Los precedentes que pueden dejar al Barça sin Champions

La UEFA no quiere equipos relacionados con amaños. El Barça se juega ser apartado una temporada de manera disciplinaria de la Champions. En 2013 sancionó a Fenerbahçe, Besiktas y Steaua Bucarest.

Pablo M. Fuentenebro
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El Barcelona entra en semanas complicadas por el ‘Caso Negreira’. El club, que preside Joan Laporta, está entre la espada y la pared en Europa. La UEFA puede entrar de oficio y castigar al conjunto azulgrana sin competiciones europeas como medida disciplinaria, de momento por una temporada, hasta que la situación se aclare en los juzgados. Misma suerte que podría ocurrir con la Juventus en Italia. Si el organismo europeo considera que la reputación de las competiciones europeas queda dañada por la presencia del Barcelona podría apartar al club catalán de Europa. No es la primera vez que apela a los artículos 4.02 y 4.03 de su Reglamento Disciplinario para defender una línea de espíritu del juego y, en especial, de los valores que intenta transmitir la UEFA de velar por una competición digna. El precedente del Milan en 2006 no gustó en UEFA y cambió la norma de elegibilidad en abril de 2007 en los Estatutos de la UEFA.

La UEFA se ha mostrado siempre muy dura cuando ha detectado infracciones que superan los valores que quiere transmitir a sus competiciones. Es dura con aquellos equipos que se han extralimitado con el Fair Play Financiero y también lo es con equipos relacionados con posibles amaños o compra de árbitros. Recientemente dejó durante dos años sin competiciones europeas al Fenerbahçe (en el periodo comprendido entre 2013 y 2015) y al Besiktas, en la campaña 2013-2014 por considerar probadas sus actividades de amaños de partidos poniendo el foco en la final de Copa de Turquía en 2011. A comienzos de la temporada 2011-2012, la UEFA ya había excluido por un año al Fenerbahçe cuando se presentaron las acusaciones iniciales por una trama de partidos amañados que afectó a todo el fútbol turco. El Steaua de Bucarest ya fue apartado una campaña de Europa en 2013, aunque su veto fue diferido por un periodo de prueba de cinco años.

Enríquez Negreira y Sánchez Arminio, la cúpula del CTA antes de la llegada de Rubiales a la RFEF.
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Enríquez Negreira y Sánchez Arminio, la cúpula del CTA antes de la llegada de Rubiales a la RFEF.JAVIER GANDULDIARIO AS

En 2009, la UEFA sancionó por ocho años sin disputar competiciones europeas al FK Pobeda de Macedonia por “incumplir los principios de integridad y deportividad con arreglo al artículo 5 del reglamento disciplinario de la UEFA por manipular el resultado de un partido”. Misma suerte corrió el club albanés KF Skënderbeu al que la UEFA excluyó de todas las competiciones europeas de fútbol para los próximos diez años por amaño de partidos en marzo de 2018. El TAS confirmó la sanción dictada por el Panel de Integridad de la UEFA.

Las normas son claras en relación al caso del Barcelona. El artículo 4.01b del Reglamento de la Champions League obliga a los equipos que quieran participar en Europa “antes del 1 de junio a presentar la documentación necesaria”. La UEFA puede abrir proceso disciplinario antes de esa fecha para abordar el tema. El organismo de fútbol europeo, presidido por Aleksander Ceferin, está muy atento a todo el ‘Caso Negreira’. “El departamento de Integridad de la UEFA nos envió un escrito solicitando información completa por este tema”, admitió Andreu Camps, secretario general de la RFEF. Javier Tebas, presidente de LaLiga, también insta a la UEFA a actuar: “Como nosotros no podíamos intervenir porque había prescrito, escribimos a la UEFA...”.

El Milan sorteó el ‘Calciopoli’

El asunto del Milan hizo daño en la UEFA. El Milan vio rebajada su sanción por el ‘Caso Calciopoli’ y consiguió plaza europea vía liga. LA UEFA no tuvo más remedio que admitir su presencia en Champions (que finalmente acabó ganando) por no tener base legal para impedirselo. “La UEFA admite al Milan por razones formales, gracias a unas insuficientes bases legales en los reglamentos que no permitirían su admisión bajo circunstancias específicas. Sin embargo, deja claro que ha tomado esta decisión lejos de la mayor convicción. El Milan se ha beneficiado del hecho de que la UEFA carezca de razones legales para rechazarle”. Ese motivo provocó la entrada en los Estatutos de la UEFA, meses después (abril de 2007), un artículo que pone presión en ese tipo de actividades ya que el Milan, castigado en Italia por conspirar para sacar ventajas arbitrales, acabó jugando y ganando la Champions 2007.

Inzaghi, con la Champions 2007.
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Inzaghi, con la Champions 2007.DYLAN MARTINEZREUTERS

El Reglamento de la UEFA que presiona al Barça

Artículo 4.02: “La UEFA concluye a su entera satisfacción que un club ha estado involucrado directa y/o indirectamente, desde la entrada en vigor del Artículo 50(3) de los Estatutos de la UEFA, es decir, el 27 de abril de 2007, en cualquier actividad destinada a organizar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, la UEFA declarará a dicho club inelegible para participar en la competición. Tal inelegibilidad es efectiva solo por una temporada de fútbol. Al tomar su decisión, la UEFA puede basarse en la decisión de un organismo deportivo nacional o internacional, un tribunal arbitral o un tribunal estatal, pero no está obligada a ello. La UEFA puede abstenerse de declarar a un club inelegible para participar en la competición si la UEFA está convencida de que el impacto de una decisión tomada en relación con las mismas circunstancias de hecho por un organismo deportivo nacional o internacional, un tribunal arbitral o un tribunal estatal ya ha surtido efecto. De impedir que ese club participe en una competición de clubes de la UEFA”.

Artículo 4.03: “Además de la medida administrativa de declarar a un club inelegible según lo dispuesto en el Párrafo 4.02, los Órganos de Administración de Justicia de la UEFA pueden, si las circunstancias lo justifican, también tomar medidas disciplinarias de acuerdo con el Reglamento Disciplinario de la UEFA”.

El TAS dio la razón al Anderlecht en 1998

La UEFA suspendió en 1997 al Anderlecht para el siguiente torneo europeo por el supuesto soborno al árbitro español José Emilio Guruceta en la semifinal contra el Nottingham inglés de la Copa de la UEFA de 1984. El UEFA señaló en un comunicado que la decisión fue adoptada por “razones éticas y morales por los hechos de 1983 y 1984 relativos al soborno de árbitros”. Sin embargo, el 22 de julio de 1998 el TAS dio la razón al club belga y declaró nula la decisión emitida por el Comité Ejecutivo de la UEFA contra el Anderlecht, pese a las pruebas.

El Olympique de Marsella, con la Champions de 1993.
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El Olympique de Marsella, con la Champions de 1993.Imágenes - Google

Marsella y el ‘Caso Tapie’

Bernard Tapie, presidente del Olympique de Marsella, pasó de la gloria a la desgracia. El dirigente francés fue encontrado culpable en 1993 de pagar a dos jugadores del Valenciennes, Christophe Robert y Jorge Burruchaga, y así comprar el partido. Tapie fue obligado a dejar al Olympique, y la UEFA entonces también sancionó al campeón francés. No permitió al Olympique jugar ni competiciones europeas ni la Supercopa de Europa de esa edición, aunque le mantuvo la Champions conquistada en 1993.

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