Nueva Ley del Ministerio Público garantiza paridad de género e inclusión indígena
La Paz, Abi
El proyecto de Ley del Ministerio Público, al que ABI tuvo acceso, garantiza la paridad de género y la inclusión de personas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos en la designación de fiscales departamentales y fiscales superiores.
Según el artículo 90, que se refiere a la carrera fiscal, establece que la designación y permanencia de las y los fiscales en el Ministerio Público se basará en el reconocimiento de méritos y acreditación progresiva de conocimientos y formación jurídica, de acuerdo al reglamento.
Asimismo, señala que los procesos de convocatoria interna o externa, surgirán de las necesidades del servicio y las vacancias, dentro de la estructura del Ministerio Público, "debiendo garantizar la paridad de género y la inclusión de personas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos".
En esa línea, la presidenta de la comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Cecilia Ayllón, consideró que las designaciones están ligadas a dos aspectos fundamentales: el primero, la evaluación de meritos y los exámenes de competencia.
"El segundo responde a lo que se llama la carrera fiscal, que permite una capacitación de los miembros de esa institución y una evaluación de desempeño", complementó.
Explicó que los fiscales serán evaluados, por lo menos una vez al año, y en caso de una evaluación negativa dos veces consecutivas ese funcionario o fiscal "será apartado" de la carrera fiscal.
De acuerdo al artículo 94, el subsistema de evaluación, permanencia y promoción comprende el conjunto de normas y procedimientos para evaluar el desempeño de las y los fiscales en el cumplimiento de las responsabilidades de su cargo, en términos de probidad, idoneidad y eficiencia a fin de determinar su permanencia y promoción en la carrera fiscal.
El proyecto de Ley del Ministerio Público, al que ABI tuvo acceso, garantiza la paridad de género y la inclusión de personas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos en la designación de fiscales departamentales y fiscales superiores.
Según el artículo 90, que se refiere a la carrera fiscal, establece que la designación y permanencia de las y los fiscales en el Ministerio Público se basará en el reconocimiento de méritos y acreditación progresiva de conocimientos y formación jurídica, de acuerdo al reglamento.
Asimismo, señala que los procesos de convocatoria interna o externa, surgirán de las necesidades del servicio y las vacancias, dentro de la estructura del Ministerio Público, "debiendo garantizar la paridad de género y la inclusión de personas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos".
En esa línea, la presidenta de la comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Cecilia Ayllón, consideró que las designaciones están ligadas a dos aspectos fundamentales: el primero, la evaluación de meritos y los exámenes de competencia.
"El segundo responde a lo que se llama la carrera fiscal, que permite una capacitación de los miembros de esa institución y una evaluación de desempeño", complementó.
Explicó que los fiscales serán evaluados, por lo menos una vez al año, y en caso de una evaluación negativa dos veces consecutivas ese funcionario o fiscal "será apartado" de la carrera fiscal.
De acuerdo al artículo 94, el subsistema de evaluación, permanencia y promoción comprende el conjunto de normas y procedimientos para evaluar el desempeño de las y los fiscales en el cumplimiento de las responsabilidades de su cargo, en términos de probidad, idoneidad y eficiencia a fin de determinar su permanencia y promoción en la carrera fiscal.