El Tribunal Supremo de Bolivia ratificó la condena de 10 años de cárcel para la ex presidenta Jeanine Áñez

La máxima instancia judicial declaró infundado el recurso de casación presentado hace unos meses por la defensa de para intentar anular la sentencia que le fue impuesta en 2022 por la forma en la que asumió el cargo en 2019, tras la salida de Evo Morales

El abogado señaló que el equipo jurídico verá “cuáles son las mejores opciones” para continuar la defensa de la expresidenta, aunque consideró que “lo más pertinente va a ser acudir a la vía internacional”.

En el auto supremo judicial, difundido por algunos medios locales, la Sala Plena del TSJ declaró “infundado” el recurso de casación presentado hace unos meses por la defensa de Áñez para intentar anular la sentencia que le fue impuesta el año pasado.

(EFE)
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La Justicia determinó en junio de 2022 dar 10 años de cárcel a la expresidenta interina por el caso “golpe de Estado II” en el que los principales acusadores son la Fiscalía, la Procuraduría General del Estado y el Ministerio de Gobierno (Interior) que consideraron que Áñez asumió indebidamente la Presidencia durante la crisis política de 2019.

La defensa de Áñez argumentó que accedió a la Presidencia en su condición de segunda vicepresidenta del Senado a causa del “vacío de poder” tras la renuncia del entonces mandatario, Evo Morales, su vicepresidente y las cabezas del Senado y la Cámara de Diputados.

Áñez está detenida preventivamente en una cárcel en La Paz desde marzo de 2021 por otro caso conocido como “golpe de Estado I”, acusada por delitos de terrorismo, sedición y conspiración, también por la crisis de 2019.

La exgobernante transitoria tiene al menos otros siete procesos abiertos en la justicia ordinaria.

El oficialismo señala que en 2019 hubo un “golpe de Estado” contra Morales, mientras que la oposición sostiene que las protestas que derivaron en su renuncia fueron por un fraude a su favor en los comicios anulados de ese año.

(Reuters)
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Guillén sostuvo que el auto supremo del TSJ “llama la atención porque decide no pronunciarse en referencia a varios elementos, como el vacío de poder que existía en el momento en que asumió la Presidencia la exmandataria”.

Según el abogado, el fallo se limitó a mencionar que el trámite de las renuncias de autoridades debe ser aprobado por la Asamblea Legislativa, “pero esto cuando el Estado está funcionando de forma normal”, lo que no ocurrió durante la crisis de 2019.

“Por lo pronto vemos que es una sentencia que vulnera los derechos y que no se encuentra arraigada a nuestros lineamientos jurídicos”, agregó.

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