FIFA rechazó la apelación de Chile y Perú en el caso de Byron Castillo: Ecuador jugará el Mundial de Qatar
Si bien en junio el organismo con sede en Suiza ya había desestimado la presentación de los directivos chilenos, la nueva presentación escaló hasta las oficinas de la Comisión de Apelación que confirmó lo que se había argumentado en primera instancia. “Tras analizar la documentación recibida de las partes y celebrar la vista correspondiente, la Comisión de Apelación ratificó la decisión de la Comisión de Disciplina de cerrar la investigación del caso iniciado contra la FEF. Sobre la base de la documentación recibida, entre otras consideraciones, se ha estimado que el jugador debe ser considerado poseedor de nacionalidad ecuatoriana permanente, de conformidad con el art. 5, apdo. 1 del Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA”, detalló el informe de la FIFA que se emitió durante las últimas horas.
Si bien tanto Perú como Chile pueden utilizar una última ventana de apelaciones por intermedio de una presentación ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), esta determinación disipa las dudas que se intentaron instalar sobre la posible exclusión de Ecuador de la Copa del Mundo de Qatar que se inaugurará el domingo 20 de noviembre precisamente con el choque de la Tri ante el anfitrión en el Al Bayt Stadium.
LA DECISIÓN DE FIFA
La Comisión de Apelación de la FIFA ha fallado sobre los recursos de apelación que presentaron la Federación de Fútbol de Chile (FFCH) y la Federación Peruana de Fútbol (FPF) contra la decisión adoptada por la Comisión Disciplinaria de la FIFA relativa al posible incumplimiento de Byron David Castillo Segura de los criterios de convocatoria para participar con la selección nacional de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) en ocho partidos de clasificación, correspondientes a la fase preliminar de la Copa Mundial de la FIFA Catar 2022™.
Tras analizar la documentación recibida de las partes y celebrar la vista correspondiente, la Comisión de Apelación ratificó la decisión de la Comisión de Disciplina de cerrar la investigación del caso iniciado contra la FEF. Sobre la base de la documentación recibida, entre otras consideraciones, se ha estimado que el jugador debe ser considerado poseedor de nacionalidad ecuatoriana permanente, de conformidad con el art. 5, apdo. 1 del Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA.
Las decisiones de la Comisión de Apelación se han notificado hoy a las partes afectadas. Esta decisión queda sujeta a recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo.