Ministerio de Salud aprueba reglamento que pone en vigencia jornada de 8 horas en el sector
La Paz, Abi
El ministro de Salud y Deportes, Juan Carlos Calvimontes, emitió el martes la resolución ministerial 0250, que pone en vigencia el decreto supremo 1126, que repone las ocho horas laborales para el sector público de salud.
"Dentro de las atribuciones conferidas con el decreto supremo 26894 del 7 de febrero de 2009 y restablecido en el parágrafo 2 del decreto supremo 1126 resuelve: aprobar el reglamento específico de la jornada laboral a tiempo completo de 8 horas diarias, el presente reglamento es de aplicación obligatoria en todas las instancias del sistema de salud público estableciendo su vigencia a partir de la fecha", informó.
En ese marco, Calvimontes anunció que los hospitales tienen un plazo de 15 días para reestructurar su sistema de turnos y además la forma de implementación del Decreto Supremo.
"El presente reglamento es de aplicación inmediata y se establece en un plazo máximo de 15 días calendario, únicamente para la reorganización de los turnos en los establecimientos de primer, segundo y tercer nivel", sustentó.
Respecto a la negativa de los médicos de implementar las 8 horas laborales, el Ministro anunció que las medidas y sanciones correspondientes serán analizadas en el momento en que se infrinja la normativa.
Calvimontes aclaró que con la implementación del Decreto Supremo, las "jornadas habituales serán equivalentes a 40 horas semanales y 160 horas mensuales, la jornada de medio tiempo equivalente a 20 horas semanales y 80 mensuales".
El pasado 24 de enero, el Ejecutivo aprobó el decreto 1126, que restablece las ocho horas diarias de trabajo para el sector de salud pública, con el objetivo de mejorar la calidad en la atención a los pacientes.
No obstante, los médicos anticiparon que de entrar en vigencia el decreto el sector declarará un paro de actividades indefinido a partir del miércoles (mañana).
El ministro de Salud y Deportes, Juan Carlos Calvimontes, emitió el martes la resolución ministerial 0250, que pone en vigencia el decreto supremo 1126, que repone las ocho horas laborales para el sector público de salud.
"Dentro de las atribuciones conferidas con el decreto supremo 26894 del 7 de febrero de 2009 y restablecido en el parágrafo 2 del decreto supremo 1126 resuelve: aprobar el reglamento específico de la jornada laboral a tiempo completo de 8 horas diarias, el presente reglamento es de aplicación obligatoria en todas las instancias del sistema de salud público estableciendo su vigencia a partir de la fecha", informó.
En ese marco, Calvimontes anunció que los hospitales tienen un plazo de 15 días para reestructurar su sistema de turnos y además la forma de implementación del Decreto Supremo.
"El presente reglamento es de aplicación inmediata y se establece en un plazo máximo de 15 días calendario, únicamente para la reorganización de los turnos en los establecimientos de primer, segundo y tercer nivel", sustentó.
Respecto a la negativa de los médicos de implementar las 8 horas laborales, el Ministro anunció que las medidas y sanciones correspondientes serán analizadas en el momento en que se infrinja la normativa.
Calvimontes aclaró que con la implementación del Decreto Supremo, las "jornadas habituales serán equivalentes a 40 horas semanales y 160 horas mensuales, la jornada de medio tiempo equivalente a 20 horas semanales y 80 mensuales".
El pasado 24 de enero, el Ejecutivo aprobó el decreto 1126, que restablece las ocho horas diarias de trabajo para el sector de salud pública, con el objetivo de mejorar la calidad en la atención a los pacientes.
No obstante, los médicos anticiparon que de entrar en vigencia el decreto el sector declarará un paro de actividades indefinido a partir del miércoles (mañana).