveró la autoridad de Estado en conferencia de prensa este miércoles al dar a conocer que se trata de una medida que está inmersa en el proyecto de Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE) 2012, que en la Disposición Adicional Décima crea el Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) que gravará los ingresos obtenidos por entidades bancarias, no bancarias y casas de cambio por la venta de dólares.
En ese sentido, dio cuenta que esta actividad –a la que calificó de lucrativa–, generó en 2005 por venta y compra de la divisa extranjera al sistema financiero privado nacional la suma de 135 millones de bolivianos como utilidad.
“Solamente por comprar - vender dólares, no por hacer la actividad de intermediación bancaria de recibir préstamos, colocar préstamos, sus operaciones de comercio exterior, todo lo que el sistema financiero debiera producir. Esto es solamente por sentarse y comprar dólares y vender dólares. 134 millones de bolivianos el 2005, hacia el año 2008 está utilidad subió a 506 millones de bolivianos y el año pasado esta utilidad ha generado 575 millones de bolivianos al sistema bancario”, reveló la autoridad al dar a conocer cuadros estadísticos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y del Banco Central de Bolivia (BCB).
En criterio del Ministro de Estado: “Nos alegramos de que los bancos estén generando esta utilidad, porque evidentemente a través del Impuesto a las Utilidades el Tesoro General capta este 25% por el Impuesto a las Utilidades; pero, nos parece absolutamente justo de que el Tesoro también –de un negocio tan lucrativo, como es la compra venta de dólares– pueda participar de una partecita, con el objetivo no de generar ingresos cuantiosos para que nos resuelva el déficit fiscal –como algunos opinadores equivocadamente hablan–575 millones (de bolivianos) por comprar y vender, primero que nosotros (el Gobierno) vamos a continuar con nuestra política de profundizar la bolivianización y, por lo tanto, no generar estas utilidades de una operación que es absolutamente inocua para la economía, de comprar y vender dólares”.
“Con esto se encarece al sistema financiero, no a las personas. Al sistema financiero a los bancos, no bancos, casas de cambio, la operativa en moneda extranjera, no se está prohibiendo las operaciones en moneda extranjera pueden seguir operando, sin embargo, lo único que se busca es que esa operación, esa transacción con las monedas extranjeras sean más costosas no para el público, sino para las entidades bancarias, no bancarias y casas de cambio”, reiteró la autoridad.
“El objeto imponible es gravar la venta de moneda extranjera. En la economía hay compras y ventas. No se grava la compra, se grava la venta. Un segundo hecho de la propuesta señala que el impuesto se produce, cuando se realice la venta de una moneda extranjera. La venta”.
De este modo, “¿quién paga este impuesto? Claramente se establece en el proyecto de Ley que quién paga son las entidades bancarias y no bancarias, y las casas de cambio. Esos son los agentes que han de pagar este impuesto”.
“Este impuesto, por lo tanto no recae sobre las personas naturales que tranzan, que pueden comprar – vender dólares entre amigos, ¿verdad? No hay ningún efecto. Cuando se produce este efecto, cuando hay una entidad bancaria o no bancaria, o casa de cambio que venda. No que compre… ojo! La entidad bancaria puede comprar dólares, eso no está gravado, lo que sí está gravado es que la entidad bancaria o no bancaria, o casa de cambio, venda dólares. Yo creo que es un hecho fundamental”, aseveró.
Además, sostuvo que se gravará sobre el precio de venta de la moneda extranjera en cada operación, “es decir sobre el precio de venta que es el tipo de cambio de venta que ustedes pagan cuando compran un dólar. Pero, ustedes no pagan ese impuesto, va a pagar quien venda ese dólar. Es decir la institución bancaria, no bancaria y las casas de cambio”.
TRASLADO: El Ministro de Estado puntualizó que es falso que se vaya a trasladar el costo del impuesto a los usuarios, “porque las entidades financieras –bancarias, no bancarias, casas de cambio, que son los compradores y vendedores de la moneda no la podrían comprar a un precio menor al establecido oficialmente por el Banco Central y tampoco venderían a un precio mayor del tipo de cambio”.
Sin embargo, recordó que existe de un “punto que está permitido hoy al sistema financiero y así está permitido y así está funcionando en este momento por encima y por debajo. Eso está autorizado por el propio Banco Central”.
El proyecto del IVME prevé la alícuota del 0,70% del precio de venta del dólar al tipo de cambio oficial de 6,96 bolivianos por dólar y, excepcionalmente, por el precio de venta de 6,97 bolivianos por dólar.