TCP elimina el delito de sedición del marco jurídico, por el que enjuician a Áñez
El delito de sedición estaba incorporado en el Código Penal, en el artículo 123, y tiene una pena privativa con cárcel de uno a tres años. En noviembre de 2021, el Comité contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas afirmó que los delitos de sedición y terrorismo son "vagos y abstractos" pese a que fueron "actualizados" en el gobierno de Evo Morales.
Franco agregó que la misma sentencia declaró la improcedencia de inconstitucionalidad del delito de terrorismo, ya que la modificación está incorporada en la Ley 260, Orgánica del Ministerio Público.
En marzo de 2021, la expresidenta Jeanine Áñez fue aprehendida en Beni y la investigación activada en su contra, del presunto golpe de Estado, fue por los delitos de sedición, terrorismo y conspiración, que se mantienen vigentes hasta la acusación formal. Áñez está recluida y afronta un segundo proceso penal.
Una situación diferente se aplicó con Evo Morales, David Choquehuanca, el presidente Luis Arce y otras autoridades y dirigentes, quienes se favorecieron en noviembre de 2020 con el rechazo de una denuncia en su contra por los delitos de terrorismo, sedición, genocidio, atentado contra la salud pública, entre otros.
Aquella vez el fiscal departamental de La Paz, Marco Antonio Cossio, dijo que la imputación por sedición "es considerada política y nos impediría hacer muchas acciones internacionales".