Promulgan norma para la exigencia de carnet anticovid en La Paz
Indicó que esta norma se aplicará para trámites en la Alcaldía, bares, restaurantes discotecas y actividades económicas. Señaló que también rige para gremiales y sindicatos de transporte.
Respecto a la representación evangélica que rechazó la ley, Arias dijo que "las cosas de Dios en el cielo y las cosas de los hombres en la tierra" y que ambas no se pueden mezclar.
Asimismo, indicó que grupos antivacunas tendrán que presentar su prueba PCR con vigencia de 48 horas para hacer trámites en la Alcaldía.
La norma, aprobada por el Concejo Municipal la semana pasada, establece que toda persona entre 18 y 60 años de edad deben portar su carnet de vacunación, emitido por el Ministerio de Salud, ya sea en medio digital o físico.
El texto señala que este documento es requisito ineludible para ingresar a espacios públicos y comerciales en el municipio de La Paz.
Asimismo, la ley indica que los propietarios y administradores de espacios con afluencias de personas para actividades económicas, deportivas, académicas, comerciales, culturales y sociales, deben exigir el carnet de vacunación a todos los trabajadores y personas que ingresen.
Se establece, también, que el documento sea exigido para hacer tramites en las reparticiones de la Alcaldía paceña.
Además, indica que los transportistas y gremiales deben portar el carnet de vacunación y cumplir las medidas de bioseguridad.