Juristas alertan que decisión del juez Amaru sobre Áñez marca un peligroso precedente y vulnera la Constitución
Además, vulnera abiertamente la Constitución Política del Estado mientras el ministro de Justicia, Iván Lima, celebró dicho fallo como "histórico".
"La última violación al Estado constitucional de derecho fue por ejemplo con un juez de El Alto cuando establece que una expresidenta puede ser juzgada en la vía ordinaria. Ahora en el futuro puede pasar dos cosas: que este juez termine preso o que se siente jurisprudencia, es nefasto lo que pasa en el país, se está destruyendo la institucionalidad" afirmó el abogado constitucionalista José Luis Santiestevan.
La determinación del juez Amaru, según el jurista, podría constituirse en el "acabose" del Estado constitucional porque no existe ninguna otra garantía para la protección de derechos.
La ley de juzgamiento de altas autoridades señala que el Presidente y Vicepresidente de Bolivia serán juzgados mediante un juicio de responsabilidades en caso de delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones.
El numeral 4 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado señala que el Tribunal Supremo de Justicia tiene la potestad de "juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato. El juicio se llevará a cabo previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por decisión de al menos dos tercios de los miembros presentes y a requerimiento fundado de la Fiscal o del Fiscal General del Estado, quien formulará acusación si estima que la investigación proporcionó fundamento para el enjuiciamiento. El proceso será oral, público, continuo e ininterrumpido. La ley determinará el procedimiento".
Amaru pasó por alto el mencionado artículo y se declaró competente para juzgar a la exmandataria, y conminó al Tribunal Supremo de Justicia que le remita todos los antecedentes del caso y que se retire de la Asamblea Legislativa Plurinacional el trámite de juicio de responsabilidades.
Dos órganos del Estado quedaron por debajo de un juez ordinario.
El abogado de la expresidenta Áñez, Luis Guillén, consideró que el funcionario cometió el delito de prevaricato al desconocer un proceso de juicio de responsabilidades que está en curso en el órgano Legislativo.
El expresidente de Bolivia y expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Eduardo Rodríguez Veltzé, consideró que la decisión del juez se trata de un "'histórico' desconocimiento y vulneración abierta de la Constitución" y "desprecio por las víctimas desde 2019".
Así respondió a la apreciación del ministro Lima en sentido de que la decisión de Amaru fue "histórica". "Lo que ha ocurrido el día de ayer me parece que es un hecho histórico. La justicia boliviana, a través del juez primero cautelar penal de El Alto, ha determinado que es competente para conocer el caso de la masacre de Senkata con relación a la exsenadora Áñez y ha notificado al Tribunal Supremo para que le remita todos los antecedentes del proceso del juicio de responsabilidades que se tramitaba ante la Asamblea Legislativa", declaró el funcionario ayer.
Rodríguez Veltzé también cruzó en Twitter con el otrora secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Paulo Abrão, quien celebró el fallo del juez cuestionado por sus actuaciones previas.
"Se abre el horizonte de justicia para las víctimas de la masacre de #Senkata" escribió.
"Al contrario, se vuelve a defraudar a las víctimas que esperan justicia desde 2019. La Constitución define las competencias para el juzgamiento del caso Sacaba y Senkata, no la coyuntura ni el cálculo político por el Gobierno o la Asamblea Legislativa" respondió.