Juez que envió a la cárcel a Camacho no podía ocupar ese cargo porque fue destituido en 2016
De acuerdo con el documento al que tuvo acceso el periodista John Arandia, las partes fueron legalmente notificadas con la resolución final sin que ninguno de ellos objete la decisión con algún recurso.
"En consecuencia, de conformidad a lo previsto por el Art. 51 inc. a) del Reglamento de Régimen Disciplinario para Servidores Judiciales Administrativos del Órgano Judicial, aprobado mediante Acuerdo N° 36/2012, se declara expresamente la EJECUTORIA de la Resolución Final N° 005/2016 de 30 de marzo; en consecuencia, cúmplase con las determinaciones contenidas en la misma, sea con las formalidades de ley", dicta la parte de Vistos.
Según los requisitos para ser juez público de sentencia, de ejecución penal, partido e instrucción, el candidato no debe haber sido destituido por proceso disciplinario en el Órgano Judicial y/o en el Ministerio Público. Para ello, el postulante debe presentar un certificado de antecedentes disciplinarios emitido por el Consejo de la Magistratura y/o el Ministerio Público.
El presidente del Colegio de Abogado de La Paz, Erick Foronda, aseguró que ningún funcionario judicial con antecedentes disciplinarios puede ocupar el cargo de juez y pidió al Consejo de la Magistratura a aclarar la situación de Pacheco.
El Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade) envió una carta al Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados de las Naciones Unidas, Diego García-Sayán, para denunciar el ejercicio y nombramiento ilegal de Pacheco como juez.
"El año 2016, el señor Sergio Sebastián Pacheco Diamantino fue procesado y la resolución final de 30 de marzo de 2016, por autoridad sumariante del Consejo de la Magistratura, estableció irregularidades en su desempeño, omisiones, ineficiencia, demora en actas de audiencias, incumplimiento de plazos procesales, pérdida de expediente y faltas gravísimas con sanción de destitución del cargo. Resolución ejecutoriada", indica la carta del Conade que exige al relator pronunciarse sobre la independencia judicial en Bolivia.