Las mascotas pasan a ser de la familia por ley
Los animales de compañía serán un miembro más de la familia a partir del próximo miércoles y todos los propietarios deberán respetar “su cualidad de ser sintiente”.
El cambio del estatuto jurídico aparece en una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Fue aprobada el 2 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 16 del mismo mes. Como el texto no especifica la fecha en la que entraría en vigor, se aplica la ‘vacatio legis’. Es decir, 20 días después de su publicación en el BOE (este miércoles 5 de enero).
Custodia compartida de las mascotas
“Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección”, señala el BOE.
Al igual que ocurre con los hijos, esta norma regula la custodia compartida de las mascotas en caso de separación o divorcio. Los animales de compañía no pueden ser embargados, hipotecados o abandonados, y no se les puede causar sufrimiento o dolor. Tampoco se les puede utilizar como herramienta en la violencia de género y se podrá disponer de ellas por testamento. No solo esto, las autoridades judiciales también podrán acordar la participación de los dos cónyuges en los gastos del animal.
“La autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma en la que el cónyuge al que no se le hayan confiado podrá tenerlos en su compañía, así como el reparto de las cargas asociadas al cuidado del animal, todo ello atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal”, indica el BOE.