La FIFA abre expediente a Rubiales

El máximo organismo del fútbol mundial actúa en el caso del presidente de la RFEF por lo sucedido en la final de la Copa del Mundo.

Aritz Gabilondo
As
En una nota emitida por la FIFA, el máximo organismo futbolístico mundial anunció la apertura de expediente disciplinario contra Luis Rubiales por lo sucedido tras la final del Mundial y el beso a Jenni Hermoso.

“La Comisión Disciplinaria de la FIFA informó este viernes a Luis Rubiales, presidente de la Federación Española de Fútbol, que abre un expediente disciplinario en su contra por los hechos ocurridos durante la final de la Copa Mundial Femenina del 20 de agosto de 2023″, dice el comunicado.

Los hechos pueden constituir violaciones del artículo 13, párrafos 1 y 2 del Código Disciplinario de la FIFA.

“La Comisión Disciplinaria de la FIFA solo proporcionará más información sobre estos procedimientos disciplinarios una vez que haya emitido una decisión final al respecto.

La FIFA reitera su compromiso inquebrantable de respetar la integridad de todas las personas y condena enérgicamente cualquier comportamiento contrario”, concluye la nota.

En concreto, el artículo referido por la FIFA es el siguiente:

Artículo 13: Comportamiento ofensivo y violaciones de los principios de juego limpio

1. Asociaciones y clubes, así como sus jugadores, funcionarios y cualesquiera otros miembros y/o persona que lleve a cabo una función en su nombre, debe Respetar las Reglas de Juego, así como los Estatutos de la FIFA y las normas de la FIFA, reglamentos, directivas, directrices, circulares y decisiones, y cumplir con los principios de juego limpio, lealtad e integridad.

2. Por ejemplo, quien actúe en cualquiera de las siguientes formas podrá estar sujeto a medidas disciplinarias:

a) violar las reglas básicas de conducta digna;

b) insultar a una persona física o jurídica de cualquier forma, especialmente utilizando

gestos, señas o lenguaje ofensivo;

c) utilizar un evento deportivo para manifestaciones de carácter no deportivo;

d) comportarse de una manera que incluya el deporte del fútbol y/o la FIFA en

mala fama;

e) alterar activamente la edad de los jugadores que figura en los documentos de identidad que

producir en competiciones sujetas a límites de edad.


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